III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-3604)
Resolución de 6 de febrero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, para el desarrollo de las acciones de formación profesional para el empleo de las personas en situación de privación de libertad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 35

Viernes 10 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 21600

● Programación didáctica de cada módulo formativo anexo IV, y anexo VIII para el
módulo de formación práctica en centros de trabajo.
● Planificación de la evaluación del aprendizaje, anexo V.
– Al finalizar el curso el Informe de evaluación individualizado (anexo VI) y el Acta de
evaluación final (anexo VII) de la Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, o
documentos similares emitidos por la aplicación informática de gestión de la Entidad
Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, además
de una memoria final de la acción formativa.
Financiación.

Las acciones formativas serán objeto de subvención por parte del Ministerio de
Educación y Formación Profesional, con el límite de los módulos económicos máximos
aplicables a efectos de la determinación y justificación de las subvenciones. Al tratarse
de acciones formativas dirigidas a la obtención de certificados de profesionalidad serán
de aplicación los módulos máximos establecidos en su normativa reguladora.
El anexo I de la Orden EFP/942/2022, de 23 de septiembre, por la que se regula la
oferta formativa del sistema de Formación profesional en el ámbito laboral asociada al
Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales efectuada por las administraciones
competentes, se establecen bases reguladoras, así como las condiciones para su
financiación, determina que los módulos económicos máximos aplicables en las acciones
formativas dirigidas a la obtención de certificados de profesionalidad que se impartan
dentro del subsistema de formación profesional para el empleo serán de nueve euros en
modalidad presencial.
Asimismo, el artículo 5 bis.3 del Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, establece
que el módulo específico máximo para calcular la cuantía de la subvención a los centros
o entidades formativas para la financiación de los costes de la actividad del tutor del
módulo de formación práctica en centros de trabajo será de tres euros por alumno y hora
de práctica en centros de trabajo. Esta subvención se concede de forma directa, de
conformidad con el artículo 6.5.d) de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre y por
consiguiente al tratarse de una subvención cuyo otorgamiento o cuantía viene impuesto
a la Administración por una norma de rango legal por el artículo 22.2.b) de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se canaliza a través de
este convenio y de la resolución de la Secretaría General de Formación Profesional por
la que se acuerde su concesión.
Esta subvención será compatible con aquellas que se puedan percibir para la misma
finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados,
nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, el importe de las
subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en
concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la
actividad subvencionada.
Asimismo, la Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación
para el Empleo no estará obligada a la presentación de avales o garantías para
responder, con carácter previo, de la correcta aplicación de las subvenciones, según el
régimen general de garantías de acuerdo con lo establecido en el artículo 42.2.a) del
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
La concesión de subvenciones por parte del Ministerio de Educación y Formación
Profesional estará condicionada a la existencia de disponibilidades presupuestarias
por parte de dicho Ministerio, provenientes de la correspondiente reserva de crédito
establecida en la normativa presupuestaria de cada ejercicio. A los efectos del
presente convenio, conforme al Acuerdo por el que se formaliza la distribución por
Departamentos Ministeriales del Presupuesto General del Estado para 2022 y 2023,
las subvenciones para acciones formativas se financiarán con cargo a la aplicación

cve: BOE-A-2023-3604
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.