III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-3595)
Resolución de 31 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Districenter, SA.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 10 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 21496
En ausencia del Responsable de turno podrá asumir sus funciones de forma
temporal.
3.4 Oficial de Primera. Es el empleado que a las órdenes del Jefe de servicio, del
Capataz, Jefe de Sección, Responsable de grandes clientes, Responsable de Turno o
Jefe de Equipo, toma parte personal en el trabajo y reúne una larga experiencia en varias
tareas de la empresa y polivalencia en varios puestos de trabajo y tiene los conocimientos
y formación necesaria y hace uso de forma habitual del manejo de maquinaria de
manutención, maquinaria de clasificación, así como el uso de software de gestión y/o uso
de maquinaria de carga y descarga y movimiento de mercancía en almacén. Será
responsable del buen uso de los equipos y maquinaria, utilizándolos con diligencia,
precaución y adecuado mantenimiento, debiendo entregar a su jefe inmediato, al término
del servicio, la documentación que esté establecida debidamente cumplimentada.
Podrá encomendársele que asuma la responsabilidad y el control de un grupo de
trabajadores que lidere o controle un proceso productivo o que pueda asumir en
ausencia o en colaboración con las funciones del Jefe de Equipo.
Sin menoscabo de lo indicado anteriormente, podrá desarrollar también las tareas del
Mozo especialista manipulador.
3.5 Mozo especialista manipulador. Es el que tiene adquirida una larga práctica en
la carga y la descarga de vehículos y en el movimiento, manipulación y clasificación de
mercancías, realizándolos con rapidez y aprovechamiento de espacio y seguridad.
Cuando forme parte de la dotación de un servicio, ayudará en todas las incidencias que
puedan originarse durante el servicio y llevará la documentación de las mercancías,
encargándose de la carga, descarga o manipulación de éstas, y de su recogida o
entrega a otras secciones, transportistas, o clientes, debiendo entregar a su jefe
inmediato, al término del servicio, la documentación debidamente cumplimentada.
Realizará la preparación de productos, manipulación y clasificación que se requiera
en cada pedido u orden de servicio.
Tiene los conocimientos y formación necesaria y hace uso de forma habitual del
manejo de maquinaria de manutención, maquinaria de clasificación, así como el uso de
software de gestión y/o uso de maquinaria de carga y descarga y movimiento de
mercancía en almacén. Será responsable del buen uso de los equipos y maquinaria,
utilizándolos con diligencia, precaución y adecuado mantenimiento.
Podrá encomendársele que asuma la responsabilidad y el control de las cargas y/o
descargas de vehículos. Deberá efectuar los trabajos necesarios, ayudando al
Conductor, para el correcto acondicionamiento del vehículo y protección de las
mercancías.
Estará bajo las órdenes del Jefe de Equipo, Capataz o Jefe de Sección y podrá
recibir indicaciones del Oficial de Primera.
3.6 Mozo manipulador. Es el operario cuya tarea, a realizar tanto en vehículos
como en instalaciones fijas, requiere fundamentalmente la aportación de esfuerzo físico y
atención, sin que exija destacada práctica o conocimiento previo, habiendo de efectuar,
si se le encomienda, el manipulado, preparación de pedidos, etiquetado, empaquetado,
la recogida o entrega de mercancías, cuya documentación acreditativa entregará al
término del servicio a quien corresponda. Para ejercer sus funciones podrá utilizar una
transpaleta manual o máquina equivalente.
Estará bajo las órdenes del Jefe de Equipo, Capataz o Jefe de Sección.
Grupo 4. Personal de servicios auxiliares.
Pertenecen a este grupo todos los empleados que se dedican a actividades auxiliares
de la principal de la empresa, tanto en las instalaciones de ésta como fuera de las mismas,
clasificándose en las categorías profesionales que a continuación se expresan:
4.1 Vigilante-Portero. Es el que vigila las distintas dependencias de la empresa,
siguiendo las instrucciones que al efecto reciba; ejerce también funciones de información
y de orientación e identificación de los visitantes, asignando las credenciales internas
cve: BOE-A-2023-3595
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 35
Viernes 10 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 21496
En ausencia del Responsable de turno podrá asumir sus funciones de forma
temporal.
3.4 Oficial de Primera. Es el empleado que a las órdenes del Jefe de servicio, del
Capataz, Jefe de Sección, Responsable de grandes clientes, Responsable de Turno o
Jefe de Equipo, toma parte personal en el trabajo y reúne una larga experiencia en varias
tareas de la empresa y polivalencia en varios puestos de trabajo y tiene los conocimientos
y formación necesaria y hace uso de forma habitual del manejo de maquinaria de
manutención, maquinaria de clasificación, así como el uso de software de gestión y/o uso
de maquinaria de carga y descarga y movimiento de mercancía en almacén. Será
responsable del buen uso de los equipos y maquinaria, utilizándolos con diligencia,
precaución y adecuado mantenimiento, debiendo entregar a su jefe inmediato, al término
del servicio, la documentación que esté establecida debidamente cumplimentada.
Podrá encomendársele que asuma la responsabilidad y el control de un grupo de
trabajadores que lidere o controle un proceso productivo o que pueda asumir en
ausencia o en colaboración con las funciones del Jefe de Equipo.
Sin menoscabo de lo indicado anteriormente, podrá desarrollar también las tareas del
Mozo especialista manipulador.
3.5 Mozo especialista manipulador. Es el que tiene adquirida una larga práctica en
la carga y la descarga de vehículos y en el movimiento, manipulación y clasificación de
mercancías, realizándolos con rapidez y aprovechamiento de espacio y seguridad.
Cuando forme parte de la dotación de un servicio, ayudará en todas las incidencias que
puedan originarse durante el servicio y llevará la documentación de las mercancías,
encargándose de la carga, descarga o manipulación de éstas, y de su recogida o
entrega a otras secciones, transportistas, o clientes, debiendo entregar a su jefe
inmediato, al término del servicio, la documentación debidamente cumplimentada.
Realizará la preparación de productos, manipulación y clasificación que se requiera
en cada pedido u orden de servicio.
Tiene los conocimientos y formación necesaria y hace uso de forma habitual del
manejo de maquinaria de manutención, maquinaria de clasificación, así como el uso de
software de gestión y/o uso de maquinaria de carga y descarga y movimiento de
mercancía en almacén. Será responsable del buen uso de los equipos y maquinaria,
utilizándolos con diligencia, precaución y adecuado mantenimiento.
Podrá encomendársele que asuma la responsabilidad y el control de las cargas y/o
descargas de vehículos. Deberá efectuar los trabajos necesarios, ayudando al
Conductor, para el correcto acondicionamiento del vehículo y protección de las
mercancías.
Estará bajo las órdenes del Jefe de Equipo, Capataz o Jefe de Sección y podrá
recibir indicaciones del Oficial de Primera.
3.6 Mozo manipulador. Es el operario cuya tarea, a realizar tanto en vehículos
como en instalaciones fijas, requiere fundamentalmente la aportación de esfuerzo físico y
atención, sin que exija destacada práctica o conocimiento previo, habiendo de efectuar,
si se le encomienda, el manipulado, preparación de pedidos, etiquetado, empaquetado,
la recogida o entrega de mercancías, cuya documentación acreditativa entregará al
término del servicio a quien corresponda. Para ejercer sus funciones podrá utilizar una
transpaleta manual o máquina equivalente.
Estará bajo las órdenes del Jefe de Equipo, Capataz o Jefe de Sección.
Grupo 4. Personal de servicios auxiliares.
Pertenecen a este grupo todos los empleados que se dedican a actividades auxiliares
de la principal de la empresa, tanto en las instalaciones de ésta como fuera de las mismas,
clasificándose en las categorías profesionales que a continuación se expresan:
4.1 Vigilante-Portero. Es el que vigila las distintas dependencias de la empresa,
siguiendo las instrucciones que al efecto reciba; ejerce también funciones de información
y de orientación e identificación de los visitantes, asignando las credenciales internas
cve: BOE-A-2023-3595
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 35