I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2023-3506)
Acuerdo suscrito entre el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones del Reino de España y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) para la realización de proyectos en las áreas temáticas de reasentamiento, retorno voluntario asistido y reintegración, movilidad laboral e inclusión social, hecho en Madrid el 22 de diciembre de 2022.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 10 de febrero de 2023
Sec. I. Pág. 19460
Los cuestionarios se aplicarán de forma presencial, vía telefónica y por correo
electrónico. Para todas las personas beneficiarias, se recopilará información sobre la
toma de decisión del retorno voluntario y el traslado al país de origen.
Para los migrantes asistidos con el componente reintegración se recogerá
información sobre las fases en el país de origen relativas a las ayudas para facilitar su
reintegración. Las oficinas de la OIM en los países de origen mantendrán contacto
continuo con todos los beneficiarios durante su proceso de su reinserción. Para estos
mismos beneficiarios, se seleccionará un grupo de retornados representativo del grupo
total, incluyendo personas de ambos sexos, distintas edades y países de origen a los
que se les realizará una visita de monitoreo.
Las herramientas usadas tales como el sistema contable propio de la OIM y una hoja
de contabilidad diseñada para introducir datos permitirán llevar un monitoreo financiero
para tener controlado el nivel de ejecución. Este control se hará de forma quincenal y los
datos se compartirán con el donante.
La OIM considera que la protección de los datos personales es de suma importancia
y aplicará los principios internos de protección de datos en el tratamiento de datos
personales.
Un informe técnico y financiero intermedio se proporcionará al donante, que abarque
los primeros 6 meses de ejecución del proyecto y un informe técnico y financiero final,
que abarcará el periodo completo de implementación, atendiendo a los estándares de
justificación de la OIM.
5.
Evaluación
Se quiere organizar un evento de intercambio de buenas prácticas centrado en las
lecciones aprendidas.
cve: BOE-A-2023-3506
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 35
Viernes 10 de febrero de 2023
Sec. I. Pág. 19460
Los cuestionarios se aplicarán de forma presencial, vía telefónica y por correo
electrónico. Para todas las personas beneficiarias, se recopilará información sobre la
toma de decisión del retorno voluntario y el traslado al país de origen.
Para los migrantes asistidos con el componente reintegración se recogerá
información sobre las fases en el país de origen relativas a las ayudas para facilitar su
reintegración. Las oficinas de la OIM en los países de origen mantendrán contacto
continuo con todos los beneficiarios durante su proceso de su reinserción. Para estos
mismos beneficiarios, se seleccionará un grupo de retornados representativo del grupo
total, incluyendo personas de ambos sexos, distintas edades y países de origen a los
que se les realizará una visita de monitoreo.
Las herramientas usadas tales como el sistema contable propio de la OIM y una hoja
de contabilidad diseñada para introducir datos permitirán llevar un monitoreo financiero
para tener controlado el nivel de ejecución. Este control se hará de forma quincenal y los
datos se compartirán con el donante.
La OIM considera que la protección de los datos personales es de suma importancia
y aplicará los principios internos de protección de datos en el tratamiento de datos
personales.
Un informe técnico y financiero intermedio se proporcionará al donante, que abarque
los primeros 6 meses de ejecución del proyecto y un informe técnico y financiero final,
que abarcará el periodo completo de implementación, atendiendo a los estándares de
justificación de la OIM.
5.
Evaluación
Se quiere organizar un evento de intercambio de buenas prácticas centrado en las
lecciones aprendidas.
cve: BOE-A-2023-3506
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 35