I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2023-3506)
Acuerdo suscrito entre el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones del Reino de España y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) para la realización de proyectos en las áreas temáticas de reasentamiento, retorno voluntario asistido y reintegración, movilidad laboral e inclusión social, hecho en Madrid el 22 de diciembre de 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 35

Viernes 10 de febrero de 2023
3.

Sec. I. Pág. 19459

Socios y coordinación

La OIM España implementará este proyecto en tiempo y forma en estrecha
colaboración con la Dirección General de Atención Humanitaria e Inclusión Social de la
Inmigración, el donante de este proyecto. La comunicación con la Dirección será
constante y efectiva a lo largo de su desarrollo e implementación para asegurar que los
plazos se cumplen y que se van logrando, en tiempo y forma, cada uno de los objetivos y
resultados definidos en este proyecto.
Además de la Dirección se contará con estos actores:
– Equipo técnico de Retorno Voluntario de esta Dirección: al inicio del proyecto se
mantendrá una reunión con este equipo para exponer los principios, procedimientos y
requisitos para incluir los criterios de elegibilidad, la diligencia debida y la evaluación de
necesidades, la gestión de casos, el enfoque de apoyo a la reintegración basado en las
necesidades y las actividades de monitoreo y seguimiento.
– Entidades sociales clave y de la sociedad civil: se aprovechará la estructura del
trabajo en red con estos actores que asisten a población migrante y entidades
especializadas en trata y tráfico de personas, a través de charlas informativas en sus
instalaciones, virtuales, intercambio de correos y llamadas telefónicas, e incluso
desplazamientos a distintas Comunidades Autónomas para contactar con las
representaciones consulares y asociaciones especializadas.
– Oficinas de la OIM en terreno: para la provisión de las ayudas de reintegración
para los beneficiarios seleccionados, aplicación de los cuestionarios de monitoreo y
evaluación y asesoría virtual cuando se requiera.
– Consulados y Embajadas: para la remisión de casos a la OIM y para la emisión de
documentos de viaje.
La OIM se encargará de llevar a cabo todas las gestiones necesarias a lograr la
consecución de los objetivos del proyecto y reconducir las actividades en caso de ser
necesario.
La OIM mantendrá comunicación con la Dirección y compartirá información
actualizada y notificar de posibles retos en la ejecución del proyecto en curso ante una
situación de fuerza mayor.
4.

Monitoreo







4. Cuestionario monitoreo del proyecto.
5. Cuestionario satisfacción del proyecto.
6. Cuestionario monitoreo de reintegración.
7. Cuestionario satisfacción de reintegración.
8. Cuestionario de sostenibilidad de reintegración.

cve: BOE-A-2023-3506
Verificable en https://www.boe.es

La Política de Monitoreo interna de la OIM requiere el monitoreo en una variedad de
áreas, incluidos el presupuesto, los gastos, las actividades del proyecto, los resultados
del proyecto y los riesgos.
Se llevarán a cabo acciones constantes de monitoreo para obtener la información
necesaria para medir el progreso hacia los resultados a lo largo de la implementación y
permitir la toma de decisiones oportuna.
Específicamente se utilizarán las herramientas institucionales para el seguimiento y
evaluación de los programas de retorno y reintegración (M&E).
Estos cuestionarios tienen la finalidad de monitorear el apoyo ofrecido por la OIM y la
relevancia. Asimismo, permitirán analizar la información recibida y diseñar nuevas
estrategias para dar más calidad a las actividades a desarrollar. Concretamente se
aplicarán los siguientes cuestionarios institucionales: