III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-3458)
Resolución de 9 de enero de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación negativa de la registradora de la propiedad de Alzira n.º 1, por la que se suspende la cancelación de una nota marginal de expedición de certificación de dominio y cargas y la cancelación de la inscripción de la adjudicación consecuencia de la ejecución hipotecaria terminada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 34

Jueves 9 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 19164

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
3458

Resolución de 9 de enero de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
negativa de la registradora de la propiedad de Alzira n.º 1, por la que se
suspende la cancelación de una nota marginal de expedición de certificación
de dominio y cargas y la cancelación de la inscripción de la adjudicación
consecuencia de la ejecución hipotecaria terminada.

En el recurso interpuesto por don A. J. J. G., abogado, en nombre y representación
de doña C. L. O., en su condición de interesada, contra la nota de calificación negativa
de la registradora de la Propiedad de Alzira número 1, doña Sonsoles Verdejo García, de
fecha 23 de agosto de 2022, por la que se suspende la cancelación de la nota marginal
de expedición de certificación de dominio y cargas puesta al margen de la inscripción de
una hipoteca y la cancelación de la inscripción de la adjudicación consecuencia de la
ejecución hipotecaria terminada, y que han sido ordenadas por mandamiento judicial que
recoge sendos autos judiciales.
Hechos
I
En virtud de mandamiento judicial expedido con fecha 21 de julio de 2022, de
ejecución de sendos autos de fecha 31 de enero y 11 de marzo de 2020 –de aclaración–,
dictados por Juzgado de Primera Instancia número 4 de Alzira, procedimiento de
ejecución hipotecaria número 531/2012, se declara la nulidad de todo lo actuado y el
sobreseimiento de procedimiento, y se ordena solo la cancelación de la nota marginal
puesta al margen de la inscripción de una hipoteca que estaba en ejecución y,
adicionalmente, en el auto de aclaración, la cancelación de la inscripción de la
adjudicación consecuencia de la ejecución hipotecaria terminada.
Los citados autos han sido dictados como consecuencia en un incidente de oposición
por abusividad de la cláusula de vencimiento anticipado presentado por la parte deudora,
con base en la Sentencia del Tribunal Supremo de 11 de septiembre de 2019, no
habiéndose dado todavía posesión material de la finca al adjudicatario, «Banco de
Sabadell, SA», después de que tal cuestión ya hubiera sido planteada y resuelta en un
anterior incidente extraordinario de oposición.
II

«La Registradora de la Propiedad que suscribe, previo examen y calificación del
documento presentado, el día 1 de agosto de 2022, bajo el asiento número 2085, del
tomo 187 del Libro Diario y número de entrada 3104/2022, que corresponde al
documento otorgado el 19 de agosto de 2020, por el Juzgado de Primera Instancia n.º 4
de Alzira, Procedimiento de Ejecución Hipotecaria 531/2012, para su despacho ha

cve: BOE-A-2023-3458
Verificable en https://www.boe.es

El indicado mandamiento fue presentado en el Registro de la Propiedad de Alzira
número 1, siendo objeto, con fecha 23 de agosto de 2022, de la siguiente nota de
calificación negativa, por parte de la registradora de la Propiedad, titular de la oficina,
doña Sonsoles Verdejo García: