II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2023-3394)
Resolución de 31 de enero de 2023, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 9 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 18989
dicha situación administrativa, serán acreditados por el órgano competente de la
Administración Pública en la que se prestasen los servicios.
h) Si se trata de personal funcionario que se encuentre en situación de expectativa
de destino y excedencia forzosa aplicable a los funcionarios en expectativa de destino,
los mencionados certificados serán expedidos por la Dirección General de la Función
Pública.
i) Si se trata de personal funcionario de Cuerpos y Escalas de Correos y Telégrafos,
que se encuentren en servicio activo destinados en la Sociedad Estatal de Correos y
Telégrafos, S.A. o que se encuentren en situación administrativa de excedencia
voluntaria o forzosa y que hayan ocupado su último destino en servicio activo en la
misma, será expedida por la Unidad de personal de la citada Sociedad Estatal.
j) Si se trata de personal funcionario de Cuerpos y Escalas de Correos y Telégrafos
que se encuentren en situación administrativa de excedencia voluntaria o forzosa cuyo
último destino en servicio activo fue la Caja Postal de Ahorros, será expedido por la
Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Asuntos Económicos y
Transformación Digital.
4. Los y las aspirantes con alguna discapacidad podrán pedir la adaptación del
puesto o de los puestos de trabajo solicitados. A la solicitud se deberá acompañar un
informe expedido por el órgano competente en la materia que acredite la procedencia de
la adaptación y la compatibilidad con el desempeño de las funciones que tenga atribuido
el puesto o los puestos solicitados (artículo 10 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de
diciembre). La compatibilidad con el desempeño de las funciones propias del puesto de
trabajo se valorará teniendo en cuenta las adaptaciones que se puedan realizar en él.
5. En el supuesto de estar interesadas en las vacantes que se anuncien en un
determinado concurso, para un mismo municipio, dos personas que reúnan los requisitos
exigidos, podrán condicionar todos o parte de los puestos que incluyen en sus
solicitudes, por razones de convivencia familiar, al hecho de que ambas obtengan
destino en ese concurso en el mismo municipio, entendiéndose, en caso contrario,
anulada la petición de los puestos condicionados efectuada por ambas, quedando
vigente el resto de sus solicitudes.
Las personas candidatas que se acojan a esta petición condicional deberán
concretarlo en su solicitud (anexo II) y acompañar fotocopia de la petición de la otra
persona solicitante
6. Finalizada la presentación de solicitudes, la lista de admitidos y excluidos a
participar en el concurso, así como la causa de exclusión, en su caso, se publicará en la
página web del Consejo de Seguridad Nuclear, https://www.csn.es/concursos-de-meritos.
7. Una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, serán vinculantes
para el peticionario, aceptándose renuncias parciales, hasta la fecha en la que se
constituya la Comisión de Valoración del concurso. Dicha fecha se anunciará en la
página web del Consejo de Seguridad Nuclear: https://www.csn.es/concursos-de-meritos.
Formulada la renuncia parcial o el desistimiento de la solicitud, lo será a todos los
efectos, sin que dicha renuncia o desistimiento pueda ser susceptible de modificación o
subsanación en ningún caso.
Así mismo, se informará a las personas candidatas de la manera de acceder a las
puntuaciones provisionales, así como de la fecha a partir de la cual no se podrán hacer
alegaciones a las mencionadas valoraciones provisionales. Se aceptará el desistimiento
de la solicitud, lo que implica la renuncia a todos los puestos solicitados, hasta el día
anterior a la fecha de publicación de las puntuaciones provisionales. Dichas fechas se
anunciarán en la página web del Consejo de Seguridad Nuclear.
8. Si, conforme a lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la
solicitud no reúne los requisitos esenciales exigidos (anexo II, anexo III, anexo IV y
anexo V debidamente cumplimentados), se requerirá a la persona interesada para que
subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos en un plazo de diez días
hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación en la página web https://
cve: BOE-A-2023-3394
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 34
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dicha situación administrativa, serán acreditados por el órgano competente de la
Administración Pública en la que se prestasen los servicios.
h) Si se trata de personal funcionario que se encuentre en situación de expectativa
de destino y excedencia forzosa aplicable a los funcionarios en expectativa de destino,
los mencionados certificados serán expedidos por la Dirección General de la Función
Pública.
i) Si se trata de personal funcionario de Cuerpos y Escalas de Correos y Telégrafos,
que se encuentren en servicio activo destinados en la Sociedad Estatal de Correos y
Telégrafos, S.A. o que se encuentren en situación administrativa de excedencia
voluntaria o forzosa y que hayan ocupado su último destino en servicio activo en la
misma, será expedida por la Unidad de personal de la citada Sociedad Estatal.
j) Si se trata de personal funcionario de Cuerpos y Escalas de Correos y Telégrafos
que se encuentren en situación administrativa de excedencia voluntaria o forzosa cuyo
último destino en servicio activo fue la Caja Postal de Ahorros, será expedido por la
Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Asuntos Económicos y
Transformación Digital.
4. Los y las aspirantes con alguna discapacidad podrán pedir la adaptación del
puesto o de los puestos de trabajo solicitados. A la solicitud se deberá acompañar un
informe expedido por el órgano competente en la materia que acredite la procedencia de
la adaptación y la compatibilidad con el desempeño de las funciones que tenga atribuido
el puesto o los puestos solicitados (artículo 10 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de
diciembre). La compatibilidad con el desempeño de las funciones propias del puesto de
trabajo se valorará teniendo en cuenta las adaptaciones que se puedan realizar en él.
5. En el supuesto de estar interesadas en las vacantes que se anuncien en un
determinado concurso, para un mismo municipio, dos personas que reúnan los requisitos
exigidos, podrán condicionar todos o parte de los puestos que incluyen en sus
solicitudes, por razones de convivencia familiar, al hecho de que ambas obtengan
destino en ese concurso en el mismo municipio, entendiéndose, en caso contrario,
anulada la petición de los puestos condicionados efectuada por ambas, quedando
vigente el resto de sus solicitudes.
Las personas candidatas que se acojan a esta petición condicional deberán
concretarlo en su solicitud (anexo II) y acompañar fotocopia de la petición de la otra
persona solicitante
6. Finalizada la presentación de solicitudes, la lista de admitidos y excluidos a
participar en el concurso, así como la causa de exclusión, en su caso, se publicará en la
página web del Consejo de Seguridad Nuclear, https://www.csn.es/concursos-de-meritos.
7. Una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, serán vinculantes
para el peticionario, aceptándose renuncias parciales, hasta la fecha en la que se
constituya la Comisión de Valoración del concurso. Dicha fecha se anunciará en la
página web del Consejo de Seguridad Nuclear: https://www.csn.es/concursos-de-meritos.
Formulada la renuncia parcial o el desistimiento de la solicitud, lo será a todos los
efectos, sin que dicha renuncia o desistimiento pueda ser susceptible de modificación o
subsanación en ningún caso.
Así mismo, se informará a las personas candidatas de la manera de acceder a las
puntuaciones provisionales, así como de la fecha a partir de la cual no se podrán hacer
alegaciones a las mencionadas valoraciones provisionales. Se aceptará el desistimiento
de la solicitud, lo que implica la renuncia a todos los puestos solicitados, hasta el día
anterior a la fecha de publicación de las puntuaciones provisionales. Dichas fechas se
anunciarán en la página web del Consejo de Seguridad Nuclear.
8. Si, conforme a lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la
solicitud no reúne los requisitos esenciales exigidos (anexo II, anexo III, anexo IV y
anexo V debidamente cumplimentados), se requerirá a la persona interesada para que
subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos en un plazo de diez días
hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación en la página web https://
cve: BOE-A-2023-3394
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Núm. 34