II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2023-3394)
Resolución de 31 de enero de 2023, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 34
Jueves 9 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 18997
3. La Comisión de Valoración se podrá reservar la facultad de convocar
personalmente a los candidatos/as que considere conveniente al objeto de aclarar
puntos dudosos de difícil interpretación o controvertidos de la documentación presentada
por los mismos.
4. La Comisión de Valoración podrá solicitar de la autoridad convocante la
designación de expertos en calidad de asesores, que actuarán con voz pero sin voto.
5. La Comisión de Valoración propondrá a las personas candidatas que hayan obtenido
mayor puntuación entre los que consigan la mínima exigida, para cada puesto convocado.
La propuesta de adjudicación de cada uno de los puestos se efectuará atendiendo a
la puntuación total máxima obtenida, sumados los resultados finales de las dos fases,
siempre que en cada una de ellas se haya superado la puntuación mínima exigida.
6. Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en
el acta que se levantará al efecto.
Octava. Listados provisionales de valoración de méritos.
Con el fin de informar a las personas candidatas de las valoraciones provisionales
otrogadas, la Comisión de Valoración dará publicidad mediante nota informativa que se
publicará en la página web institucional del Consejo de Seguridad Nuclear: https://
www.csn.es/concursos-de-meritos. Estas dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, a
partir del día siguiente de dicha publicación para realizar las alegaciones.
Resolución del concurso.
1. La presente convocatoria se resolverá por Resolución del Presidente del Consejo
de Seguridad Nuclear en un plazo máximo de cuatro meses, desde el día siguiente al de
la finalización de la presentación de solicitudes, y se publicará en el «Boletín Oficial del
Estado», salvo que concurran las circunstancias expuestas en la Base Tercera, punto 4,
en cuyo caso podrá procederse a la resolución parcial de los puestos no afectados
directa o indirectamente por estas circunstancias. De darse este supuesto, la resolución
del concurso en los puestos afectados directa o indirectamente, se producirá una vez
recibidos, analizados y evaluados por la Comisión de Valoración los informes a que se
refiere la citada Base.
2. La resolución deberá expresar necesariamente, como mínimo, puesto de trabajo,
localidad, órgano directivo y Departamento ministerial o Administración pública de cese
de las personas a quienes se les adjudique destino, así como de su grupo de titulación.
Se indicará la situación administrativa de procedencia cuando participen desde una
situación distinta a la de servicio activo.
3. El destino adjudicado será irrenunciable salvo que, antes de finalizar el plazo de
toma de posesión,se hubiera obtenido otro destino mediante convocatoria pública, en
cuyo caso podrá optar entre los puestos que le hayan sido adjudicados, estando
obligado a comunicar la opción realizada a los Departamentos u otros organismos en
cuyos concursos participó en el plazo de tres días. En este supuesto, y mediante nueva
resolución que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», se declarará la adscripción
del personal candidato inmediatamente siguiente en orden de puntuación que no hubiera
obtenido otra plaza en el mismo concurso.
4. Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y, en
consecuencia, no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno,
sin perjuicio de las excepciones previstas en el régimen de indemnizaciones por razón
del servicio.
5. La resolución del concurso se motivará con referencia al cumplimiento de las
normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria. En todo caso deberán quedar
acreditadas en el procedimiento como fundamentos de la resolución adoptada, la
observancia del procedimiento debido y la valoración final de los méritos de los
candidatos/as.
cve: BOE-A-2023-3394
Verificable en https://www.boe.es
Novena.
Núm. 34
Jueves 9 de febrero de 2023
Sec. II.B. Pág. 18997
3. La Comisión de Valoración se podrá reservar la facultad de convocar
personalmente a los candidatos/as que considere conveniente al objeto de aclarar
puntos dudosos de difícil interpretación o controvertidos de la documentación presentada
por los mismos.
4. La Comisión de Valoración podrá solicitar de la autoridad convocante la
designación de expertos en calidad de asesores, que actuarán con voz pero sin voto.
5. La Comisión de Valoración propondrá a las personas candidatas que hayan obtenido
mayor puntuación entre los que consigan la mínima exigida, para cada puesto convocado.
La propuesta de adjudicación de cada uno de los puestos se efectuará atendiendo a
la puntuación total máxima obtenida, sumados los resultados finales de las dos fases,
siempre que en cada una de ellas se haya superado la puntuación mínima exigida.
6. Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en
el acta que se levantará al efecto.
Octava. Listados provisionales de valoración de méritos.
Con el fin de informar a las personas candidatas de las valoraciones provisionales
otrogadas, la Comisión de Valoración dará publicidad mediante nota informativa que se
publicará en la página web institucional del Consejo de Seguridad Nuclear: https://
www.csn.es/concursos-de-meritos. Estas dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, a
partir del día siguiente de dicha publicación para realizar las alegaciones.
Resolución del concurso.
1. La presente convocatoria se resolverá por Resolución del Presidente del Consejo
de Seguridad Nuclear en un plazo máximo de cuatro meses, desde el día siguiente al de
la finalización de la presentación de solicitudes, y se publicará en el «Boletín Oficial del
Estado», salvo que concurran las circunstancias expuestas en la Base Tercera, punto 4,
en cuyo caso podrá procederse a la resolución parcial de los puestos no afectados
directa o indirectamente por estas circunstancias. De darse este supuesto, la resolución
del concurso en los puestos afectados directa o indirectamente, se producirá una vez
recibidos, analizados y evaluados por la Comisión de Valoración los informes a que se
refiere la citada Base.
2. La resolución deberá expresar necesariamente, como mínimo, puesto de trabajo,
localidad, órgano directivo y Departamento ministerial o Administración pública de cese
de las personas a quienes se les adjudique destino, así como de su grupo de titulación.
Se indicará la situación administrativa de procedencia cuando participen desde una
situación distinta a la de servicio activo.
3. El destino adjudicado será irrenunciable salvo que, antes de finalizar el plazo de
toma de posesión,se hubiera obtenido otro destino mediante convocatoria pública, en
cuyo caso podrá optar entre los puestos que le hayan sido adjudicados, estando
obligado a comunicar la opción realizada a los Departamentos u otros organismos en
cuyos concursos participó en el plazo de tres días. En este supuesto, y mediante nueva
resolución que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», se declarará la adscripción
del personal candidato inmediatamente siguiente en orden de puntuación que no hubiera
obtenido otra plaza en el mismo concurso.
4. Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y, en
consecuencia, no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno,
sin perjuicio de las excepciones previstas en el régimen de indemnizaciones por razón
del servicio.
5. La resolución del concurso se motivará con referencia al cumplimiento de las
normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria. En todo caso deberán quedar
acreditadas en el procedimiento como fundamentos de la resolución adoptada, la
observancia del procedimiento debido y la valoración final de los méritos de los
candidatos/as.
cve: BOE-A-2023-3394
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