I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Centros docentes. Admisión de alumnos. (BOE-A-2023-3343)
Resolución de 2 de febrero de 2023, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se regula el proceso de admisión de alumnos y alumnas en centros docentes públicos y privados concertados que imparten el segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato en las ciudades de Ceuta y Melilla, para el curso 2023-2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 34

Jueves 9 de febrero de 2023

Sec. I. Pág. 18470

abril, en lo que estas normas no se opongan a Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de
Educación, modificada por Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre.
Tercera. Destinatarios.
1. Deberán participar en este proceso de admisión quienes deseen obtener plaza
en el segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria
Obligatoria o Bachillerato, en cualquiera de los centros públicos y privados concertados
de las Ciudades de Ceuta y Melilla. Asimismo, deberán también realizar solicitud en este
proceso de admisión quienes, estando escolarizados, deseen o deban cambiar de centro
escolar para cursar cualquiera de los niveles o etapas mencionadas.
2. La continuidad de los estudios en los diferentes niveles y etapas en el mismo
centro se garantizará de forma automática y, por tanto, no requerirá solicitud de
admisión.
3. En los centros de educación infantil y primaria sostenidos con fondos públicos
con adscripción única, no será necesario que el alumnado de 6.º curso de Educación
Primaria presente solicitud de admisión en el instituto de educación secundaria que le
corresponda por adscripción. Ello, sin embargo, no impedirá que se pueda presentar
solicitud de admisión a otro centro diferente. En este caso, se someterá a los criterios
generales de admisión regulados en la Orden ECD/724/2015, de 22 de abril, y a lo
dispuesto en la presente resolución.
4. El alumnado de centros públicos de educación infantil y primaria con adscripción
múltiple deberá presentar solicitud de admisión al primer curso de Educación Secundaria
Obligatoria en el proceso de reserva de plaza, mediante el anexo II de esta resolución.
Las Direcciones Provinciales de Ministerio de Educación y Formación Profesional de
Ceuta y Melilla, en adelante las Direcciones Provinciales, y los centros docentes darán
difusión a la información sobre adscripción entre centros.
Cuarta.

Gestión informática del proceso de admisión de alumnos y alumnas.

1. Para la aplicación y desarrollo de estas instrucciones, los centros docentes
públicos utilizarán la aplicación informática correspondiente.
2. La información relativa al proceso de admisión se encontrará disponible en el
sitio web y tablón de anuncios de los centros, así como en el sitio web de las Direcciones
Provinciales.
Comisión de Garantías de Admisión.

1. La composición, funcionamiento y funciones de la Comisión de Garantías de
Admisión aparece recogido en los artículos 6, 7 y 8 de la Orden ECD/724/2015, de 22 de
abril. Antes del inicio del proceso de admisión desarrollado en las presentes
instrucciones, las Direcciones Provinciales procederán a reclamar a todos los sectores
que forman parte de la Comisión que designen a sus representantes y constituirán una
única Comisión de Garantías de Admisión en el ámbito territorial de su competencia.
2. En la resolución provisional de los períodos de reserva de plaza y ordinario de
admisión, la citada Comisión adjudicará plaza escolar únicamente en el caso de que
exista vacante en alguno de los centros públicos y privados concertados incluidos en la
solicitud.
3. Para la adjudicación de segundas o posteriores opciones, se considerará la
puntuación correspondiente al centro señalado como primera opción. Se incluirá esta
información en las solicitudes de admisión.
4. Las posibles reclamaciones a las plazas adjudicadas por la Comisión de
Garantías de Admisión serán resueltas a través de la publicación de las listas definitivas.
Así se indicará expresamente en los listados de adjudicación provisional que se
publiquen especificando el plazo para presentar reclamación.

cve: BOE-A-2023-3343
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.