III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-3461)
Resolución de 10 de enero de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Ponteareas, por la que se deniega la práctica de un asiento de presentación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 34

Jueves 9 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 19207

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
3461

Resolución de 10 de enero de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
de la registradora de la propiedad de Ponteareas, por la que se deniega la
práctica de un asiento de presentación.

En el recurso interpuesto por don J. M. M. A. contra la nota de calificación de la
registradora de la Propiedad de Ponteareas, doña Sonia María Airas Pereira, por la que
se deniega la práctica de un asiento de presentación, como consecuencia de una
notificación de las previstas en el artículo 205 de la Ley Hipotecaria, una vez
inmatriculada la finca, por la cual el colindante notificado se opone a la inscripción de la
georreferenciación de la finca registral ya inmatriculada.
Hechos
I
Mediante instancia privada suscrita el día 31 de agosto de 2022 por don J. M. M. A.,
el declarante expresaba que había recibido notificación de la inmatriculación de la finca
registral número 42.174 de Ponteareas, que se practicó el día 18 de agosto de 2022.
Con respecto a la descripción de la finca, manifestaba que era inexacto decir que la finca
registral citada lindaba al sur con la parcela 240 del polígono 50, de don R. A. A., puesto
que el lindero real es un camino comunal, inscrito en el Registro de la Propiedad, como
podía apreciarse en los planos catastrales, que nada tenía que ver con la parcela 240 del
polígono 50. Manifestaba también que la citada finca 42.174, que se ha inmatriculado
ahora, ya se inmatriculó en su día, siendo la finca registral número 32.207 de
Ponteareas, a nombre de don E. A. A., siendo el resultado de la segregación de una
finca mayor en siete fincas segregadas, las cuales se adjudicaron una para cada
hermano, para extinguir el proindiviso entre ellos.
II
Presentada dicha instancia en el Registro de la Propiedad de Ponteareas, fue objeto
de la siguiente nota de calificación:
«La Registradora que suscribe ha resuelto no practicar el asiento de presentación de
la documentación que más abajo se indica, en base a los siguientes hechos y
fundamentos de derecho:

1. Con fecha 31 de agosto de 2022 ha tenido entrada en este Registro bajo el
número 3.113, escrito suscrito en igual fecha por don J. M. M. A., por el que manifiesta
ciertas inexactitudes en cuanto a la inmatriculación de la finca registral número 42.174
del municipio de Ponteareas de la que ha tenido conocimiento como consecuencia de la
notificación recibida como colindante catastral y que fue practicada por este Registro en
cumplimiento del art. 205 de la Ley Hipotecaria.
2. En dicho escrito manifiesta que existe inexactitud en cuanto al lindero sur de la
finca y que la finca se inscribió con anterioridad bajo el número 33.207.

cve: BOE-A-2023-3461
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Hechos: