III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-3460)
Resolución de 10 de enero de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad de Torrox, por la que se deniega la inscripción de una escritura de segregación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 9 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 19193

Parte 13: Parcela en el pago de (…), superficie con una [sic] superficie de tres mil
seiscientos cuarenta y cuatro metros cuadrados (3.644,00 m²), aunque según reciente
medición, tras una modificación efectuada por el Catastro, ha pasado a ser de treinta y
seis áreas seis centiáreas (3.606,00 m²). Linda al Norte con el Carril, al Sur con la
Carretera Nacional CN-(…); al Este con carril y al Oeste con F. M. N., A. M. N.,
Comunidad de Propietarios de (…), F. M. V., A. M. V. A. y CR (…) Es lo parcela catastral
(…) (Referencia Catastral 4956502VF1645N0001JG).
Parte 14: Parcela en el pago de (…), con una superficie de setecientos sesenta y un
metros cuadrados (761 m²), aunque según reciente medición, tras una modificación
efectuada por el Catastro, ha pasado a ser de ocho áreas ochenta centiáreas (880,00 m²).
Linda al Norte y Oeste con el Carril, al Sur con la Carretera nacional CN-(…) y la Este
con
M.
R. G. G. Es la parcela catastral (…) Suelo (Referencia
Catastral 4956510VF1645N0001HG).
[se inserta imagen].
En su descripción actual se define como resto de finca rústica porque originalmente la
mayor parte de la finca era rústica, pero en la actualidad solo cumplen esta condición las
Partes 1, 2 y 9, el resto de su superficie, conformada por las Partes 12 13 y 14 no son suelo
rústico según el PGOU de Torrox, vigente desde al año 1996 y corroborado por base
cartografía catastral. Concretamente, las Partes 12 y 14 pertenecen al sector de
planeamiento de suelo urbanizable sectorizado URP-2, con referencias catastrales de urbana
de 5157209VF1655N0000AK, 4956512VF1645N0001AG y 4956511VF165N0001WG (hay
que señalar que en la escritura de segregación se hace referencia únicamente a dos
referencias catastrales, ya que la tercera es una parcela, creada recientemente por el
Catastro corno consecuencia de la protocolización de esta escritura de segregación, tal y
como se explicará con más detalle en el presente escrito). Por otro lado, la Parte 13 es un
suelo urbano consolidado con ordenanza N2, con referencia catastral de
urbana 4956502VF1645N0001JG.
[se insertan imágenes].
Sobre el Objeto de lo Segregación y la licencia de segregación.
El objetivo de la Escritura es la segregación de la totalidad de la superficie de la
finca 8.220 incluida en el sector de planeamiento de suelo urbanizable sectorizado
URP-2 del PGOU de Torrox, formada por las Partes 12 y 14, del resto de finca matriz,
para lo cual se solicitó la correspondiente licencia de segregación al Ayuntamiento de
Torrox, que fue informada favorablemente y concedida por la Junta de Gobierno Local,
con fecha 21 de diciembre de 2021.
No obstante, a requerimiento municipal, se tuvo que rectificar la solicitud de licencia
para segregar de la Parte 14 otros 231 m² incluidos en el citado sector de planeamiento,
para su cesión al Excmo. Ayuntamiento de Torrox, destinados a la ampliación de un vial
público, corno cesión obligatoria en la tramitación del Estudio de Detalle de la parcela
urbana colindante, con referencia catastral 4956502VE1645N0001JG, que constituye la
Parte 13 de la finca. La licencia se concedió con fecha 17 de mayo de 2022.
Por ello, en la escritura otorgada en Málaga el 30 de mayo de 2022, ante el notario
Don José Sánchez Aguilera, con el número 1 617 de su protocolo, finalmente se
segregaron dos fincas:
– 1.ª segregación. Una finca con una superficie total de 19 125 m², constituida por la
Parte 12 de la finca 8.220 de Torrox, de 18.476 m² y por 649 m² de la Parte 14 de la
misma finca, incluidas ambas partes en el sector de suelo urbanizable sectorizado
URP-2 del PGOU de Torrox.
– 2.ª segregación. Una finca con una superficie de 231 m² de suelo de la Parte 14,
también perteneciente al mismo sector de suelo urbanizable sectorizado, para su cesión
municipal, tal y como figura reflejado en la licencia de segregación.
[se inserta imagen].

cve: BOE-A-2023-3460
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Núm. 34