I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Dopaje. (BOE-A-2023-3345)
Resolución de 1 de febrero de 2023, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que, según lo estipulado en el artículo 1.2 de la Ley Orgánica 11/2021, de 28 de diciembre, de lucha contra el dopaje en el deporte, se publica el Código Mundial Antidopaje.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 9 de febrero de 2023
Sec. I. Pág. 18584
Norma Internacional para Controles e Investigaciones), haya representado a algún país
en un evento internacional en categoría abierta (open) o haya sido incluido en un grupo
registrado de control u otros grupos de información sobre localización que gestione una
federación internacional o una organización nacional antidopaje.
(125)
(125)
[Comentario al término «deportista aficionado»: El término «categoría abierta» excluye las
competiciones limitadas a categorías juveniles o por edades.]
«Deportista de nivel internacional»: Deportista que compite en deportes a nivel
internacional, según defina este concepto cada federación internacional con arreglo a la
Norma Internacional para Controles e Investigaciones.
(126)
(126)
[Comentario al término «deportista de nivel internacional»: De conformidad con la Norma
Internacional para Controles e Investigaciones, la federación internacional tiene libertad para determinar qué
criterios permiten clasificar a los deportistas como deportistas de nivel internacional (por ejemplo, con arreglo a
un ranking, por su participación en determinados eventos internacionales, por tipo de licencia, etc. No obstante,
debe publicar dichos criterios de forma clara y concisa, de manera que los deportistas puedan determinar
rápida y fácilmente cuándo serán clasificados como deportistas de nivel internacional. Por ejemplo, si los
criterios incluyen la participación en determinados eventos internacionales, la federación internacional debe
publicar una lista de ellos.]
«Deportista de nivel nacional»: Deportista que compite en deportes a nivel nacional,
según defina este concepto cada organización nacional antidopaje con arreglo a la
Norma Internacional para Controles e Investigaciones.
«Descalificación»: Véase «sanciones por infracciones de las normas antidopaje».
«Divulgar»: Véase «sanciones por infracciones de las normas antidopaje».
«Documento técnico»: Documento aprobado y publicado periódicamente por la AMA
que contiene los requisitos técnicos obligatorios para temas antidopaje concretos
establecidos en una Norma Internacional.
«Duración del evento»: Tiempo transcurrido entre el principio y el final de un evento,
según establezca la entidad responsable de su organización.
«Durante la competición»: en el periodo que comienza a las 11:59 p.m. del día
anterior a celebrarse una competición en la esté prevista la participación del deportista y
que finaliza al hacerlo dicha competición y el proceso de recogida de muestras conexo.
No obstante, la AMA podrá aprobar, para un deporte concreto, otra definición si una
federación internacional ofrece una justificación convincente de que es necesaria para su
deporte; una vez aprobada por la AMA, todas las organizaciones responsables de
grandes eventos deberán aplicar esa nueva definición para ese deporte en concreto.
(127)
(127)
[Comentario al término «durante la competición»: Contar con una definición universalmente aceptada
de «durante la competición» ofrece una mayor armonización entre los deportistas de todas las disciplinas
deportivas, elimina o reduce la confusión de estos acerca del plazo pertinente para los controles en dicho
periodo, evita resultados analíticos adversos inadvertidos entre competiciones durante un evento y ayuda a
evitar que cualesquiera posibles beneficios de aumento del rendimiento derivados de sustancias prohibidas
fuera de competición pasen al periodo de competición.]
«Educación»: Proceso de aprendizaje para trasmitir valores y desarrollar conductas
que fomenten y protejan el espíritu deportivo, y para prevenir el dopaje intencionado y no
intencionado.
«Evento»: Serie de competiciones individuales que se desarrollan conjuntamente
bajo una única entidad responsable (por ejemplo, los Juegos Olímpicos, los
campeonatos mundiales de una federación internacional o los Juegos Panamericanos).
«Evento internacional»: Un evento o competición en el que el Comité Olímpico
Internacional, el Comité Paralímpico Internacional, una federación internacional, una
organización responsable de grandes eventos u otra organización deportiva internacional
actúe como entidad responsable o nombre a técnicos para ello.
«Evento nacional»: Un evento o competición deportivos que no sea internacional y
en el que participen deportistas de nivel internacional o de nivel nacional.
cve: BOE-A-2023-3345
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 34
Jueves 9 de febrero de 2023
Sec. I. Pág. 18584
Norma Internacional para Controles e Investigaciones), haya representado a algún país
en un evento internacional en categoría abierta (open) o haya sido incluido en un grupo
registrado de control u otros grupos de información sobre localización que gestione una
federación internacional o una organización nacional antidopaje.
(125)
(125)
[Comentario al término «deportista aficionado»: El término «categoría abierta» excluye las
competiciones limitadas a categorías juveniles o por edades.]
«Deportista de nivel internacional»: Deportista que compite en deportes a nivel
internacional, según defina este concepto cada federación internacional con arreglo a la
Norma Internacional para Controles e Investigaciones.
(126)
(126)
[Comentario al término «deportista de nivel internacional»: De conformidad con la Norma
Internacional para Controles e Investigaciones, la federación internacional tiene libertad para determinar qué
criterios permiten clasificar a los deportistas como deportistas de nivel internacional (por ejemplo, con arreglo a
un ranking, por su participación en determinados eventos internacionales, por tipo de licencia, etc. No obstante,
debe publicar dichos criterios de forma clara y concisa, de manera que los deportistas puedan determinar
rápida y fácilmente cuándo serán clasificados como deportistas de nivel internacional. Por ejemplo, si los
criterios incluyen la participación en determinados eventos internacionales, la federación internacional debe
publicar una lista de ellos.]
«Deportista de nivel nacional»: Deportista que compite en deportes a nivel nacional,
según defina este concepto cada organización nacional antidopaje con arreglo a la
Norma Internacional para Controles e Investigaciones.
«Descalificación»: Véase «sanciones por infracciones de las normas antidopaje».
«Divulgar»: Véase «sanciones por infracciones de las normas antidopaje».
«Documento técnico»: Documento aprobado y publicado periódicamente por la AMA
que contiene los requisitos técnicos obligatorios para temas antidopaje concretos
establecidos en una Norma Internacional.
«Duración del evento»: Tiempo transcurrido entre el principio y el final de un evento,
según establezca la entidad responsable de su organización.
«Durante la competición»: en el periodo que comienza a las 11:59 p.m. del día
anterior a celebrarse una competición en la esté prevista la participación del deportista y
que finaliza al hacerlo dicha competición y el proceso de recogida de muestras conexo.
No obstante, la AMA podrá aprobar, para un deporte concreto, otra definición si una
federación internacional ofrece una justificación convincente de que es necesaria para su
deporte; una vez aprobada por la AMA, todas las organizaciones responsables de
grandes eventos deberán aplicar esa nueva definición para ese deporte en concreto.
(127)
(127)
[Comentario al término «durante la competición»: Contar con una definición universalmente aceptada
de «durante la competición» ofrece una mayor armonización entre los deportistas de todas las disciplinas
deportivas, elimina o reduce la confusión de estos acerca del plazo pertinente para los controles en dicho
periodo, evita resultados analíticos adversos inadvertidos entre competiciones durante un evento y ayuda a
evitar que cualesquiera posibles beneficios de aumento del rendimiento derivados de sustancias prohibidas
fuera de competición pasen al periodo de competición.]
«Educación»: Proceso de aprendizaje para trasmitir valores y desarrollar conductas
que fomenten y protejan el espíritu deportivo, y para prevenir el dopaje intencionado y no
intencionado.
«Evento»: Serie de competiciones individuales que se desarrollan conjuntamente
bajo una única entidad responsable (por ejemplo, los Juegos Olímpicos, los
campeonatos mundiales de una federación internacional o los Juegos Panamericanos).
«Evento internacional»: Un evento o competición en el que el Comité Olímpico
Internacional, el Comité Paralímpico Internacional, una federación internacional, una
organización responsable de grandes eventos u otra organización deportiva internacional
actúe como entidad responsable o nombre a técnicos para ello.
«Evento nacional»: Un evento o competición deportivos que no sea internacional y
en el que participen deportistas de nivel internacional o de nivel nacional.
cve: BOE-A-2023-3345
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 34