III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2023-3488)
Resolución de 1 de febrero de 2023, del Museo Nacional del Prado, por la que se publica el Convenio de mecenazgo con AirParfum, para la realización del proyecto "Una esencia, un cuadro".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 34
Jueves 9 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 19363
II. Que el Museo tiene por objetivo la consecución de los siguientes fines, en virtud
del artículo 3 de la Ley 46/2003, de 25 de noviembre:
a) Garantizar la protección y conservación, así como promover el enriquecimiento y
mejora de los bienes del Patrimonio Histórico Español adscrito al mismo.
b) Exhibir ordenadamente las colecciones en condiciones adecuadas para su
contemplación y estudio.
c) Fomentar y garantizar el acceso a las mismas del público y facilitar su estudio a
los investigadores.
d) Impulsar el conocimiento y difusión de las obras y de la identidad del patrimonio
histórico adscrito al Museo, favoreciendo el desarrollo de programas de educación y
actividades de divulgación cultural.
e) Desarrollar programas de investigación y formación de personal especializado y
establecer relaciones de colaboración con otros museos, universidades o instituciones
culturales, organizando exposiciones temporales y desarrollando acciones conjuntas
para el cumplimiento de sus fines.
f) Prestar servicio de asesoramiento, estudio, información o dictamen de carácter
científico o técnico que le sean requeridos por los organismos competentes de la
Administración General del Estado o que se deriven de los convenios o contratos
otorgados con entidades públicas o privadas.
III. Que en virtud de la Disposición Adicional Decimoctava de la Ley 49/2002, de 23
de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los
Incentivos Fiscales al Mecenazgo, el Museo tiene la consideración de entidad
beneficiaria del mecenazgo.
IV. Que AirParfum es una empresa que se dedica a la investigación científica y
técnica, al desarrollo, innovación, fabricación, comercialización (instalación y
mantenimiento), de aparatos y máquinas para el mercado de los perfumes y aromas.
AirParfum, ha desarrollado y es propietaria de una máquina que permite al consumidor
probar fragancias a través de aire perfumado, que complementa los probadores de
perfumes corrientes y no digitales (en adelante, la «Máquina»).
V. Que el Museo y AirParfum desean que se instale una (1) Máquina en el Museo
Nacional del Prado situado en Paseo del Prado, s/n, 28014 Madrid, de acuerdo con las
previsiones del presente convenio, para crear una experiencia olfativa entorno al
proyecto «Una esencia, un cuadro».
En su virtud, y de conformidad con la exposición que antecede, ambas Partes
deciden suscribir el presente convenio de mecenazgo (en adelante, el «convenio»), al
amparo del artículo 25 de la Ley 49/2002, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines
de Lucro y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo, de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
1.1 Las Partes acuerdan establecer una relación de colaboración durante el periodo
de vigencia del proyecto «Una esencia, un cuadro» (en adelante, el «Proyecto») de
conformidad con el presente convenio.
1.2 En los términos establecidos en este convenio, las Partes colaborarán en la
instalación y el mantenimiento de una Máquina, que emitirá una fragancia vinculada a un
cuadro perteneciente a la colección del Museo.
Segunda.
Objeto.
2.1 El objeto del presente convenio es articular la colaboración entre el Museo y
AirParfum para llevar a cabo el proyecto «Una esencia, un cuadro», que consiste en la
instalación en una de las salas del Museo de una Máquina que emitirá una fragancia
cve: BOE-A-2023-3488
Verificable en https://www.boe.es
Primera. Principios rectores del convenio.
Núm. 34
Jueves 9 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 19363
II. Que el Museo tiene por objetivo la consecución de los siguientes fines, en virtud
del artículo 3 de la Ley 46/2003, de 25 de noviembre:
a) Garantizar la protección y conservación, así como promover el enriquecimiento y
mejora de los bienes del Patrimonio Histórico Español adscrito al mismo.
b) Exhibir ordenadamente las colecciones en condiciones adecuadas para su
contemplación y estudio.
c) Fomentar y garantizar el acceso a las mismas del público y facilitar su estudio a
los investigadores.
d) Impulsar el conocimiento y difusión de las obras y de la identidad del patrimonio
histórico adscrito al Museo, favoreciendo el desarrollo de programas de educación y
actividades de divulgación cultural.
e) Desarrollar programas de investigación y formación de personal especializado y
establecer relaciones de colaboración con otros museos, universidades o instituciones
culturales, organizando exposiciones temporales y desarrollando acciones conjuntas
para el cumplimiento de sus fines.
f) Prestar servicio de asesoramiento, estudio, información o dictamen de carácter
científico o técnico que le sean requeridos por los organismos competentes de la
Administración General del Estado o que se deriven de los convenios o contratos
otorgados con entidades públicas o privadas.
III. Que en virtud de la Disposición Adicional Decimoctava de la Ley 49/2002, de 23
de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los
Incentivos Fiscales al Mecenazgo, el Museo tiene la consideración de entidad
beneficiaria del mecenazgo.
IV. Que AirParfum es una empresa que se dedica a la investigación científica y
técnica, al desarrollo, innovación, fabricación, comercialización (instalación y
mantenimiento), de aparatos y máquinas para el mercado de los perfumes y aromas.
AirParfum, ha desarrollado y es propietaria de una máquina que permite al consumidor
probar fragancias a través de aire perfumado, que complementa los probadores de
perfumes corrientes y no digitales (en adelante, la «Máquina»).
V. Que el Museo y AirParfum desean que se instale una (1) Máquina en el Museo
Nacional del Prado situado en Paseo del Prado, s/n, 28014 Madrid, de acuerdo con las
previsiones del presente convenio, para crear una experiencia olfativa entorno al
proyecto «Una esencia, un cuadro».
En su virtud, y de conformidad con la exposición que antecede, ambas Partes
deciden suscribir el presente convenio de mecenazgo (en adelante, el «convenio»), al
amparo del artículo 25 de la Ley 49/2002, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines
de Lucro y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo, de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
1.1 Las Partes acuerdan establecer una relación de colaboración durante el periodo
de vigencia del proyecto «Una esencia, un cuadro» (en adelante, el «Proyecto») de
conformidad con el presente convenio.
1.2 En los términos establecidos en este convenio, las Partes colaborarán en la
instalación y el mantenimiento de una Máquina, que emitirá una fragancia vinculada a un
cuadro perteneciente a la colección del Museo.
Segunda.
Objeto.
2.1 El objeto del presente convenio es articular la colaboración entre el Museo y
AirParfum para llevar a cabo el proyecto «Una esencia, un cuadro», que consiste en la
instalación en una de las salas del Museo de una Máquina que emitirá una fragancia
cve: BOE-A-2023-3488
Verificable en https://www.boe.es
Primera. Principios rectores del convenio.