I. Disposiciones generales. COMUNITAT VALENCIANA. Residuos. (BOE-A-2023-3348)
Ley 5/2022, de 29 de noviembre, de residuos y suelos contaminados para el fomento de la economía circular en la Comunitat Valenciana.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 34

Jueves 9 de febrero de 2023
Artículo 57.

Residuos sólidos en el medio marino.

Capítulo IV.

Sobre traslado de residuos.

Artículo 58.

Traslado de residuos.

Capítulo V.

Información.

Sec. I. Pág. 18717

Artículo 59. Obligaciones de información.
Artículo 60. Facultades de la Agencia Valenciana de Residuos y Economía Circular
para la obtención de información relativa a la responsabilidad ampliada del productor.
Capítulo VI. Régimen de autorización y comunicación de las actividades de
producción y gestión de residuos
Artículo 61. Régimen de autorización y comunicación de las actividades de
producción y gestión de residuos.
Artículo 62. Creación del Registro General de Gestores Autorizados de Residuos
de la Comunitat Valenciana.
Artículo 63. Creación del Registro de Productores de Residuos de la Comunitat
Valenciana.
Título VI.

Suelos contaminados.

Artículo 64. Del régimen de los suelos contaminados.
Artículo 65. Lista de prioridades de actuación en materia de descontaminación de
suelos.
Título VII.
Artículo 66.
Artículo 67.

Responsabilidad, vigilancia, inspección y control.
Responsabilidad, vigilancia, inspección y control.
Régimen sancionador.

Disposiciones adicionales.
Disposiciones transitorias.
Disposiciones derogatorias.
Disposiciones finales.
Anexos.
PREÁMBULO

A lo largo de los últimos años se ha hecho patente la creciente preocupación
científica, social e institucional, a todos los niveles de gobierno, por los impactos
negativos que el actual modelo de producción y consumo prevalente en las sociedades
industrializadas está teniendo tanto sobre el funcionamiento del clima como sobre la
estructura y el funcionamiento de los ecosistemas terrestres, acuáticos y marinos, tanto a
escala local como global.
En esta línea, desde las instancias científicas y tecnológicas, la sociedad civil y las
instituciones se ha abogado por una transformación del modelo económico que evite el
derroche de materiales, incremente la eficiencia en el uso de los recursos y la energía,
transite hacia el uso generalizado de fuentes de energía renovables, proteja el medio
ambiente, restaure la biodiversidad y los servicios ecosistémicos de los que se beneficia
el conjunto de la sociedad y permita una transición ecológica que reduzca la
vulnerabilidad social, económica y ambiental de las personas ante los efectos del cambio
climático y prevenga sus causas. Todos estos criterios conforman el nuevo paradigma de
la economía circular.

cve: BOE-A-2023-3348
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