I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA. Presupuestos. (BOE-A-2023-3346)
Ley 12/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 9 de febrero de 2023
Sec. I. Pág. 18597
los procedimientos de emergencia ciudadana; y a las subvenciones nominativas que
tengan por objeto la financiación del servicio de atención temprana.
En el último de los bloques se contienen disposiciones relativas a los contratosprograma; a medidas de control sobre los gastos plurianuales y los gastos de tramitación
anticipada de las entidades públicas, sociedades mercantiles regionales, fundaciones y
consorcios públicos; al control interno del sector público regional; a la elaboración de los
planes de acción; a la creación de entidades del sector público regional; a la
reestructuración del sector público regional; al régimen de extinción de las deudas no
presupuestarias de los entes del sector público de la Comunidad Autónoma de la Región
de Murcia, surgidas del pago de sus facturas a través de mecanismos extraordinarios de
financiación y pago a proveedores; a la condonación de intereses de demora derivados
de expedientes de reintegro de las ayudas concedidas al amparo del Real Decretoley 6/2011, de 13 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los
daños causados por los movimientos sísmicos acaecidos el 11 de mayo de 2011 en
Lorca; a la cuantía máxima de convocatorias de ayudas y actuaciones a realizar en el
ejercicio 2023 por parte del Instituto de Fomento de la Región de Murcia, incluidas en el
Programa FEDER de la Región de Murcia, para el período 2021-2027; a la reasignación
de la competencia de programación, gestión y contratación relativa a los proyectos de
inversión en obras en el ámbito de los centros de atención primaria dependientes del
Servicio Murciano de Salud; y a la fiscalización de contratos laborales de personal
docente.
La disposición derogatoria única deroga expresamente el artículo 12 de la
Ley 9/1999, de 27 de diciembre, de Medidas Tributarias y de modificación de diversas
leyes regionales en materia de Tasas, Puertos, Educación, Juego y Apuestas y
Construcción y Explotación de Infraestructuras, así como la disposición adicional de la
Ley 4/2003, de 10 de abril, de Regulación de los tipos aplicables en el Impuesto sobre
Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados a las viviendas acogidas
al Plan de Vivienda Joven de la Región de Murcia, que recogía un supuesto de exención
de tasa que actualmente carece de aplicación.
Las disposiciones finales modifican diversos textos legales.
La disposición final primera añade un nuevo apartado al artículo 45 bis de la
Ley 5/2001, de 5 de diciembre, de personal estatutario del Servicio Murciano de Salud,
que regula las plazas de difícil cobertura de carácter asistencial en el Servicio Murciano
de Salud, a fin de extender su aplicación a la categoría de Facultativo Sanitario
Especialista para el supuesto de que en un Área de Salud el número de opciones
declaradas de difícil cobertura en esta categoría supere el 30 % de las opciones
existentes en el Área. Y, por otro lado, se modifica el artículo 46 bis a fin de actualizar la
estructura y funcionamiento de los Equipos de Atención Primaria a la situación actual
post pandemia, con el objetivo de mejorar la calidad asistencial y la atención sanitaria.
La disposición final segunda modifica, por razones de mejora en la técnica
presupuestaria y coherencia con la regulación de supuestos similares, el artículo 1.2 de
la Ley 2/2012, de 11 de mayo, para la regulación del régimen de presupuestación y
control en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia de las ayudas concedidas en
aplicación del Real Decreto-ley 6/2011, de 13 de mayo, por el que se adoptan medidas
urgentes para reparar los daños causados por los movimientos sísmicos acaecidos el 11
de mayo de 2011 en Lorca, Murcia, así como en el Real Decreto-ley 17/2011, de 31 de
octubre, por el que se establecen medidas complementarias para paliar los daños
producidos por los movimientos sísmicos acaecidos en Lorca el 11 de mayo de 2011.
La disposición final tercera modifica la Ley 3/2021, de 29 de julio, de Servicios
Sociales de la Región de Murcia, a fin de garantizar el carácter universal del servicio de
teleasistencia en la Región de Murcia para todas las personas dependientes,
independientemente de su situación económica.
La disposición final cuarta modifica el Decreto 306/2010, de 3 de diciembre, por el
que se establecen la intensidad de protección de los servicios, la cuantía de las
prestaciones económicas, las condiciones de acceso y el régimen de compatibilidad de
cve: BOE-A-2023-3346
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 34
Jueves 9 de febrero de 2023
Sec. I. Pág. 18597
los procedimientos de emergencia ciudadana; y a las subvenciones nominativas que
tengan por objeto la financiación del servicio de atención temprana.
En el último de los bloques se contienen disposiciones relativas a los contratosprograma; a medidas de control sobre los gastos plurianuales y los gastos de tramitación
anticipada de las entidades públicas, sociedades mercantiles regionales, fundaciones y
consorcios públicos; al control interno del sector público regional; a la elaboración de los
planes de acción; a la creación de entidades del sector público regional; a la
reestructuración del sector público regional; al régimen de extinción de las deudas no
presupuestarias de los entes del sector público de la Comunidad Autónoma de la Región
de Murcia, surgidas del pago de sus facturas a través de mecanismos extraordinarios de
financiación y pago a proveedores; a la condonación de intereses de demora derivados
de expedientes de reintegro de las ayudas concedidas al amparo del Real Decretoley 6/2011, de 13 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los
daños causados por los movimientos sísmicos acaecidos el 11 de mayo de 2011 en
Lorca; a la cuantía máxima de convocatorias de ayudas y actuaciones a realizar en el
ejercicio 2023 por parte del Instituto de Fomento de la Región de Murcia, incluidas en el
Programa FEDER de la Región de Murcia, para el período 2021-2027; a la reasignación
de la competencia de programación, gestión y contratación relativa a los proyectos de
inversión en obras en el ámbito de los centros de atención primaria dependientes del
Servicio Murciano de Salud; y a la fiscalización de contratos laborales de personal
docente.
La disposición derogatoria única deroga expresamente el artículo 12 de la
Ley 9/1999, de 27 de diciembre, de Medidas Tributarias y de modificación de diversas
leyes regionales en materia de Tasas, Puertos, Educación, Juego y Apuestas y
Construcción y Explotación de Infraestructuras, así como la disposición adicional de la
Ley 4/2003, de 10 de abril, de Regulación de los tipos aplicables en el Impuesto sobre
Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados a las viviendas acogidas
al Plan de Vivienda Joven de la Región de Murcia, que recogía un supuesto de exención
de tasa que actualmente carece de aplicación.
Las disposiciones finales modifican diversos textos legales.
La disposición final primera añade un nuevo apartado al artículo 45 bis de la
Ley 5/2001, de 5 de diciembre, de personal estatutario del Servicio Murciano de Salud,
que regula las plazas de difícil cobertura de carácter asistencial en el Servicio Murciano
de Salud, a fin de extender su aplicación a la categoría de Facultativo Sanitario
Especialista para el supuesto de que en un Área de Salud el número de opciones
declaradas de difícil cobertura en esta categoría supere el 30 % de las opciones
existentes en el Área. Y, por otro lado, se modifica el artículo 46 bis a fin de actualizar la
estructura y funcionamiento de los Equipos de Atención Primaria a la situación actual
post pandemia, con el objetivo de mejorar la calidad asistencial y la atención sanitaria.
La disposición final segunda modifica, por razones de mejora en la técnica
presupuestaria y coherencia con la regulación de supuestos similares, el artículo 1.2 de
la Ley 2/2012, de 11 de mayo, para la regulación del régimen de presupuestación y
control en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia de las ayudas concedidas en
aplicación del Real Decreto-ley 6/2011, de 13 de mayo, por el que se adoptan medidas
urgentes para reparar los daños causados por los movimientos sísmicos acaecidos el 11
de mayo de 2011 en Lorca, Murcia, así como en el Real Decreto-ley 17/2011, de 31 de
octubre, por el que se establecen medidas complementarias para paliar los daños
producidos por los movimientos sísmicos acaecidos en Lorca el 11 de mayo de 2011.
La disposición final tercera modifica la Ley 3/2021, de 29 de julio, de Servicios
Sociales de la Región de Murcia, a fin de garantizar el carácter universal del servicio de
teleasistencia en la Región de Murcia para todas las personas dependientes,
independientemente de su situación económica.
La disposición final cuarta modifica el Decreto 306/2010, de 3 de diciembre, por el
que se establecen la intensidad de protección de los servicios, la cuantía de las
prestaciones económicas, las condiciones de acceso y el régimen de compatibilidad de
cve: BOE-A-2023-3346
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Núm. 34