I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA. Presupuestos. (BOE-A-2023-3346)
Ley 12/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 9 de febrero de 2023

Sec. I. Pág. 18596

X
Para mejorar la sistemática de la ley, se agrupan las disposiciones adicionales por
materias en cuatro bloques. Así, el bloque I reúne los preceptos en materia
presupuestaria y tributaria, el bloque II los que se refieren a la materia de función pública
y gastos de personal, el bloque III los relativos a la materia de fomento (contratación,
subvenciones, etc.), y el bloque IV los que tratan de la racionalización del sector público.
Las disposiciones adicionales del primer bloque hacen referencia al sistema de
seguimiento de objetivos presupuestarios; a la imputación de gastos de ejercicios
anteriores al presupuesto de 2023; a la tramitación anticipada de los expedientes de
gasto de forma que se les apliquen los límites de los gastos plurianuales; a las bajas por
adjudicación; a las transferencias de crédito que afecten a fondos del préstamo del
Banco Europeo de Inversiones para paliar los daños del terremoto de Lorca; a las
transferencias de créditos financiados por la Administración General del Estado; a
incorporaciones de crédito en el presupuesto del Instituto Murciano de Investigación y
Desarrollo Agrario y Medioambiental con el fin de posibilitar la financiación de trabajos de
investigación científica por parte de empresas del sector agrario y alimentario; a las
modificaciones de crédito relativas a gastos derivados del COVID-19; a las
transferencias de crédito que afecten a gastos relativos a Planes de Vivienda; a las
transferencias de crédito del Fondo de recursos presupuestarios; a las transferencias de
crédito relativas a fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia incluidos en los
fondos financiación regional; a los pagos que se realicen a favor de los centros docentes
públicos no universitarios; a la suspensión de los pagos a favor de las entidades del
sector público que no cumplan el deber de información en materia de estabilidad
presupuestaria; al procedimiento de depuración de saldos antiguos por derechos
pendientes de cobro; a la suspensión del artículo 55.6 del Texto Refundido de la Ley de
Hacienda de la Región de Murcia; y a la no exigibilidad en 2023 de los precios públicos a
satisfacer por la prestación del servicio educativo en las Escuelas Infantiles dependientes
de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, como medida que coadyuva a la
conciliación personal, familiar y laboral.
En el bloque II se contienen diversas disposiciones relativas a la materia de función
pública y, particular, a la suspensión temporal de pactos y acuerdos sindicales; a la
regulación de las indemnizaciones por asistencia a determinados órganos colegiados y a
medidas en materia de personal del sector público regional. Asimismo, se establecen
medidas de planificación y gestión de personal para la ejecución de proyectos
financiables con fondos provenientes del Instrumento Europeo de Recuperación «Next
Generation EU», con la finalidad de optimizar los recursos de la Administración Regional
y dotar de flexibilidad a las estructuras administrativas con un funcionamiento enfocado
en la consecución de los proyectos afectados por la gestión de los fondos NEXT CARM.
También se incluye una disposición relativa a las remuneraciones aplicables a las
sustituciones del personal sanitario destinado en los equipos de atención primaria.
El tercer bloque incluye disposiciones referentes a medidas de contratación en el
sector público regional; a la integración del Registro de Licitadores y del Registro de
Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en el
Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público; a convenios o
acuerdos que afecten al patrimonio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia;
al pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles derivado de los bienes de titularidad de la
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia; a la tramitación de determinados gastos
derivados de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor,
de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, de responsabilidad penal de los menores, y
de otras situaciones de emergencia social; a las subvenciones nominativas del Servicio
Murciano de Salud, de la Entidad Regional de Saneamiento y Depuración de Aguas
Residuales, y del Instituto de Industrias Culturales y de las Artes de la Región de Murcia;
a las subvenciones o anticipos reintegrables; a líneas de anticipos del Instituto de Crédito
y Finanzas de la Región de Murcia; a la autorización de la celebración de grandes
eventos que contribuyan a proyectar la imagen de la Región; a los conciertos sociales; a

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Núm. 34