I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA. Presupuestos. (BOE-A-2023-3346)
Ley 12/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 34
Jueves 9 de febrero de 2023
Función
Sec. I. Pág. 18602
Euros
Regulación comercial.
6.341.225
Regulación financiera.
113.239.288
Agricultura, ganadería y pesca.
120.465.431
Industria.
67.686.733
Minería.
2.657.724
Turismo.
69.945.750
Deuda pública.
1.803.979.997
Total.
7.659.763.382
CAPÍTULO II
Beneficios fiscales
Artículo 7. Beneficios fiscales.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.2 del Texto Refundido de la Ley de
Hacienda de la Región de Murcia, aprobado por Decreto Legislativo 1/1999, de 2 de
diciembre, el importe de los beneficios fiscales que afectan a los tributos de la
Comunidad Autónoma se estima en 1.686.273.778,25 euros, de acuerdo con el siguiente
detalle:
Impuestos directos.
701.543.466,34 euros.
Impuestos indirectos.
974.525.278,41 euros.
Tasas y precios públicos.
10.205.033,50 euros.
TÍTULO II
Modificaciones en los créditos presupuestarios
CAPÍTULO I
Normas generales
Artículo 8.
Vinculación de los créditos.
1. Los créditos aprobados por la presente ley tendrán carácter limitativo y serán
vinculantes a los siguientes niveles de la clasificación económica:
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, serán vinculantes con el
nivel de desagregación económica que a continuación se detalla, los siguientes créditos:
a) 162.00 «Formación y perfeccionamiento de personal».
b) 162.06 «Plan de pensiones».
c) 226 «Gastos diversos».
d) 227 «Trabajos realizados por otras empresas y profesionales».
e) 230 «Dietas».
cve: BOE-A-2023-3346
Verificable en https://www.boe.es
a) Artículo: capítulos 2 y 6.
b) Concepto: capítulos 1, 3, 5, 8 y 9.
c) Subconcepto: capítulos 4 y 7.
Núm. 34
Jueves 9 de febrero de 2023
Función
Sec. I. Pág. 18602
Euros
Regulación comercial.
6.341.225
Regulación financiera.
113.239.288
Agricultura, ganadería y pesca.
120.465.431
Industria.
67.686.733
Minería.
2.657.724
Turismo.
69.945.750
Deuda pública.
1.803.979.997
Total.
7.659.763.382
CAPÍTULO II
Beneficios fiscales
Artículo 7. Beneficios fiscales.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.2 del Texto Refundido de la Ley de
Hacienda de la Región de Murcia, aprobado por Decreto Legislativo 1/1999, de 2 de
diciembre, el importe de los beneficios fiscales que afectan a los tributos de la
Comunidad Autónoma se estima en 1.686.273.778,25 euros, de acuerdo con el siguiente
detalle:
Impuestos directos.
701.543.466,34 euros.
Impuestos indirectos.
974.525.278,41 euros.
Tasas y precios públicos.
10.205.033,50 euros.
TÍTULO II
Modificaciones en los créditos presupuestarios
CAPÍTULO I
Normas generales
Artículo 8.
Vinculación de los créditos.
1. Los créditos aprobados por la presente ley tendrán carácter limitativo y serán
vinculantes a los siguientes niveles de la clasificación económica:
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, serán vinculantes con el
nivel de desagregación económica que a continuación se detalla, los siguientes créditos:
a) 162.00 «Formación y perfeccionamiento de personal».
b) 162.06 «Plan de pensiones».
c) 226 «Gastos diversos».
d) 227 «Trabajos realizados por otras empresas y profesionales».
e) 230 «Dietas».
cve: BOE-A-2023-3346
Verificable en https://www.boe.es
a) Artículo: capítulos 2 y 6.
b) Concepto: capítulos 1, 3, 5, 8 y 9.
c) Subconcepto: capítulos 4 y 7.