III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-3329)
Resolución de 23 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Plantas de energía solar fotovoltaica PFV Centauro, PFV Borealis y PFV Polaris; y sus líneas de evacuación 30 kV; la Subestación eléctrica transformadora SET FV Centauro 30/220 kV; la línea de 220 kV SET FV Centauro-SET Colectora Nudo Algete y la línea de alta tensión 220 kV SET Colectora Nudo Algete-SE Algete (REE) 220 kV".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 33

Miércoles 8 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 18376

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
3329

Resolución de 23 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto
ambiental del proyecto «Plantas de energía solar fotovoltaica PFV Centauro,
PFV Borealis y PFV Polaris; y sus líneas de evacuación 30 kV; la
Subestación eléctrica transformadora SET FV Centauro 30/220 kV; la línea
de 220 kV SET FV Centauro-SET Colectora Nudo Algete y la línea de alta
tensión 220 kV SET Colectora Nudo Algete-SE Algete (REE) 220 kV».
Antecedentes de hecho

Con fecha 11 de agosto de 2022, tiene entrada en esta Dirección General, solicitud
de inicio de procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto «PFV
Centauro FV de 160 MWp, PFV Borealis FV de 160 MWp y PFV Polaris FV, de 35
MWp», y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Guadalajara y Madrid,
promovido por Parque FV Borealis, SL, y respecto de los que la Dirección General de
Política Energética y Minas de este Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico (MITECO) ostenta la condición de órgano sustantivo.
1.

Alcance de la evaluación

La presente evaluación ambiental se realiza sobre la documentación presentada por
los promotores y se pronuncia sobre los impactos asociados al proyecto, así como los
efectos sobre los factores ambientales derivados de su vulnerabilidad, recogidos en los
estudios de impacto ambiental (en adelante EsIA). Se incluye, asimismo, en la
evaluación, el proceso de participación pública y consultas.
No comprende el ámbito de la evaluación de la seguridad y salud en el trabajo, ni de
seguridad industrial, que poseen normativa reguladora e instrumentos específicos.
El proyecto prevé la fase de cese y desmantelamiento, si bien, independientemente,
a la finalización del período de la concesión, las actuaciones inherentes a esta fase
deberán ser recogidas en un proyecto específico que incluya la retirada de todos los
elementos, la gestión de los residuos generados, la restitución del terreno a la situación
original y la restauración del suelo y de la vegetación, y que será sometido, al menos, a
evaluación de impacto ambiental simplificada, conforme a la legislación vigente.
La presente resolución no exime al promotor de la obligación de obtener todas las
autorizaciones ambientales o sectoriales que resulten legalmente exigibles.
Descripción y localización del proyecto

Los proyectos incluidos en el expediente Pfot-227 AC para los que se emite la
presente Declaración de Impacto Ambiental, describen el desarrollo de las siguientes
instalaciones:
1. PFV Polaris. Esta PFV Polaris cuenta con una potencia pico de 34,97 MWp.
Ocupa una superficie de 83,4 ha, en el término municipal de Fuentelahiguera de
Albatages (Guadalajara). Está formada por 52.992 paneles fotovoltaicos de 660 Wp,
compuestos de silicio monocristalino y 13 centros de transformación (0,63/30 kV) con 19
inversores de 1637 kVA. Cuenta con una potencia de salida es de 31,03 MW y una
potencia nominal de 26,33 MWn en el punto de conexión. La corriente alterna de 30 kV

cve: BOE-A-2023-3329
Verificable en https://www.boe.es

2.