I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE SANIDAD. Medidas sanitarias. (BOE-A-2023-3292)
Real Decreto 65/2023, de 7 de febrero, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 33

Miércoles 8 de febrero de 2023

Sec. I. Pág. 17988

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE SANIDAD
Real Decreto 65/2023, de 7 de febrero, por el que se modifica la
obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria
ocasionada por la COVID-19.

El artículo 6 de la Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención,
contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la
COVID-19, establece los supuestos de uso obligatorio de la mascarilla para las personas
de seis años en adelante, así como las excepciones a dicha obligación. Asimismo, el
apartado 2 de la disposición final séptima de la Ley 2/2021, de 29 de marzo, habilita al
Gobierno, mediante real decreto, oído el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de
Salud, a modificar la obligatoriedad del uso de la mascarilla en los supuestos previstos
en los apartados 1 y 2 del artículo 6 cuando se den las circunstancias sanitarias
apropiadas que así lo aconsejen. La misma disposición prevé que la eliminación o
reducción de los supuestos de obligatoriedad del uso se podrán acordar solo cuando se
haya constatado una mejora de la situación epidemiológica, conforme al sistema de
indicadores acordado en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
En ejercicio de la referida habilitación, el Gobierno aprobó, primero, el Real
Decreto 115/2022, de 8 de febrero, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de
mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19,
quedando sin efecto lo dispuesto en los apartados 1 y 2 del artículo 6 de la Ley 2/2021,
de 29 de marzo, cuyos supuestos pasarían a regirse desde su publicación por lo
dispuesto en el Real Decreto 115/2022, de 8 de febrero. Posteriormente, se aprobó el
Real Decreto 286/2022, de 19 de abril, por el que se modifica la obligatoriedad del uso
de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, que
derogó el anterior real decreto y vino a disponer el régimen de la obligación de uso de
mascarillas que ha sido de aplicación hasta el presente.
La elevada tasa de vacunación que se ha alcanzado en España, tanto en primovacunación como con la primera dosis de recuerdo y, más recientemente, con la
segunda dosis de refuerzo en los grupos más vulnerables, unida a la responsabilidad
ciudadana en el cumplimiento de medidas que evitasen la transmisión del SARS-CoV-2
permiten plantear en este momento modificaciones en las estrategias de control de la
epidemia.
Las coberturas de vacunación en España están por encima del 92 % en la población
mayor de doce años, mientras que más del 94 % de las personas mayores de sesenta
años han recibido una dosis de refuerzo que mejora la protección de este grupo de
población frente a la COVID-19 grave y fallecimiento. Asimismo, los niños de cinco
a once años alcanzan coberturas de vacunación cercanas al 50 % con la pauta
completa. Además, ante el riesgo de pérdida parcial de la inmunidad generada por las
dosis recibidas previas, se ha propuesto una segunda dosis de recuerdo con vacunas
adaptadas a nuevas cepas circulantes en el otoño e invierno de 2022 para los colectivos
más vulnerables, dosis que ya han recibido más del 75 % de los mayores de ochenta
años. La muy buena efectividad de las vacunas, estimada mediante el método de
screening en más del 90 % para prevenir cuadros graves y fallecimientos por la
COVID-19 y las altas coberturas alcanzadas han generado un importante cambio en la
epidemiología de la COVID-19 en nuestro país.
De acuerdo con los indicadores de la «Estrategia de vigilancia y control frente a la
COVID-19 tras la fase aguda de la pandemia», según el último informe publicado el 5 de
enero de 2023, de las cincuenta y dos provincias españolas, veintiocho se encuentran
fuera de los niveles de alerta, diecinueve en nivel de alerta 1, el más bajo, y cinco en

cve: BOE-A-2023-3292
Verificable en https://www.boe.es

3292