I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA. Ciencia, tecnología e innovación. (BOE-A-2023-3294)
Ley 8/2022, de 27 de diciembre, de Ciencia, Tecnología e Innovación de Cantabria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 33

Miércoles 8 de febrero de 2023

Sec. I. Pág. 18070

b) Definición de los objetivos específicos a partir de los objetivos generales, y las
áreas prioritarias estratégicas para el periodo correspondiente.
c) Impacto esperado desde el punto de vista de género, social, ambiental y
económico, así como de todos los aspectos derivados del cumplimiento de la legislación
cántabra en materia de Igualdad efectiva entre mujeres y hombres y de la Estrategia
Plurianual de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Comunidad Autónoma de
Cantabria, para el periodo correspondiente a través de indicadores cuantitativos y
cuantificables.
Artículo 23. Definición de áreas estratégicas prioritarias de la Estrategia Plurianual de
Ciencia, Tecnología e Innovación de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Las áreas estratégicas prioritarias se alinearán con la programación de las
estrategias nacionales y europeas vigentes. Las áreas estratégicas prioritarias serán
propuestas por el Consejo Asesor de Ciencia, Tecnología e Innovación de Cantabria y
deberán garantizar la coherencia en el conjunto de las actuaciones autonómicas en
materia de ciencia, tecnología e innovación. A tal fin se podrán tomar en consideración
cuestiones de interés estratégico de organismos representativos de la Comunidad
Autónoma de Cantabria.
Artículo 24. Elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento y evaluación de la
Estrategia Plurianual de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Comunidad
Autónoma de Cantabria.
1. La Estrategia Plurianual de Ciencia, Tecnología e Innovación de Cantabria se
elaborará de forma conjunta por la Fundación de Investigación y Transferencia de
Cantabria y la Sociedad para el Desarrollo Regional de Cantabria, y estará sujeta a las
disposiciones sobre transparencia y participación ciudadana en la planificación de las
políticas públicas.
2. Mediante acuerdo del Consejo de Gobierno de Cantabria, a propuesta del
Consejo de Política Científica, Tecnológica y de Innovación de Cantabria, será aprobada
la Estrategia Plurianual de Ciencia, Tecnología e Innovación de Cantabria. Tras su
aprobación, se procederá a su publicación en el portal electrónico del Gobierno de
Cantabria, www.cantabria.es, de conformidad con lo previsto en la normativa vigente en
materia de transparencia, y estará a disposición de la ciudadanía para su consulta.
3. El Consejo de Política Científica será el responsable de velar por la correcta
ejecución de la Estrategia Plurianual conforme a los indicadores cuantitativos y
cuantificables previstos en la propia Estrategia Plurianual. A la finalización de su periodo
de vigencia, se realizará un informe de evaluación que será publicado en el Portal de
Transparencia del Gobierno de Cantabria.
CAPÍTULO VII
Igualdad de género e inclusión social en el ámbito de la ciencia, la tecnología y la
innovación
Composición de órganos.

En la composición de los órganos de gobernanza del Sistema de Ciencia, Tecnología
e Innovación de Cantabria recogidos en esta Ley, así como en la de los órganos de
dirección de los agentes del Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación de Cantabria,
de asesoramiento, así como tribunales y órganos de selección y evaluación, se
procurará la presencia equilibrada de mujeres y hombres, en cumplimiento de lo
dispuesto en la normativa vigente en materia de igualdad efectiva de mujeres y hombres.

cve: BOE-A-2023-3294
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Artículo 25.