I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA. Medidas fiscales y administrativas. (BOE-A-2023-3297)
Ley 11/2022, de 28 de diciembre, Medidas Fiscales y Administrativas.
150 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 33

Miércoles 8 de febrero de 2023

Sec. I. Pág. 18247

En el supuesto contemplado en el apartado a), gozarán de exención de esta tasa los
sujetos pasivos siguientes:
– Las personas menores de dieciséis años de edad.
– Las personas que sufran una discapacidad psíquica que implique dificultades para
comprender el riesgo o peligro.
Tarifas. Las tarifas a aplicar serán las siguientes:
Tarifa 1.

Servicios prestados por el helicóptero del Gobierno de Cantabria:

– Por derechos de salida del helicóptero del Gobierno de Cantabria para la
prestación de un servicio, durante la primera hora: 1.906,41 euros.
– Por la segunda hora o fracción de hora de trabajo del helicóptero del Gobierno de
Cantabria para la prestación de un servicio: 1.906,41 euros.
Tarifa 2.

Servicios prestados para operaciones de búsqueda y rescate:

– Por establecimiento del dispositivo de rastreo o búsqueda, hasta las 3 primeras
horas: 113,99 euros.
– Por cada hora adicional: 57,01 euros la hora.
Tarifa 3.

Servicio prestado de espeleosocorro:

– (Por derechos de salida de un equipo de espeleosocorro) Por movilización de
equipo de espeleosocorro, hasta las seis primeras horas: 569,97 euros.
– Por cada hora adicional de intervención (hasta el final de la intervención):
113,99 euros la hora.
6. Tasa de inscripción en las pruebas para la selección y nombramiento de funcionarios
interinos para el desempeño de puestos reservados a funcionarios de Administración
Local con habilitación de carácter nacional, organizadas por el Gobierno de Cantabria

– Las personas desempleadas que figuren inscritas como tales en los Servicios
Públicos de Empleo, con al menos un mes de antelación a la fecha de publicación de la
convocatoria del proceso selectivo.
– Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento,
debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
– Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido
daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten
mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se
reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación
de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.
– Las víctimas de la violencia de género a las que hace referencia la Ley
Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la
Violencia de Género, y sus hijos o hijas; para ello deberán aportar la resolución judicial
otorgando la orden de protección a favor de la víctima, sentencia condenatoria, medida

cve: BOE-A-2023-3297
Verificable en https://www.boe.es

Hecho imponible: Constituye el hecho imponible de la tasa, la inscripción en las
convocatorias de pruebas de selección y nombramiento de funcionarios interinos para el
desempeño de puestos reservados a funcionarios de Administración Local con
habilitación de carácter nacional, organizadas por el Gobierno de Cantabria.
Sujeto pasivo: Son sujetos pasivos de la tasa quienes soliciten la inscripción para
realizar la prueba selectiva convocada por la Consejería de Presidencia, Interior, Justicia
y Acción Exterior de conformidad con las bases del procedimiento para la selección y
nombramiento de funcionarios interinos para el desempeño de puestos reservados a
funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Exenciones: Estarán exentos del pago de esta tasa: