I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA. Medidas fiscales y administrativas. (BOE-A-2023-3297)
Ley 11/2022, de 28 de diciembre, Medidas Fiscales y Administrativas.
150 páginas totales
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 33
Miércoles 8 de febrero de 2023
Sec. I. Pág. 18238
Extinción de Incendios y de Salvamento en el ámbito territorial de la Comunidad
Autónoma de Cantabria.
– Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno,
de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de
Cantabria.
– Ley de Cantabria 1/2019, de 14 de febrero, de Creación del Consejo de la
Juventud de Cantabria.
– Ley de Cantabria 3/2022, de 14 de junio, de Entidades Locales Menores.
– Ley de Cantabria 5/2022, de 15 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo
de Cantabria.
Disposición adicional segunda. Elevación de la limitación a los pagos anticipados
establecida en el artículo 21.5 de la Ley de Cantabria 14/2006, de 24 de octubre, de
Finanzas de Cantabria.
En los expedientes de gasto que se tramiten en ejecución de actuaciones
financiables con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia a través del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado por Acuerdo del Consejo de
Ministros de 27 de abril de 2021, y por la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la
aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España (Council
Implementing Decision-CID), de 13 de julio de 2021, correspondientes encargos a medio
propio, convenios de colaboración y encomiendas de gestión, se podrá percibir hasta
el 100 por ciento de la cantidad comprometida en concepto de desembolso anticipado
con carácter previo a la ejecución y justificación de las prestaciones previstas en este
tipo de negocios.
Disposición adicional tercera. Prórroga de la bonificación sobre determinadas tasas
establecida por Ley de Cantabria 2/2022, de 26 de mayo, de modificación de la
Ley 9/1992, de 18 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Diputación
Regional de Cantabria.
La bonificación sobre determinadas tasas establecida por Ley de Cantabria 2/2022,
de 26 de mayo, de modificación de la Ley 9/1992, de 18 de diciembre, de Tasas y
Precios Públicos de la Diputación Regional de Cantabria, se prorroga durante el
ejercicio 2023, en sus mismos términos.
Disposición adicional cuarta. Deducciones fiscales a aplicar sobre la cuota íntegra
autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en el
ejercicio 2022, reguladas en el texto refundido de la Ley de Medidas Fiscales en
materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 62/2008,
de 19 de junio.
1. Se modifica la deducción del artículo 2.2, relativa al cuidado de familiares, del
texto refundido de la Ley de Medidas Fiscales en materia de tributos cedidos por el
Estado, aprobado por Decreto Legislativo 62/2008, de 19 de junio, en lo relativo al límite
del derecho a deducción, estableciéndose en 150 euros, durante el ejercicio 2022.
2. Se modifica la deducción del artículo 2.5, relativa a la deducción por acogimiento
familiar de menores, del texto refundido de la Ley de Medidas Fiscales en materia de
tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 62/2008, de 19 de junio,
en lo relativo a las cuantías que se podrán deducir los contribuyentes durante el
ejercicio 2022, quedando establecidas en:
a)
360 euros con carácter general, o
cve: BOE-A-2023-3297
Verificable en https://www.boe.es
Se establecen, con carácter retroactivo, al periodo 2022, a aplicar sobre la cuota
íntegra autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas físicas en el
ejercicio 2022, las siguientes deducciones fiscales:
Núm. 33
Miércoles 8 de febrero de 2023
Sec. I. Pág. 18238
Extinción de Incendios y de Salvamento en el ámbito territorial de la Comunidad
Autónoma de Cantabria.
– Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno,
de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de
Cantabria.
– Ley de Cantabria 1/2019, de 14 de febrero, de Creación del Consejo de la
Juventud de Cantabria.
– Ley de Cantabria 3/2022, de 14 de junio, de Entidades Locales Menores.
– Ley de Cantabria 5/2022, de 15 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo
de Cantabria.
Disposición adicional segunda. Elevación de la limitación a los pagos anticipados
establecida en el artículo 21.5 de la Ley de Cantabria 14/2006, de 24 de octubre, de
Finanzas de Cantabria.
En los expedientes de gasto que se tramiten en ejecución de actuaciones
financiables con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia a través del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado por Acuerdo del Consejo de
Ministros de 27 de abril de 2021, y por la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la
aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España (Council
Implementing Decision-CID), de 13 de julio de 2021, correspondientes encargos a medio
propio, convenios de colaboración y encomiendas de gestión, se podrá percibir hasta
el 100 por ciento de la cantidad comprometida en concepto de desembolso anticipado
con carácter previo a la ejecución y justificación de las prestaciones previstas en este
tipo de negocios.
Disposición adicional tercera. Prórroga de la bonificación sobre determinadas tasas
establecida por Ley de Cantabria 2/2022, de 26 de mayo, de modificación de la
Ley 9/1992, de 18 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Diputación
Regional de Cantabria.
La bonificación sobre determinadas tasas establecida por Ley de Cantabria 2/2022,
de 26 de mayo, de modificación de la Ley 9/1992, de 18 de diciembre, de Tasas y
Precios Públicos de la Diputación Regional de Cantabria, se prorroga durante el
ejercicio 2023, en sus mismos términos.
Disposición adicional cuarta. Deducciones fiscales a aplicar sobre la cuota íntegra
autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en el
ejercicio 2022, reguladas en el texto refundido de la Ley de Medidas Fiscales en
materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 62/2008,
de 19 de junio.
1. Se modifica la deducción del artículo 2.2, relativa al cuidado de familiares, del
texto refundido de la Ley de Medidas Fiscales en materia de tributos cedidos por el
Estado, aprobado por Decreto Legislativo 62/2008, de 19 de junio, en lo relativo al límite
del derecho a deducción, estableciéndose en 150 euros, durante el ejercicio 2022.
2. Se modifica la deducción del artículo 2.5, relativa a la deducción por acogimiento
familiar de menores, del texto refundido de la Ley de Medidas Fiscales en materia de
tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 62/2008, de 19 de junio,
en lo relativo a las cuantías que se podrán deducir los contribuyentes durante el
ejercicio 2022, quedando establecidas en:
a)
360 euros con carácter general, o
cve: BOE-A-2023-3297
Verificable en https://www.boe.es
Se establecen, con carácter retroactivo, al periodo 2022, a aplicar sobre la cuota
íntegra autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas físicas en el
ejercicio 2022, las siguientes deducciones fiscales: