I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS. Presupuestos. (BOE-A-2023-3293)
Ley 10/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 33

Miércoles 8 de febrero de 2023

Sec. I. Pág. 17992

I. DISPOSICIONES GENERALES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
3293

Ley 10/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2023.
EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Sea notorio que la Junta General del Principado de Asturias ha aprobado, y yo en
nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del
Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, vengo a promulgar la siguiente Ley
del Principado de Asturias de Presupuestos Generales para 2023.

1. Los Presupuestos Generales del Principado de Asturias tienen su marco
normativo básico en el artículo 47 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias,
la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad
Financiera, y el texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario, aprobado por
el Decreto Legislativo del Principado de Asturias 2/1998, de 25 de junio (en adelante,
TRREPPA). Los presupuestos generales se definen, así, como la expresión cifrada,
conjunta y sistemática de las obligaciones que, como máximo, podrán reconocer la
Administración y los distintos organismos cuya normativa específica confiere carácter
limitativo a sus créditos y los derechos que se prevea liquidar durante el ejercicio
presupuestario. Además, formarán parte de los presupuestos generales las estimaciones
de gastos e ingresos de los organismos y entes públicos sujetos al régimen de
contabilidad privada y de las empresas públicas. De esta forma, los presupuestos
constituyen el instrumento mediante el que se concretan las distintas políticas y
actuaciones que se pretenden poner en marcha, expresándolas en aplicaciones
presupuestarias dentro del escenario de ingresos disponible.
2. Junto a este contenido esencial, la previsión de ingresos y la autorización de
gastos en el ejercicio de que se trate, el Tribunal Constitucional se ha referido también a
un contenido eventual de las leyes de presupuestos, que estaría estrictamente limitado a
aquellas materias que guarden una conexión económica, por tener una relación directa
con los ingresos o gastos que integran el presupuesto o ser vehículo director de la
política económica del Gobierno, o presupuestaria, para una mayor inteligencia o mejor
ejecución del presupuesto.
3. La Ley del Principado de Asturias de Presupuestos Generales para 2023 incluye
tanto el contenido mínimo y necesario de toda Ley de Presupuestos como una serie de
disposiciones que se enmarcan, en los términos establecidos por la jurisprudencia
constitucional, dentro del contenido eventual de este tipo de leyes.
4. Las previsiones macroeconómicas para el ejercicio 2023 están especialmente
afectadas por la excepcional situación económica que viene produciéndose en los
últimos ejercicios. Así, tras el brusco retroceso del PIB observado en el ejercicio 2020
como consecuencia del impacto económico derivado de la pandemia de la COVID–19, y
cuando todo apuntaba hacia una rápida recuperación, un nuevo elemento exógeno como
ha sido la invasión de Ucrania por parte de Rusia, ha provocado una importante crisis
energética y la aparición de tensiones inflacionistas sin apenas precedentes.
5. En coherencia con la situación descrita, las previsiones económicas elaboradas
por el Principado de Asturias apuntan hacia una tasa de incremento del PIB en el
presente ejercicio del 3,8 por ciento, dos puntos inferior a lo inicialmente previsto. Para el
ejercicio 2023 se espera una ralentización del crecimiento que nos llevará a situarnos en
una tasa del 0,7 por ciento. Estas proyecciones tienen en cuenta el consenso de las

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