I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE DEFENSA. Organización. (BOE-A-2023-3124)
Orden DEF/100/2023, de 2 de febrero, por la que se crea la Escuela Militar de Ciberoperaciones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 32

Martes 7 de febrero de 2023

Sec. I. Pág. 17545

su apartado Trigésimo octavo, que el Mando Conjunto del Ciberespacio (MCCE) será el
órgano responsable del planeamiento, dirección, coordinación, control y ejecución de las
acciones conducentes a asegurar la libertad de acción de las Fuerzas Armadas en el
ámbito ciberespacial. Asimismo, será el responsable de definir, dirigir y coordinar la
concienciación, la formación y el adiestramiento conjunto en materia del ciberespacio en
el ámbito de sus competencias, colaborando con las autoridades correspondientes.
En base a lo expuesto, para atender las necesidades de formación en ciberdefensa
se hace necesario crear, en el ámbito conjunto, un nuevo centro docente militar de
perfeccionamiento especializado en ciberoperaciones, que sea capaz de proporcionar al
personal del Ministerio de Defensa las competencias necesarias para planear, dirigir,
coordinar, controlar y ejecutar las operaciones militares establecidas en la doctrina en
vigor y conducentes a asegurar la libertad de acción en el ciberespacio de interés.
Esta norma se adecúa a los principios de buena regulación conforme a los cuales
deben actuar las Administraciones Públicas en el ejercicio de la iniciativa legislativa y la
potestad reglamentaria, como son los principios de proporcionalidad, seguridad jurídica y
eficiencia, previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
A estos efectos se pone de manifiesto el cumplimiento de los principios de necesidad
y eficacia y que la norma es acorde al principio de proporcionalidad, al contener la
regulación imprescindible para la consecución de los objetivos previamente
mencionados, e igualmente, se ajusta al principio de seguridad jurídica.
Con respecto al principio de eficiencia, no impone cargas administrativas
innecesarias o accesorias, y con respecto al gasto público, cabe señalar que no es
precisa la modificación de ninguna partida presupuestaria y, por tanto, que el impacto
presupuestario es nulo.
Asimismo, es conforme con las exigencias del principio de transparencia, ya que sus
objetivos están claramente definidos.
Finalmente, se ha dado trámite de audiencia pública previa en el portal de
transparencia del Ministerio de Defensa.
En su virtud, y previa solicitud del Jefe de Estado Mayor de la Defensa, dispongo:
Artículo único.

Creación de la Escuela Militar de Ciberoperaciones.

1. Se crea la Escuela Militar de Ciberoperaciones como centro docente militar de
perfeccionamiento, dependiente del Estado Mayor de la Defensa a través del Mando
Conjunto del Ciberespacio.
2. La Escuela Militar de Ciberoperaciones tendrá la función de impartir enseñanzas
de perfeccionamiento relacionadas con el ámbito de ciberoperaciones.
3. Las normas sobre organización y funciones, régimen interior y programación de
la Escuela Militar de Ciberoperaciones se ajustarán a lo dispuesto en la Orden
DEF/85/2017, de 1 de febrero, por la que se aprueban las normas sobre organización y
funciones, régimen interior y programación de los centros docentes militares.
Disposición final única.

Entrada en vigor.

Madrid, 2 de febrero de 2023.–La Ministra de Defensa, Margarita Robles Fernández.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2023-3124
Verificable en https://www.boe.es

La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en
el «Boletín Oficial del Estado».