I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE DEFENSA. Organización. (BOE-A-2023-3124)
Orden DEF/100/2023, de 2 de febrero, por la que se crea la Escuela Militar de Ciberoperaciones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 32
Martes 7 de febrero de 2023
Sec. I. Pág. 17544
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE DEFENSA
Orden DEF/100/2023, de 2 de febrero, por la que se crea la Escuela Militar
de Ciberoperaciones.
La Estrategia Nacional de Ciberseguridad de 2019 establece que las actividades que
se desarrollan en el ciberespacio son fundamentales para la sociedad actual, siendo la
vulnerabilidad del ciberespacio una de los principales riesgos para nuestro desarrollo
como nación. Por ello, la seguridad en el ciberespacio es un objetivo prioritario para
garantizar la Seguridad Nacional y una competencia del Estado para crear una sociedad
digital basada en la confianza. En este contexto, España defiende su visión e intereses
como nación y contribuye al esfuerzo conjunto de la comunidad internacional en su
apuesta por un ciberespacio abierto, plural y seguro, reforzando las capacidades ante las
amenazas provenientes del ciberespacio.
La Directiva de Política de Defensa, de agosto de 2020, enumera a los ciberataques
como uno de los fenómenos transversales que puede tener un enorme impacto sobre el
bienestar de los ciudadanos, sobre la estabilidad social y la seguridad internacional. En
este contexto, la disposición de las Fuerzas Armadas y de las autoridades de la Defensa
debe orientarse a generar mayor resiliencia nacional e internacional ante los retos
transversales generados en el ciberespacio.
El reconocimiento y la definición del ciberespacio como un ámbito de las operaciones
militares por la OTAN, por la Unión Europea y por España, ha supuesto el
reconocimiento de un cambio transcendental en la naturaleza de las operaciones
militares, derivado de la revolución tecnológica de la nueva sociedad digital. Este
reconocimiento no sólo implica la necesidad de operar en el ciberespacio, sino que
refleja la necesidad de desarrollar una capacidad operativa específica diferente a las
fuerzas que operan en los ámbitos físicos.
Dada la complejidad del ámbito ciberespacial y de las actividades que en él se
desarrollan, para poder hacer frente a esta amenaza las Fuerzas Armadas deben
preservar en todo momento una capacidad operativa de excelencia, garantizando
además su disponibilidad. Excelencia que exige un esfuerzo en formación y selección de
personal que permita cubrir cada puesto con el personal más idóneo y mejor preparado.
Con esa finalidad se están emprendiendo acciones cuyo objeto es la potenciación de las
capacidades de ciberdefensa de las Fuerzas Armadas en el ámbito del personal. En este
ámbito, la formación ocupa un lugar esencial.
Sin perjuicio de todas aquellas acciones formativas que se vienen desarrollando por
los ejércitos y la Armada en este ámbito, para asegurar la adecuada capacitación del
personal de las Fuerzas Armadas que deba planear, dirigir, coordinar, controlar y ejecutar
las acciones conducentes a asegurar la libertad de acción de las Fuerzas Armadas en el
ámbito ciberespacial, se juzga necesario el establecimiento de un centro docente militar
específicamente dedicado a la formación demandada por las capacidades exigidas para
operar en el ciberespacio, su excelencia y grado de disponibilidad.
Las normas sobre organización y funciones, régimen interior y programación de los
centros docentes militares, aprobadas por Orden DEF/85/2017, de 1 de febrero, dispone
en su artículo 1 que la estructura docente del Ministerio de Defensa comprende la
totalidad de los centros docentes militares que desarrollan la enseñanza en las Fuerzas
Armadas; que estará gestionada por el Jefe de Estado Mayor de la Defensa, el
Subsecretario de Defensa y los Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la
Armada y del Ejército del Aire, en el ámbito de sus respectivas competencias.
La Instrucción 55/2021, de 27 de octubre, del Jefe de Estado Mayor de la Defensa,
por la que se desarrolla la organización del Estado Mayor de la Defensa, establece, en
cve: BOE-A-2023-3124
Verificable en https://www.boe.es
3124
Núm. 32
Martes 7 de febrero de 2023
Sec. I. Pág. 17544
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE DEFENSA
Orden DEF/100/2023, de 2 de febrero, por la que se crea la Escuela Militar
de Ciberoperaciones.
La Estrategia Nacional de Ciberseguridad de 2019 establece que las actividades que
se desarrollan en el ciberespacio son fundamentales para la sociedad actual, siendo la
vulnerabilidad del ciberespacio una de los principales riesgos para nuestro desarrollo
como nación. Por ello, la seguridad en el ciberespacio es un objetivo prioritario para
garantizar la Seguridad Nacional y una competencia del Estado para crear una sociedad
digital basada en la confianza. En este contexto, España defiende su visión e intereses
como nación y contribuye al esfuerzo conjunto de la comunidad internacional en su
apuesta por un ciberespacio abierto, plural y seguro, reforzando las capacidades ante las
amenazas provenientes del ciberespacio.
La Directiva de Política de Defensa, de agosto de 2020, enumera a los ciberataques
como uno de los fenómenos transversales que puede tener un enorme impacto sobre el
bienestar de los ciudadanos, sobre la estabilidad social y la seguridad internacional. En
este contexto, la disposición de las Fuerzas Armadas y de las autoridades de la Defensa
debe orientarse a generar mayor resiliencia nacional e internacional ante los retos
transversales generados en el ciberespacio.
El reconocimiento y la definición del ciberespacio como un ámbito de las operaciones
militares por la OTAN, por la Unión Europea y por España, ha supuesto el
reconocimiento de un cambio transcendental en la naturaleza de las operaciones
militares, derivado de la revolución tecnológica de la nueva sociedad digital. Este
reconocimiento no sólo implica la necesidad de operar en el ciberespacio, sino que
refleja la necesidad de desarrollar una capacidad operativa específica diferente a las
fuerzas que operan en los ámbitos físicos.
Dada la complejidad del ámbito ciberespacial y de las actividades que en él se
desarrollan, para poder hacer frente a esta amenaza las Fuerzas Armadas deben
preservar en todo momento una capacidad operativa de excelencia, garantizando
además su disponibilidad. Excelencia que exige un esfuerzo en formación y selección de
personal que permita cubrir cada puesto con el personal más idóneo y mejor preparado.
Con esa finalidad se están emprendiendo acciones cuyo objeto es la potenciación de las
capacidades de ciberdefensa de las Fuerzas Armadas en el ámbito del personal. En este
ámbito, la formación ocupa un lugar esencial.
Sin perjuicio de todas aquellas acciones formativas que se vienen desarrollando por
los ejércitos y la Armada en este ámbito, para asegurar la adecuada capacitación del
personal de las Fuerzas Armadas que deba planear, dirigir, coordinar, controlar y ejecutar
las acciones conducentes a asegurar la libertad de acción de las Fuerzas Armadas en el
ámbito ciberespacial, se juzga necesario el establecimiento de un centro docente militar
específicamente dedicado a la formación demandada por las capacidades exigidas para
operar en el ciberespacio, su excelencia y grado de disponibilidad.
Las normas sobre organización y funciones, régimen interior y programación de los
centros docentes militares, aprobadas por Orden DEF/85/2017, de 1 de febrero, dispone
en su artículo 1 que la estructura docente del Ministerio de Defensa comprende la
totalidad de los centros docentes militares que desarrollan la enseñanza en las Fuerzas
Armadas; que estará gestionada por el Jefe de Estado Mayor de la Defensa, el
Subsecretario de Defensa y los Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la
Armada y del Ejército del Aire, en el ámbito de sus respectivas competencias.
La Instrucción 55/2021, de 27 de octubre, del Jefe de Estado Mayor de la Defensa,
por la que se desarrolla la organización del Estado Mayor de la Defensa, establece, en
cve: BOE-A-2023-3124
Verificable en https://www.boe.es
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