III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2023-3074)
Resolución de 30 de enero de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y la Fundación España Salud, para la instalación de desfibriladores en dependencias policiales de Aragón.
<< 4 << Página 4
Página 5 Pág. 5
-
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 31

Lunes 6 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 17078

formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación (REOICO). Asimismo, será publicado en el plazo de diez días hábiles
desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».
Tendrá una vigencia de cuatro años, pudiendo prorrogarse de forma unánime por los
firmantes, antes de la finalización de este plazo, por un periodo de hasta cuatro años
adicionales, con el objeto de mantener la prestación del servicio. La prórroga del
convenio, una vez firmada, se inscribirá en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación (REOICO) y se publicará en el BOE.
Undécima.

Causas de extinción.

Son causas de extinción del presente convenio las establecidas en el artículo 51 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Si, cuando concurra cualquiera de las causas de extinción del convenio, existen
actuaciones en curso de ejecución, las partes, a propuesta de la Comisión Mixta de
Seguimiento, podrán acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso
que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización.
Corresponde a la Comisión Mixta de Seguimiento adoptar las medidas necesarias para
garantizar la finalización de las actuaciones que se encontraran en desarrollo.
Duodécima.

Régimen de modificación del convenio.

Cualquier modificación o prórroga del presente convenio se regirá por lo establecido
en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, que establece que, a falta de
regulación expresa, requerirá del acuerdo unánime de los firmantes. Dichas
modificaciones o prórrogas deberán realizarse mediante adendas, que, una vez
firmadas, se inscribirán el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del Sector Público Estatal (REOICO) y se publicarán en el BOE.
Decimotercera. Publicidad.
Las partes prestan expresamente su consentimiento para que se dé al presente
convenio la publicidad exigida, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno.

cve: BOE-A-2023-3074
Verificable en https://www.boe.es

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, las partes firman el presente
convenio en dos ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha arriba
indicados.–El Secretario de Estado de Seguridad, P. D. (Resolución de 12 de diciembre
de 2022), el Director General de la Policía, Francisco Pardo Piqueras.–El Presidente del
Comité Médico de la Fundación España Salud, Luis Donoso Bach.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X