III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-3059)
Resolución de 27 de enero de 2023, del Instituto Cervantes, por la que se publica el Convenio con el Consorcio Casa África, para la organización de un curso de formación docente para profesorado de español como lengua extranjera de África Subsahariana.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 31

Lunes 6 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 16956

Asimismo, pondrá a disposición las instalaciones y servicios de su Centro de
Formación de Profesorado del Instituto Cervantes (Alcalá de Henares) para el correcto
desarrollo del Curso, y financiaría un cáterin para el desayuno de los asistentes en la
pausa de la mañana del Curso.
Facilitará el alojamiento de los asistentes al Curso en la ciudad de Alcalá de
Henares, que incluye el desayuno, con una duración máxima de 8 noches.
Igualmente, el IC podrá organizar, en su caso, una oferta cultural complementaria
para los alumnos asistentes al Curso, para lo que podrá contar con la colaboración de
otras instituciones.
Y por último, diseñará los materiales promocionales del Curso a que se refiere la
cláusula anterior.
Las partes para la realización de los compromisos que asumen en virtud del presente
convenio, facilitarán los medios materiales y humanos que sean necesarios y
sustanciarán, a través de los instrumentos jurídicos más convenientes en cada caso, las
actuaciones previstas.
Cuarta. Financiación.
La estimación económica de la participación del MAUC se cuantifica en un máximo
de 50.000,00 euros (cincuenta mil euros) con cargo a la aplicación
presupuestaria 12.05.28.142A.226.06 de su presupuesto de gastos de 2023 en el que
cuenta con crédito suficiente.
La estimación económica de la participación del Instituto Cervantes se cuantifica en
un máximo de 18.000 euros (dieciocho mil euros), que asume a través de sus propios
medios materiales y humanos, y con cargo al capítulo II de su presupuesto de gastos
de 2023, en el que cuenta con crédito suficiente.
La estimación económica de la participación de Casa África se cuantifica en un
máximo de 3.300 euros (tres mil trescientos euros), IVA incluido, con cargo a la
aplicación presupuestaria 931301018G de su presupuesto de gastos de 2023 en el que
cuenta con crédito suficiente.
Las aportaciones financieras de las partes destinadas a sufragar los gastos que
origine el desarrollo del Curso no podrán superar las cuantías previstas en la presente
cláusula.
Quinta. Colaboración de otras instituciones.
Cada parte podrá contar con la colaboración de cuantos departamentos, organismos,
instituciones y empresas, de carácter público o privado, relacionada con los
compromisos que asume mediante al presente convenio, y cuya contribución considere
de interés para el mismo, en cuyo caso, dicha parte procederá a formalizar el documento
jurídico que corresponda.

Las partes promoverán la divulgación del Curso y se comprometen a dar la máxima
difusión posible a través de sus canales habituales y, en especial, a través de Internet u
otros soportes electrónicos. En los soportes de publicidad y difusión del Curso, deberán
aparecer las señas de identidad de todas las partes de acuerdo con sus respectivas
normativas o manuales de imagen corporativa.
La autorización recíproca de las partes para la utilización de la imagen corporativa de
las otras se limita única y exclusivamente a los fines previstos en este convenio y se
extinguirá automáticamente en el momento de terminación del mismo, cualquiera que
sea la causa. Esta autorización no supone la concesión a favor de ninguna de las partes
de ningún derecho, sea de la naturaleza que sea, sobre el logotipo ni sobre la marca de
la otra.

cve: BOE-A-2023-3059
Verificable en https://www.boe.es

Sexta. Publicidad y difusión.