III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2023-3079)
Resolución de 26 de enero de 2023, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con Interporc, para la ejecución de una campaña de promoción internacional del sector del cerdo de capa blanca español.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 31
Lunes 6 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 17146
– Informar al Colaborador Sectorial de actividades propias que puedan ser de interés
para la internacionalización de la misma y de las empresas de su sector.
– Incluir contenidos relacionados con la internacionalización del sector en la
programación anual del portal «Foods & Wines from Spain» (www.foodswinesfromspain.com)
y su arquitectura de redes sociales.
– Realizar acciones informativas y formativas con las empresas del sector del
Colaborador Sectorial para fomentar su internacionalización y compartir oportunidades
de negocio en mercados estratégicos.
b)
Colaborador Sectorial:
– Informar a ICEX si sobreviene alguna otra iniciativa de interés, en relación con el
objeto del convenio, para tomarla en consideración en el seno de la Comisión de
Seguimiento;
– Realizar su correspondiente aportación económica, en la proporción de su
porcentaje de financiación, de acuerdo con lo previsto en el apartado primero de la
cláusula siguiente. El Plan no iniciará sus actividades hasta que no hayan sido realizados
todos los ingresos correspondientes al mismo;
– Comunicar la realización de las actividades objeto del presente convenio a las
empresas que representan al sector y a aportar a ICEX toda la documentación requerida
para que pueda, en su caso, certificar la actividad ante FEDER;
– Cumplir con las correspondientes obligaciones fiscales, así como en materia
laboral y de seguridad social;
– Obtener, como aspecto necesario para el desarrollo del presente convenio, la
autorización de todas las empresas miembro del Colaborador Sectorial, para que el
Departamento de Aduanas e II.EE. de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria
remita información a ICEX sobre sus datos de comercio exterior. El objetivo es evaluar
las medidas públicas y así progresar en la mejora constante de la efectividad de las
actividades, optimizando el efecto de los recursos públicos que ICEX administra.
Cuarta.
Implicaciones económicas.
4.1
Compromisos económicos.
El importe económico máximo previsto con cargo al presente convenio es de
cuatrocientos cuarenta mil euros (440.000 euros) comprometiéndose cada parte a
cofinanciar los gastos de las actividades que se vayan a ejecutar al amparo del presente
convenio, de conformidad con el siguiente porcentaje:
La aportación del Colaborador Sectorial se ingresará mediante transferencia bancaria
en la cuenta designada al efecto por ICEX. Y en tanto que dicha aportación va destinada
a atender los gastos asociados al desarrollo del objeto del convenio, la misma deberá
ingresarse en un plazo máximo de diez (10) días desde que el convenio adquiera
eficacia.
4.2 Gastos susceptibles de ser financiados con cargo al compromiso económico
asumido en el presente convenio.
Con el importe previsto en el apartado anterior, y previa validación por la Comisión de
Seguimiento, de la que se dejará constancia mediante el acta correspondiente, serán
susceptibles de ser financiados los gastos que pudieran derivarse de la contratación de
cve: BOE-A-2023-3079
Verificable en https://www.boe.es
– ICEX cofinanciará el cincuenta por ciento (50 %) de los gastos de las actividades
que se desarrollen en el marco de este convenio, hasta un máximo de doscientos veinte
mil euros (220.000 euros).
– El Colaborador Sectorial cofinanciará el cincuenta por ciento (50 %) de los gastos
de las actividades que se desarrollen en el marco de este convenio, hasta un máximo de
doscientos veinte mil euros (220.000 euros).
Núm. 31
Lunes 6 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 17146
– Informar al Colaborador Sectorial de actividades propias que puedan ser de interés
para la internacionalización de la misma y de las empresas de su sector.
– Incluir contenidos relacionados con la internacionalización del sector en la
programación anual del portal «Foods & Wines from Spain» (www.foodswinesfromspain.com)
y su arquitectura de redes sociales.
– Realizar acciones informativas y formativas con las empresas del sector del
Colaborador Sectorial para fomentar su internacionalización y compartir oportunidades
de negocio en mercados estratégicos.
b)
Colaborador Sectorial:
– Informar a ICEX si sobreviene alguna otra iniciativa de interés, en relación con el
objeto del convenio, para tomarla en consideración en el seno de la Comisión de
Seguimiento;
– Realizar su correspondiente aportación económica, en la proporción de su
porcentaje de financiación, de acuerdo con lo previsto en el apartado primero de la
cláusula siguiente. El Plan no iniciará sus actividades hasta que no hayan sido realizados
todos los ingresos correspondientes al mismo;
– Comunicar la realización de las actividades objeto del presente convenio a las
empresas que representan al sector y a aportar a ICEX toda la documentación requerida
para que pueda, en su caso, certificar la actividad ante FEDER;
– Cumplir con las correspondientes obligaciones fiscales, así como en materia
laboral y de seguridad social;
– Obtener, como aspecto necesario para el desarrollo del presente convenio, la
autorización de todas las empresas miembro del Colaborador Sectorial, para que el
Departamento de Aduanas e II.EE. de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria
remita información a ICEX sobre sus datos de comercio exterior. El objetivo es evaluar
las medidas públicas y así progresar en la mejora constante de la efectividad de las
actividades, optimizando el efecto de los recursos públicos que ICEX administra.
Cuarta.
Implicaciones económicas.
4.1
Compromisos económicos.
El importe económico máximo previsto con cargo al presente convenio es de
cuatrocientos cuarenta mil euros (440.000 euros) comprometiéndose cada parte a
cofinanciar los gastos de las actividades que se vayan a ejecutar al amparo del presente
convenio, de conformidad con el siguiente porcentaje:
La aportación del Colaborador Sectorial se ingresará mediante transferencia bancaria
en la cuenta designada al efecto por ICEX. Y en tanto que dicha aportación va destinada
a atender los gastos asociados al desarrollo del objeto del convenio, la misma deberá
ingresarse en un plazo máximo de diez (10) días desde que el convenio adquiera
eficacia.
4.2 Gastos susceptibles de ser financiados con cargo al compromiso económico
asumido en el presente convenio.
Con el importe previsto en el apartado anterior, y previa validación por la Comisión de
Seguimiento, de la que se dejará constancia mediante el acta correspondiente, serán
susceptibles de ser financiados los gastos que pudieran derivarse de la contratación de
cve: BOE-A-2023-3079
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– ICEX cofinanciará el cincuenta por ciento (50 %) de los gastos de las actividades
que se desarrollen en el marco de este convenio, hasta un máximo de doscientos veinte
mil euros (220.000 euros).
– El Colaborador Sectorial cofinanciará el cincuenta por ciento (50 %) de los gastos
de las actividades que se desarrollen en el marco de este convenio, hasta un máximo de
doscientos veinte mil euros (220.000 euros).