III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Convenios. (BOE-A-2023-3096)
Resolución de 26 de enero de 2023, de la Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Valladolid y Promociones y Desarrollos Becon, SL, en relación a la gestión de terrenos enclavados en la unidad de actuación del Sector SE (o) 59-1 Nuevo Hospital Zambrana, por el sistema de concierto.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 31

Lunes 6 de febrero de 2023
Sexto.

Sec. III. Pág. 17372

Modificación del convenio y consecuencias de incumplimiento.

El contenido del presente convenio podrá ser modificado de mutuo acuerdo en
cualquier momento, a cuyo efecto las partes suscribirán la correspondiente Adenda al
mismo.
En caso incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de los firmantes, la parte afectada podrá exigir a la incumplidora la indemnización
por daños y perjuicios que legalmente le corresponda, atendiendo, a estos efectos, a las
consecuencias que dichos incumplimientos hayan causado fijándose como criterio para
determinar la posible indemnización el daño económico causado una vez esté
debidamente cuantificado.
Séptimo.

Financiación.

Los compromisos económicos que se derivan del convenio considerando el valor de
las unidades de aprovechamiento adjudicadas a cada propietario, la hoja de liquidación
provisional sería:

Propietario

Gastos
de urbanización

Euros

Ajustes
aprovechamiento

Euros

AYTO. DE VALLADOLID.

4.705.315,09

+ 540.011,50

5.245.326,59

BECON S.A.

3.152.410,52

- 10,50

3.152.400,02

Indemnización

Euros

Gastos finales
a aportar

Euros

TGSS.

862.077,35

- 540.085

- 323.853,28

-1.860,93

AYTO. DE VALLADOLID.

423.081,21

+ 84

- 4.902.646,00

-4.479.480,79

TOTAL.

9.142.884,17

Octavo. Régimen jurídico.
Este convenio es de naturaleza administrativa, rigiéndose por lo dispuesto en la
Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, y por la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En todo caso, las cuestiones litigiosas que pudieran surgir sobre interpretación y
cumplimiento del convenio, que no puedan ser resueltas por las partes de mutuo
acuerdo, y de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa, serán de conocimiento y competencia del orden
jurisdiccional contencioso-administrativo.

cve: BOE-A-2023-3096
Verificable en https://www.boe.es

En prueba de conformidad, las partes implicadas firman el presente convenio, de
manera electrónica, tomándose como fecha de formalización del presente documento la
fecha del último firmante, el 22 de noviembre de 2022.–El Director General de la
Tesorería General de la Seguridad Social, Andrés Harto Martínez.–El Alcalde-Presidente
del Excelentísimo Ayuntamiento de Valladolid, Óscar Puente Santiago.–Por la Entidad
Promociones y Desarrollos Becon, Javier Amenedo Ansedes y Eduardo Soto López.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X