III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Centros docentes militares. (BOE-A-2023-3075)
Resolución de 23 de enero de 2023, de la Secretaría General de Formación Profesional, por la que se autoriza oferta modular de ciclos formativos de formación profesional en centros docentes militares que ya imparten enseñanzas de formación profesional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 31

Lunes 6 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 17079

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 23 de enero de 2023, de la Secretaría General de Formación
Profesional, por la que se autoriza oferta modular de ciclos formativos de
formación profesional en centros docentes militares que ya imparten
enseñanzas de formación profesional.

La Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería, y la Ley 39/2007, de 19 de
noviembre, de la carrera militar, establecen que se facilitará a los militares de tropa y
marinería la obtención de titulaciones y acreditaciones del sistema educativo general, en
especial el título de técnico de formación profesional, para lo que a lo largo de la
trayectoria militar de dicho personal se irán integrando enseñanzas teóricas y
experiencia profesional encaminadas a su obtención.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 55.3 de la Ley 39/2007, de 19 de
noviembre, se desprende que los centros docentes militares que tengan encomendada la
formación de personal militar puedan impartir enseñanzas conducentes a la obtención de
títulos oficiales de formación profesional, siempre que cuenten con la preceptiva
autorización del Ministerio de Educación y Formación Profesional. Asimismo, según lo
que establece el artículo 65.2 de la citada ley, los planes de estudios para la obtención
de títulos de formación profesional se aprobarán e implantarán conforme a la normativa
específica del sistema educativo general.
La Orden DEF/183/2022, de 7 de marzo, por la que se aprueba el Plan de Acción
Individual para el Desarrollo Profesional dirigido a los militares de tropa y marinería y a
los Reservistas de Especial Disponibilidad, en su disposición final segunda modifica el
artículo 15 de la Orden DEF/479/2017, de 19 de mayo, por la que se aprueban las
directrices generales para la elaboración de los currículos de la enseñanza de formación
para el acceso a las escalas de tropa y marinería, estableciendo que «Se incluirán, a lo
largo del periodo de formación, al menos dos módulos correspondientes a ciclos
formativos de grado medio de formación profesional del sistema educativo general, con
el objeto de que el resto de los estudios, certificados de profesionalidad o cualificaciones
profesionales conducentes a la obtención de un título de técnico de formación
profesional, puedan obtenerse durante su permanencia en los diferentes destinos».
La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la
Formación Profesional, establece en su artículo 72.1 que las Fuerzas Armadas facilitarán
al personal militar de Tropa y Marinería, con una relación de servicios de carácter
temporal, la obtención de un Título de Técnico de Formación Profesional que facilite su
incorporación al mercado de trabajo al término de su compromiso con las Fuerzas
Armadas. Asimismo, facilitarán al personal militar de la escala de suboficiales la
obtención de un Título de Técnico Superior de Formación Profesional. Los currículos
correspondientes podrán adaptarse a las circunstancias singulares del entorno
profesional de las Fuerzas Armadas.
El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación
general de la formación profesional del sistema educativo, en su disposición adicional
séptima, referente al Régimen especial de los centros militares que impartan enseñanza
de formación profesional, determina que los centros docentes militares podrán ser
autorizados por el Ministerio de Educación para impartir al personal militar enseñanzas
conducentes a la obtención de títulos de formación profesional, de conformidad con el
artículo 55.3 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar.
La Orden ECD/2254/2015, de 15 de octubre, por la que se autoriza la impartición de
determinados ciclos formativos de grado medio de formación profesional, modalidad
presencial y a distancia, en centros docentes militares que ya imparten otras enseñanzas

cve: BOE-A-2023-3075
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