III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-3077)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo de Bimbo Donuts Iberia, SAU.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 31
Lunes 6 de febrero de 2023
f)
Sec. III. Pág. 17101
Normas comunes a puestos de trabajo de ventas que manejan efectivo.
En el caso de que el trabajador/a maneje dinero en efectivo por cobro de facturas,
deberá seguir los procedimientos establecidos por la Empresa, en cuanto a la frecuencia
de ingreso y liquidación de cantidades, según el sistema establecido en el centro de
trabajo.
El trabajador/a será responsable del dinero cobrado a los clientes, y en el caso de
que el mismo no procediese a ingresarlo según los procedimientos establecidos en el
centro de trabajo, se procederá a comunicar al mismo la deuda pendiente en cuanto a
cantidad y origen, procediéndose a compensar las cantidades que adeuda a la Empresa
con los de devengos a su favor.
En los casos de extinción de la relación laboral, antes de efectuar el abono del saldo
y finiquito, se procederá a comprobar por la Empresa que no existe deuda pendiente del
trabajador/a, y en caso de que exista la misma debidamente acreditada, se retendrá la
cantidad correspondiente a efectos de compensar esta.
Grupo Profesional de Distribución.
a) Acomodador: es el trabajador/a responsable de la recepción de los productos de
fábrica, así como de su adecuada preparación, según sistemas organizativos existentes
en el centro de trabajo, para carga en los furgones de ventas y /o para la entrega a
concretos clientes. Integran sus funciones:
– Recepcionar los productos remitidos por el fabricante, realizando la carga/
descarga.
– Preparar los productos según sistemas organizativos existentes en el centro de
trabajo para la carga de los furgones de ventas según los pedidos realizados por el
personal de ventas.
– Controlar adecuadamente la debida carga de los productos evitando faltantes y
sobrantes.
– Almacenar el resto de productos en los lugares destinados para este fin.
– Preparar los pedidos, carga y descarga de producto para concretos clientes,
movimiento y ubicación de palés, clasificación de bandejas, y mantener en orden la zona
de trabajo.
– Tener la capacitación adecuada de manejo de equipos automotores y el
mantenimiento básico de estos.
– Recoger el producto preparado para los clientes en los centros de trabajo.
– Transportar los productos desde y hasta el lugar indicado.
– Elaborar el albarán de entrega de la mercancía al cliente, teniendo en cuenta el
pedido realizado y el producto realmente preparado
– Cargar y descargar en el cliente o punto de venta.
– Colocar el producto siguiendo las instrucciones del personal de ventas o cliente.
– Recepcionar y entregar documentos a los clientes asignados.
– Recoger envases, paletas, jaulas y mantener el lugar asignado a los productos en
buen estado.
– Responsabilizarse del cuidado, conservación y limpieza del interior del vehículo
asignado.
Puede ser destinado a otros cometidos dentro del centro de trabajo, cuando sus
funciones no absorban la jornada completa, a efectos de completar la misma.
cve: BOE-A-2023-3077
Verificable en https://www.boe.es
b) Chofer-Transportista: es el trabajador/a responsable del transporte de los
productos comercializados por la empresa, desde los almacenes de la misma o lugares
indicados por ésta, hasta los del cliente o lineales del mismo. Integran sus funciones:
Núm. 31
Lunes 6 de febrero de 2023
f)
Sec. III. Pág. 17101
Normas comunes a puestos de trabajo de ventas que manejan efectivo.
En el caso de que el trabajador/a maneje dinero en efectivo por cobro de facturas,
deberá seguir los procedimientos establecidos por la Empresa, en cuanto a la frecuencia
de ingreso y liquidación de cantidades, según el sistema establecido en el centro de
trabajo.
El trabajador/a será responsable del dinero cobrado a los clientes, y en el caso de
que el mismo no procediese a ingresarlo según los procedimientos establecidos en el
centro de trabajo, se procederá a comunicar al mismo la deuda pendiente en cuanto a
cantidad y origen, procediéndose a compensar las cantidades que adeuda a la Empresa
con los de devengos a su favor.
En los casos de extinción de la relación laboral, antes de efectuar el abono del saldo
y finiquito, se procederá a comprobar por la Empresa que no existe deuda pendiente del
trabajador/a, y en caso de que exista la misma debidamente acreditada, se retendrá la
cantidad correspondiente a efectos de compensar esta.
Grupo Profesional de Distribución.
a) Acomodador: es el trabajador/a responsable de la recepción de los productos de
fábrica, así como de su adecuada preparación, según sistemas organizativos existentes
en el centro de trabajo, para carga en los furgones de ventas y /o para la entrega a
concretos clientes. Integran sus funciones:
– Recepcionar los productos remitidos por el fabricante, realizando la carga/
descarga.
– Preparar los productos según sistemas organizativos existentes en el centro de
trabajo para la carga de los furgones de ventas según los pedidos realizados por el
personal de ventas.
– Controlar adecuadamente la debida carga de los productos evitando faltantes y
sobrantes.
– Almacenar el resto de productos en los lugares destinados para este fin.
– Preparar los pedidos, carga y descarga de producto para concretos clientes,
movimiento y ubicación de palés, clasificación de bandejas, y mantener en orden la zona
de trabajo.
– Tener la capacitación adecuada de manejo de equipos automotores y el
mantenimiento básico de estos.
– Recoger el producto preparado para los clientes en los centros de trabajo.
– Transportar los productos desde y hasta el lugar indicado.
– Elaborar el albarán de entrega de la mercancía al cliente, teniendo en cuenta el
pedido realizado y el producto realmente preparado
– Cargar y descargar en el cliente o punto de venta.
– Colocar el producto siguiendo las instrucciones del personal de ventas o cliente.
– Recepcionar y entregar documentos a los clientes asignados.
– Recoger envases, paletas, jaulas y mantener el lugar asignado a los productos en
buen estado.
– Responsabilizarse del cuidado, conservación y limpieza del interior del vehículo
asignado.
Puede ser destinado a otros cometidos dentro del centro de trabajo, cuando sus
funciones no absorban la jornada completa, a efectos de completar la misma.
cve: BOE-A-2023-3077
Verificable en https://www.boe.es
b) Chofer-Transportista: es el trabajador/a responsable del transporte de los
productos comercializados por la empresa, desde los almacenes de la misma o lugares
indicados por ésta, hasta los del cliente o lineales del mismo. Integran sus funciones: