III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-3077)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo de Bimbo Donuts Iberia, SAU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 31
Lunes 6 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 17088
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
3077
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica el II Convenio colectivo de Bimbo Donuts Iberia,
SAU.
Visto el texto del II Convenio Colectivo de la empresa Bimbo Donuts Iberia,
SAU (Código de convenio número: 90103260012019), que fue suscrito con fecha 18 de
octubre de 2022, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa en
representación de la misma, y de otra por las secciones sindicales de UGT y CC. OO. en
representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90,
apartado 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido aprobado por
el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el
Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios
colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 20 de enero de 2023.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez
Barbero.
II CONVENIO COLECTIVO BIMBO DONUTS IBERIA, SAU
Año 2022 y 2023
TÍTULO PRELIMINAR
CAPÍTULO PRIMERO
Disposiciones generales
El presente convenio colectivo es la expresión del acuerdo libremente adoptado, por
las partes firmantes del mismo, actuando en nombre de los trabajadores/as las
secciones sindicales estatales de empresa de los sindicatos UGT y CC. OO. que
suponen la mayoría de la representación unitaria existente en la misma. Asimismo, la
Sección Sindical de AITB ha estado presente en todas las reuniones de la Comisión
negociadora del convenio con voz pero sin voto.
La regulación contenida en este convenio, consecuencia de la autonomía de la
voluntad colectiva, será de preceptiva observancia en los ámbitos territoriales, funcional,
personal y temporal pactados.
cve: BOE-A-2023-3077
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 1. Obligatoriedad del convenio.
Núm. 31
Lunes 6 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 17088
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
3077
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica el II Convenio colectivo de Bimbo Donuts Iberia,
SAU.
Visto el texto del II Convenio Colectivo de la empresa Bimbo Donuts Iberia,
SAU (Código de convenio número: 90103260012019), que fue suscrito con fecha 18 de
octubre de 2022, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa en
representación de la misma, y de otra por las secciones sindicales de UGT y CC. OO. en
representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90,
apartado 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido aprobado por
el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el
Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios
colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 20 de enero de 2023.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez
Barbero.
II CONVENIO COLECTIVO BIMBO DONUTS IBERIA, SAU
Año 2022 y 2023
TÍTULO PRELIMINAR
CAPÍTULO PRIMERO
Disposiciones generales
El presente convenio colectivo es la expresión del acuerdo libremente adoptado, por
las partes firmantes del mismo, actuando en nombre de los trabajadores/as las
secciones sindicales estatales de empresa de los sindicatos UGT y CC. OO. que
suponen la mayoría de la representación unitaria existente en la misma. Asimismo, la
Sección Sindical de AITB ha estado presente en todas las reuniones de la Comisión
negociadora del convenio con voz pero sin voto.
La regulación contenida en este convenio, consecuencia de la autonomía de la
voluntad colectiva, será de preceptiva observancia en los ámbitos territoriales, funcional,
personal y temporal pactados.
cve: BOE-A-2023-3077
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 1. Obligatoriedad del convenio.