III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-3087)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques solares fotovoltaicos "FV Sagra I, de 123 MWp, FV Sagra II, de 123 MWp, FV Sagra III, de 104 MWp y FV Sagra IV, de 104 MWp", y su infraestructura de evacuación, en Cobeja, Alameda de la Sagra, Añover de Tajo, Pantoja, Numancia de la Sagra, Esquivias, Yeles, Seseña y Borox y Torrejón de Velasco, Pinto y Parla (Toledo y Madrid)».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 31
Lunes 6 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 17270
– Aumento de la complejidad del hábitat agrícola: Se aumentará la superficie de los
bordes entre parcelas de cultivo y Se dejará un lindero de 5m de anchura en el perímetro
de las parcelas de mayor tamaño
(54) El proyecto recogerá las siguiente medidas, enfocadas al seguimiento y mejora
de los hábitats de fauna que podrían verse afectados por el proyecto y sus
infraestructuras de evacuación:
– Realización de charcas o bebederos para ganga ibérica
– Instalación de cajas nido para aves. Para ello se instalarán 10 cajas nidos en
zonas próximas y a concretar durante la restauración, las cuales serán supervisadas
para su eficiencia y ver las especies colonizadoras.
– Construcción de un nuevo primillar en las inmediaciones. que será objeto de
estudio y un seguimiento.
– Marcaje de cuatro individuos de cernícalo primilla y tres individuos de avutarda. El
marcaje se efectuará según las directrices que aconsejen los técnicos de la Delegación
Provincial de Desarrollo Sostenible de la Junta de Castilla-La Mancha. El emisor
dispondrá de batería y placa fotovoltaica que permite la recarga de la batería, por lo que
se alargará la vida útil de la misma. Se recibirán datos durante al menos dos años. Los
datos serán analizados y servirán para elaborar un informe anualmente. El informe
incluirá los datos relativos a la localización que se hayan recibido del emisor.
Patrimonio cultural.
(55) Se deberá presentar el proyecto definitivo para su evaluación por parte del
Servicio de Cultura de la Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes de
Toledo.
(56) Se realizará un control y supervisión arqueológica directa de todos los
movimientos de terrenos generados por la obra de construcción de los parques
fotovoltaicos e infraestructuras de evacuación, por parte de un arqueólogo expresamente
autorizado, realizando la conservación in situ y documentación, si procede (informes
arqueológicos, memorias y fichas inventario de Carta Arqueológica) de los bienes
inmuebles y de los restos de muebles que puedan aparecer.
(57) Cualquier modificación de la planta fotovoltaica deberá contar con el visado y
la autorización de la Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes.
(58) Para la realización de todas las actuaciones en la Comunidad de Madrid se
deberá solicitar la autorización preceptiva a la Dirección General de Patrimonio Cultural.
Sagra I:
Sagra II:
(62) El yacimiento delimitado en el informe de la prospección arqueológica como
«Arroyo del Guatén I» no podrá ser afectado por el replanteo de las islas fotovoltaicas.
Exclusión de los sectores de la planta fotovoltaica que afecten a este yacimiento
arqueológico.
(63) El elemento patrimonial de Arqueología Industrial «Cinta Transportadora
Lafargue», no podrá ser afectado por la instalación fotovoltaica.
cve: BOE-A-2023-3087
Verificable en https://www.boe.es
(59) Los restos de trincheras existentes en el entorno de las islas fotovoltaicas no
podrán ser afectados por los cierres perimetrales de las instalaciones.
(60) Se deberá realizar la comprobación de posibles restos de trincheras en la isla
fotovoltaica situada en el paraje Valdelobos delimitada según el proyecto de intervención
arqueológica por las coordenadas UTM de los puntos 30-31-33-34-35-36.
(61) Incorporación al Inventario de Patrimonio Cultural del elemento de arqueología
industrial «cinta transportadora Lafarge» mediante la redacción de la correspondiente ficha
de Carta Arqueológica del tramo a su paso por el término municipal de Añover de Tajo.
Núm. 31
Lunes 6 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 17270
– Aumento de la complejidad del hábitat agrícola: Se aumentará la superficie de los
bordes entre parcelas de cultivo y Se dejará un lindero de 5m de anchura en el perímetro
de las parcelas de mayor tamaño
(54) El proyecto recogerá las siguiente medidas, enfocadas al seguimiento y mejora
de los hábitats de fauna que podrían verse afectados por el proyecto y sus
infraestructuras de evacuación:
– Realización de charcas o bebederos para ganga ibérica
– Instalación de cajas nido para aves. Para ello se instalarán 10 cajas nidos en
zonas próximas y a concretar durante la restauración, las cuales serán supervisadas
para su eficiencia y ver las especies colonizadoras.
– Construcción de un nuevo primillar en las inmediaciones. que será objeto de
estudio y un seguimiento.
– Marcaje de cuatro individuos de cernícalo primilla y tres individuos de avutarda. El
marcaje se efectuará según las directrices que aconsejen los técnicos de la Delegación
Provincial de Desarrollo Sostenible de la Junta de Castilla-La Mancha. El emisor
dispondrá de batería y placa fotovoltaica que permite la recarga de la batería, por lo que
se alargará la vida útil de la misma. Se recibirán datos durante al menos dos años. Los
datos serán analizados y servirán para elaborar un informe anualmente. El informe
incluirá los datos relativos a la localización que se hayan recibido del emisor.
Patrimonio cultural.
(55) Se deberá presentar el proyecto definitivo para su evaluación por parte del
Servicio de Cultura de la Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes de
Toledo.
(56) Se realizará un control y supervisión arqueológica directa de todos los
movimientos de terrenos generados por la obra de construcción de los parques
fotovoltaicos e infraestructuras de evacuación, por parte de un arqueólogo expresamente
autorizado, realizando la conservación in situ y documentación, si procede (informes
arqueológicos, memorias y fichas inventario de Carta Arqueológica) de los bienes
inmuebles y de los restos de muebles que puedan aparecer.
(57) Cualquier modificación de la planta fotovoltaica deberá contar con el visado y
la autorización de la Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes.
(58) Para la realización de todas las actuaciones en la Comunidad de Madrid se
deberá solicitar la autorización preceptiva a la Dirección General de Patrimonio Cultural.
Sagra I:
Sagra II:
(62) El yacimiento delimitado en el informe de la prospección arqueológica como
«Arroyo del Guatén I» no podrá ser afectado por el replanteo de las islas fotovoltaicas.
Exclusión de los sectores de la planta fotovoltaica que afecten a este yacimiento
arqueológico.
(63) El elemento patrimonial de Arqueología Industrial «Cinta Transportadora
Lafargue», no podrá ser afectado por la instalación fotovoltaica.
cve: BOE-A-2023-3087
Verificable en https://www.boe.es
(59) Los restos de trincheras existentes en el entorno de las islas fotovoltaicas no
podrán ser afectados por los cierres perimetrales de las instalaciones.
(60) Se deberá realizar la comprobación de posibles restos de trincheras en la isla
fotovoltaica situada en el paraje Valdelobos delimitada según el proyecto de intervención
arqueológica por las coordenadas UTM de los puntos 30-31-33-34-35-36.
(61) Incorporación al Inventario de Patrimonio Cultural del elemento de arqueología
industrial «cinta transportadora Lafarge» mediante la redacción de la correspondiente ficha
de Carta Arqueológica del tramo a su paso por el término municipal de Añover de Tajo.