III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-3085)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Instalación solar fotovoltaica "Envatios XXIII de 251,9 MWp, y 193,8 MWnom, la instalación solar fotovoltaica Envatios XXIII-fase II de 251,9 MWp, y 193,8, y su infraestructura de evacuación (Subestación Yepes 220/30kV, Línea 220kV, Subestación Yepes-Subestación Numancia, Subestación Numancia 30/220 kV, Línea 220 kV Subestación Numancia-Subestación Envatios XXIII , Subestación Envatios XXIII 30/220 kV, y línea 220 kV Subestación Envatios XXIII-Subestación Pinto 220 kV propiedad de REE)", en Huerta de Valdecarábanos, Yepes, Añover de Tajo, Alameda de La Sagra, Pantoja, Numancia de La Sagra, Esquivias y Yeles (Toledo) y Aranjuez, Torrejón de Velasco, Pinto y Parla (Madrid)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 31

Lunes 6 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 17205

La Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación de la Comunidad
de Madrid informa que el proyecto constructivo deberá tener en cuenta e incorporar el
análisis y evaluación de los riesgos propios de protección civil, como el riesgo de
incendios, riesgo de inundaciones en el cruce del río Tajo, riesgos de accidentes por el
cruce de la R-4 y la línea de alta velocidad Madrid-Sevilla y, el riesgo de accidente en
una planta química en el municipio de Pinto, cuya área de influencia podría alcanzar a la
subestación de REE existente denominada Pinto 220 kV. En cumplimiento del Real
Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de
Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades
que puedan dar origen a situaciones de emergencia las subestaciones eléctricas han de
contar con un Plan de Autoprotección. Se recogen en el punto de condiciones generales
al proyecto aquellas prescritas por estos órganos.
4.4

Programa de vigilancia ambiental (PVA).

El EsIA contiene un PVA para el seguimiento y control de los impactos previstos,
garantizar el cumplimiento de la totalidad de las medidas preventivas y correctoras
descritas y evaluar su eficacia, así como detectar la aparición de nuevos impactos de
difícil predicción y aplicar en su caso las medidas adicionales oportunas. El programa
incluido en el EsIA contempla la realización de un informe antes del inicio y finalización
de las obras, informes mensuales durante la fase de construcción, e informes
semestrales durante los dos primeros años de la fase de explotación y anuales a partir
del tercero hasta la finalización de la vida útil de las instalaciones. Durante las obras de
desmantelamiento se pondrá en marcha una vigilancia ambiental similar a la llevada a
cabo en fase de construcción. Los informes y registros a generar serán de la misma
periodicidad y naturaleza que los descritos para la fase de construcción. Las principales
líneas se resumen a continuación:

El PVA propuesto se considera insuficiente en cuanto a contenido por lo que deberá
completarse con los aspectos adicionales que se recogen en el condicionado de la
presente resolución.
Dado el impacto del proyecto sobre el hábitat de aves esteparias, a pesar de las
medidas preventivas, es primordial un seguimiento intensivo tanto del uso de las zonas
de reproducción cercanas (lek), como del uso que hagan las aves esteparias de la
superficie de compensación establecida, así como de la eficacia de las medidas
agroambientales a aplicar. Los resultados se comunicarán periódicamente a la Dirección
General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid y a la
Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de
Castilla-La Mancha, debiendo consensuarse con este último organismo, las medidas

cve: BOE-A-2023-3085
Verificable en https://www.boe.es

– Controles en fase de construcción: Control de la ocupación de terreno por las
obras, jalonamiento del área de trabajo, elementos auxiliares y de caminos de acceso;
gestión de la tierra vegetal; control de procesos erosivos; control de la calidad del aire y
el ruido; control de la calidad de las aguas superficiales; de la vegetación natural; control
del riesgo de incendios forestales; ejecución del plan de restauración; seguimiento de las
aves que se reproducen en la zona de emplazamiento de la planta solar fotovoltaica y su
área de influencia; protección del patrimonio cultural; entre otros.
– El control de afecciones a la avifauna se planifica durante los tres primeros años
de funcionamiento, incluyendo censos en el interior o proximidades de las PFV, a lo del
recorrido de la LAAT y seguimiento de la mortalidad. Seguimiento de la efectividad de las
medidas adoptadas debe incluir las siguientes actuaciones dentro del Plan de Gestión
Agroambiental que se desarrolle, consistente en el seguimiento de las poblaciones de
aves esteparias, mediante la realización de censos y estudios de la dinámica de sus
poblaciones.
– Estudios sobre paisaje, calidad de hábitats y percepción del proyecto en el ámbito
social y económico.