III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2023-3099)
Resolución de 2 de diciembre de 2022, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, por la que se incoa expediente de declaración de bien de interés cultural a favor de la "Iglesia Parroquial de San Pedro", en la localidad de Gata (Cáceres), con la categoría de monumento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 31

Lunes 6 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 17399

urbana del Conjunto Histórico de Gata, ofreciendo una típica estampa serrana de
indudable valor paisajístico.
Sin lugar a dudas, se trata de un monumento paradigmático en el patrimonio de la
comarca de Sierra de Gata y forma parte de los bienes culturales extremeños, los cuales
deben conservarse y protegerse para su legado, en las mejores condiciones, a las
generaciones futuras.
En definitiva, se trata de llevar a cabo el procedimiento de declaración de Bien de
Interés Cultural que se regula en los artículos 7 y siguientes de la mencionada
Ley 2/1999, de 29 de Marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura.
Asimismo, y con el fin de garantizar su protección y dando cumplimiento al contenido
de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, se impone establecer una descripción clara y precisa
de este bien y la delimitación del entorno necesario que, siguiendo el artículo 8.1.b, será
el «espacio construido o no, que da apoyo ambiental al bien y cuya alteración pudiera
afectar a sus valores, a la contemplación o al estudio del mismo».
Vista la propuesta favorable del Director General de Bibliotecas, Archivos y
Patrimonio Cultural de fecha 7 de noviembre de 2022, y en el ejercicio de las
competencias atribuidas en materia de patrimonio cultural, histórico-arqueológico,
monumental, artístico y científico de interés para la región, recogidas en el artículo 2.1 de
la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, así
como de las facultades conferidas en el artículo tercero del Decreto 41/2021, de 2 de
diciembre, por el que se modifica la denominación y competencias de las Consejerías
que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y demás
preceptos de aplicación general, resuelvo:
Primero.
Incoar procedimiento para completar la Resolución de 5 de agosto de 1982, de la
Dirección General de Bellas Artes, Archivos y Bibliotecas, por la que se incoa expediente
de declaración de Bien de Interés Cultural a favor la Iglesia parroquial de San Pedro, de
la localidad de Gata (Cáceres) con categoría de Monumento, de acuerdo con lo descrito
en los anexos, para el reconocimiento y protección de este elemento del patrimonio
cultural extremeño.
Segundo.
Continúese la tramitación del expediente de acuerdo con la legislación vigente.
Tercero.
Remítase esta resolución al Diario Oficial de Extremadura para su publicación y que
se proceda a la apertura de un trámite de información pública por período de un mes.
Cuarto.

Quinto.
Este expediente se podrá consultar por cualquier persona durante el periodo de
información pública en las dependencias de la Dirección General de Bibliotecas,
Archivos y Patrimonio Cultural (Avda. Valhondo, s/n. Módulo 4, Planta 2.ª, Mérida,
Badajoz).
Mérida, 2 de diciembre de 2022.–La Consejera de Cultura, Turismo y Deportes, Nuria
Flores Redondo.

cve: BOE-A-2023-3099
Verificable en https://www.boe.es

Notifíquese a las personas interesadas, al Ayuntamiento de Gata (Cáceres) y al
Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura y Deporte para
que conste en su inscripción provisional, y publíquese en el «Boletín Oficial del Estado».