V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2023-3750)
Anuncio de modificación y desarrollo de la Resolución de Presidencia de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir por la que se establecen las fases e inicio de oficio del procedimiento de constitución forzosa de la comunidad de usuarios de la masa de agua subterránea es050msbt000055102 - "Marismas".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 6 de febrero de 2023

Sec. V-B. Pág. 5734

con indicación de los siguientes datos:
• El número de electores/as censados/as.
• El número de votantes.
• El número de votos nulos.
• El número de votos en blanco.
• El número de votos obtenidos por cada candidatura.
Después de anunciar el resultado de las elecciones, ha de extenderse el Acta
de escrutinio. El Acta de escrutinio se firmará por la Presidencia de la Mesa, los/las
dos Vocales y, en su caso, los/las Interventores/as de las candidaturas."
Cinco. Se modifica el apartado Séptimo, quedando como sigue:
"Séptimo.- Realizado el escrutinio, se publicará el acta con el resultado de las
elecciones con el sumatorio de los votos obtenido por cada candidatura de forma
electrónica y presencial y proclamará y nombrará a la Comisión encargada de
redactar los proyectos de Ordenanzas y Reglamentos y su Presidente en la sede
central de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir y en la página Web del
Organismo de cuenca (https://www.chguadalquivir.es) para aquella lista que
hubiese obtenido la mayoría de votos válidamente emitidos."
Seis. Se modifica el apartado Octavo, quedando como sigue:
"Octavo.- En el plazo máximo de DOS (2) MESES desde el nombramiento, el
Presidente de la Comisión redactora procederá a la segunda convocatoria con las
misma formalidades que para la primera con el fin de examinar y celebrar la
votación del proyecto de Estatutos y Reglamentos de la comunidad presentados
por la Comisión redactora, que será objeto de consulta física en la sede central de
la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir y publicación en la página Web del
Organismo de cuenca ((https://www.chguadalquivir.es) previa acreditación de la
identidad en los términos ya descritos. El número de votos asignados a cada
usuario será el contemplado en el apartado primero de la presente resolución. La
celebración de la votación se llevará a cabo en esta ocasión por la Comisión
redactora con el apoyo, en su caso, del Organismo de cuenca, respetando las
reglas de votación establecidas en los epígrafes quinto y sexto."
Siete. Se modifica el apartado Noveno, quedando como sigue:
"Noveno.- A continuación, se publicará el acta con el resultado de las
votaciones que se hayan realizado y el mismo contenido del punto sexto,
considerándose aprobados los Estatutos y Reglamentos de la comunidad cuando
éstos hayan obtenido la mayoría de los votos válidamente emitidos."
Ocho. Se modifica el apartado Undécimo, quedando como sigue:
"Undécimo.- Terminado el plazo de exposición, el Presidente de la
Confederación Hidrográfica del Guadalquivir dictará, previos los informes que
estime pertinentes, resolución denegatoria si no se han cumplido las formalidades
exigidas o si en los Estatutos se contiene alguna norma que vaya contra la
legislación vigente; en otro caso, la resolución declarará constituida la Comunidad
y aprobará sus Estatutos y Ordenanzas."

cve: BOE-B-2023-3750
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Núm. 31