III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2913)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de la instalación solar fotovoltaica "Sentina Solar, de 100 MWp, Zuncho Solar de 100 MWp, Perdiguero Solar de 100 MWp y Sextante Solar de 100 MWp, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Toledo y Madrid".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 29

Viernes 3 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 15648

Dentro de los pasillos obtenidos en el MCA, se definen 3 trazados o alternativas
concretas para la LEAT. La alternativa más favorable para la implantación de la LEAT, fue
la alternativa 1, cuyo trazado fue modificado a raíz de las alegaciones. Para la
implantación de las ST se selecciona la alternativa 1 para el ST de Camarena y la
alternativa 3 para el de San Andrés.
4.1.1

Tratamiento de los principales impactos del proyecto.

A la vista del estudio de impacto ambiental (en adelante EsIA), las contestaciones a
las consultas, las alegaciones recibidas y modificaciones propuestas por el promotor, se
reflejan a continuación los impactos más significativos del proyecto sobre los principales
factores ambientales y su tratamiento.
4.1.2

Atmósfera y cambio climático.

El EsIA valora las afecciones sobre la calidad del aire, el incremento de niveles
sonoros y efectos sobre el cambio climático, considerando un efecto global compatible
en fase de construcción y no significativo en fase de funcionamiento
Hidrología.

El proyecto se sitúa dentro de la Cuenca Hidrológica del Tajo. En relación a la
hidrología, se valoran los efectos sobre el drenaje natural, la calidad de las aguas, el
Dominio Público Hidráulico y sus zonas de protección, y la vegetación asociada a estas
zonas. Las posibles afecciones tendrían lugar durante la construcción de las
infraestructuras, considerando un efecto global compatible en fase de construcción y en
fase de funcionamiento.
La magnitud del proyecto supone una importante incidencia del mismo sobre la red
hidrológica del territorio que abarca. El trazado de la infraestructura de evacuación
atraviesa numerosos cauces de arroyos y ríos, pero también a escala planta fotovoltaica
(la PFV Zuncho es atravesado por 2 arroyos sin denominación) por lo que deberá
garantizarse la integridad de la red hidrológica, tanto de los cauces permanentes como
los temporales.
En cuanto a la red hidrográfica subterránea, la 4 PFV se encuentran sobre la unidad
hidrogeológica 03.05 Madrid Talavera de tipo detrítico y sobre la masa de agua
subterránea «Talavera ES030MSBT030.015». En el caso de la línea se encuentran en su
ámbito de estudio las masas de agua subterránea MASb 031.011 Madrid «GuadarramaManzanares» y MAb 031.015 Talavera.
En respuesta a la alegación realizada por el Servicio de Estudios Medioambientales
de la Confederación Hidrográfica del Tajo en el tercer procedimiento de información
pública, el promotor manifiesta que no habrá necesidad de realizar captaciones de agua
o vertidos de productos residuales, y que solicitará las correspondientes autorizaciones
para el cruzamiento del dominio público hidráulico con las líneas de conexión (tanto
internas como externas a los parques fotovoltaicos) y con el vallado de la implantación,
garantizando siempre el normal drenaje de las aguas en los cauces y zonas de policía, y
la ocupación de la zona de policía.
Por otro lado, la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha considera necesario el soterrado de la línea de
evacuación a su paso por el río Guadarrama. No obstante, el 1 de diciembre de 2022, los
promotores emiten un escrito de respuesta realizando un análisis comparativo entre el
tendido aéreo y soterrado, en el que concluyen que no consideran beneficiosa la
ejecución del soterramiento.
4.1.4

Suelo.

Se contemplan los factores potenciales causantes de afección y se analizan las
afecciones sobre el relieve, pérdida o reducción de la calidad de suelos e incremento de
procesos erosivos y afección a Lugares de Interés Geológico. De acuerdo al Inventario

cve: BOE-A-2023-2913
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4.1.3