III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Becas. (BOE-A-2023-2881)
Resolución de 19 de enero de 2023, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se determina la composición y el funcionamiento de la Comisión de valoración de la convocatoria de "Lectorados MAEC-AECID en universidades extranjeras para el curso académico 2023-2024".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 29
Viernes 3 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 15285
La comisión se constituirá en los plazos correspondientes a la evaluación de las
solicitudes de lectorados agrupados en cada resolución parcial de las citadas en la
base 6.3 de la convocatoria.
Por orden del Presidente, el Secretario convocará a los vocales con dos días de
antelación como mínimo. En la convocatoria constará:
− Forma en la que se celebrará la sesión: a distancia o presencial.
− Orden del día.
− Fecha para presentar las conclusiones.
− Documentación necesaria para realizar la valoración.
La comisión quedará constituida con la asistencia del Presidente, del Secretario y de
la mitad de los vocales o, en su caso, de las personas que los suplan.
Los miembros de la comisión, incluido el Secretario de acuerdo a lo establecido en el
artículo 19.4 a) de la citada Ley 40/2015, expresarán su voto y, en su caso, podrán
formular voto particular con los motivos que lo justifiquen.
La comisión adoptará los acuerdos por mayoría de votos de sus miembros. Los
empates, en su caso, serán dirimidos por el Presidente.
A la vista de todo lo actuado, el Secretario, con el visto bueno del Presidente,
levantará un acta para cada sesión en el que figurarán: los asistentes, el orden del día,
las circunstancias del lugar y tiempo en que se ha celebrado la sesión, los puntos
principales de las deliberaciones, así como el contenido de los acuerdos adoptados. El
Secretario remitirá el acta a los miembros de la comisión por medios electrónicos para su
aprobación u observaciones, si las hubiere.
El funcionamiento de la comisión no implicará compromiso de gasto alguno.
Quinto.
Propuesta de inadmisión de las solicitudes.
El DCUC, tomando en consideración el informe de la comisión, elevará a la
Presidencia de la AECID la propuesta de inadmisión de las solicitudes que, transcurrido
el plazo, no fueron completadas o subsanadas.
Sexto. Propuesta de concesión de los lectorados.
El DCUC, tomando en consideración los informes de la comisión, elevará a la
Presidencia de la AECID las propuestas de concesión de los lectorados, el
nombramiento de suplentes y la desestimación del resto de las solicitudes para que
dicha Presidencia dicte y notifique las resoluciones parciales correspondientes en el
plazo máximo de seis meses contados a partir de la fecha de publicación de la
convocatoria.
Madrid, 19 de enero de 2023.–La Presidenta de la Agencia Española de Cooperación
Internacional para el Desarrollo, P.D. (Resolución de 2 de julio de 2009), el Director de la
Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Antón Leis García.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2023-2881
Verificable en https://www.boe.es
La presente resolución pone fin a la vía administrativa. Contra la misma podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo
Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses y, potestativamente, recurso de
reposición ante el órgano que la dictó en el plazo de un mes a partir del día siguiente al
de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
No podrán interponerse simultáneamente ambos recursos.
Núm. 29
Viernes 3 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 15285
La comisión se constituirá en los plazos correspondientes a la evaluación de las
solicitudes de lectorados agrupados en cada resolución parcial de las citadas en la
base 6.3 de la convocatoria.
Por orden del Presidente, el Secretario convocará a los vocales con dos días de
antelación como mínimo. En la convocatoria constará:
− Forma en la que se celebrará la sesión: a distancia o presencial.
− Orden del día.
− Fecha para presentar las conclusiones.
− Documentación necesaria para realizar la valoración.
La comisión quedará constituida con la asistencia del Presidente, del Secretario y de
la mitad de los vocales o, en su caso, de las personas que los suplan.
Los miembros de la comisión, incluido el Secretario de acuerdo a lo establecido en el
artículo 19.4 a) de la citada Ley 40/2015, expresarán su voto y, en su caso, podrán
formular voto particular con los motivos que lo justifiquen.
La comisión adoptará los acuerdos por mayoría de votos de sus miembros. Los
empates, en su caso, serán dirimidos por el Presidente.
A la vista de todo lo actuado, el Secretario, con el visto bueno del Presidente,
levantará un acta para cada sesión en el que figurarán: los asistentes, el orden del día,
las circunstancias del lugar y tiempo en que se ha celebrado la sesión, los puntos
principales de las deliberaciones, así como el contenido de los acuerdos adoptados. El
Secretario remitirá el acta a los miembros de la comisión por medios electrónicos para su
aprobación u observaciones, si las hubiere.
El funcionamiento de la comisión no implicará compromiso de gasto alguno.
Quinto.
Propuesta de inadmisión de las solicitudes.
El DCUC, tomando en consideración el informe de la comisión, elevará a la
Presidencia de la AECID la propuesta de inadmisión de las solicitudes que, transcurrido
el plazo, no fueron completadas o subsanadas.
Sexto. Propuesta de concesión de los lectorados.
El DCUC, tomando en consideración los informes de la comisión, elevará a la
Presidencia de la AECID las propuestas de concesión de los lectorados, el
nombramiento de suplentes y la desestimación del resto de las solicitudes para que
dicha Presidencia dicte y notifique las resoluciones parciales correspondientes en el
plazo máximo de seis meses contados a partir de la fecha de publicación de la
convocatoria.
Madrid, 19 de enero de 2023.–La Presidenta de la Agencia Española de Cooperación
Internacional para el Desarrollo, P.D. (Resolución de 2 de julio de 2009), el Director de la
Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Antón Leis García.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2023-2881
Verificable en https://www.boe.es
La presente resolución pone fin a la vía administrativa. Contra la misma podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo
Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses y, potestativamente, recurso de
reposición ante el órgano que la dictó en el plazo de un mes a partir del día siguiente al
de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
No podrán interponerse simultáneamente ambos recursos.