III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Becas. (BOE-A-2023-2881)
Resolución de 19 de enero de 2023, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se determina la composición y el funcionamiento de la Comisión de valoración de la convocatoria de "Lectorados MAEC-AECID en universidades extranjeras para el curso académico 2023-2024".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 29

Viernes 3 de febrero de 2023

Sec. III. Pág. 15283

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
2881

Resolución de 19 de enero de 2023, de la Presidencia de la Agencia
Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se
determina la composición y el funcionamiento de la Comisión de valoración
de la convocatoria de «Lectorados MAEC-AECID en universidades
extranjeras para el curso académico 2023-2024».

La Resolución de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación
Internacional para el Desarrollo (AECID) de 16 de diciembre de 2022, por la que se
aprueba la convocatoria de lectorados MAEC-AECID en universidades extranjeras
curso 2023-2024, en adelante la convocatoria, fue publicada en la Base de Datos
Nacional de Subvenciones (BDNS) con el código 664970 y anunciada en el «Boletín
Oficial del Estado» número 305, de 21 de diciembre de 2022.
La comisión de valoración (en adelante la comisión) se fundamenta en lo dispuesto
en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Dicha comisión tiene naturaleza de órgano colegiado de la administración pública, cuyo
régimen jurídico se ajusta a lo establecido en la Sección 3.ª del Capítulo II del Título
Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La comisión, de conformidad con los artículos 53 y 54 de Ley Orgánica 3/2007, de 22
de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, responderá al principio de
presencia equilibrada de mujeres y hombres en la designación de sus miembros,
considerándose que tal representación equilibrada concurre en la fecha de la presente
resolución puesto que cada sexo está representado al menos al cuarenta por ciento de
acuerdo con la Disposición final primera de dicha ley orgánica.
De conformidad con lo establecido en la base 5.4 de la convocatoria, la comisión
estará integrada por personal designado entre los miembros de la AECID y su
composición se determinará según lo dispuesto en el apartado séptimo de la Orden
AEC/1098/2005, de 11 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la
concesión de subvenciones, becas y ayudas de formación, investigación, intercambio,
promoción, y de viajes y estancia de la Agencia Española de Cooperación Internacional.
A dichos efectos, esta Presidencia, previo informe de la Asesoría Jurídica de la AECID,
ha resuelto que la comisión estará formada, actuará y funcionará según se indica a
continuación:
Primero.

Composición de la comisión de valoración.

Presidente: titular de la Jefatura del Departamento de Cooperación Universitaria y
Científica.
Vicepresidente: titular de la Jefatura de Área del Departamento de Cooperación
Universitaria y Científica.
Vocales:
– Titular de la Jefatura de la Unidad de Comunicación del Gabinete Técnico de
la AECID.
– Titular de la Jefatura del Departamento de Cooperación con Mundo Árabe y Asia.
– Vocal Asesor del Gabinete Técnico de la AECID.

cve: BOE-A-2023-2881
Verificable en https://www.boe.es

Los miembros de la comisión de valoración serán los siguientes: