III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-2884)
Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación emitida por el registrador mercantil y de bienes muebles de Burgos, por la que se deniega la extensión de una anotación de embargo sobre un vehículo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 29
Viernes 3 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 15308
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
2884
Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de
calificación emitida por el registrador mercantil y de bienes muebles de
Burgos, por la que se deniega la extensión de una anotación de embargo
sobre un vehículo.
En el recurso interpuesto por don J. L. M. G., abogado, en nombre y representación
de don J. A. R. G., contra la nota de calificación emitida por el registrador Mercantil y de
Bienes Muebles de Burgos, don Ramón Vicente Modesto Caballero, por la que se
deniega la extensión de una anotación de embargo a favor del recurrente sobre un
vehículo.
Hechos
I
Por el Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela se dictó, el día 26
de julio de 2022, en procedimiento frente a Nexia Renovables, SL, mandamiento de
anotación preventiva de embargo sobre un vehículo a favor de don J. A. R. G.
II
Presentado el día 26 de julio de 2022 el citado mandamiento de embargo en el
Registro de Bienes Muebles de Burgos, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«Nota de Calificación
Hechos:
Entrada 20220003946 Diario 24 Folio 589 Asiento 20220003340 Fecha 26/07/2022
10:51.
Fecha/Lugar Doc 26/07/2022, Santiago de Compost N.º Doc 27/2022.
Clase de Acto embargo art. 38 RHM.
Presentante Juzgado de lo Social N.º 1 de Santiago de Compostela.
Bien Matr. (…) Bast. (…) (DGT). marca Mitsubishi, modelo (…)
Intervinientes J. A. R. G. embargante.
Nexia Renovables SL embargado.
Juzgado de lo Social n.º 1 de Santiago de Compostela ordenante.
El Registrador de Bienes Muebles que suscribe, previo examen y calificación del
documento presentado, de conformidad con el artículo 16 de la Ordenanza para el
Registro de Venta a Plazos de Bienes Muebles, ha resuelto no practicar la inscripción
solicitada, por adolecer dicho documento de los siguientes defectos:
– Por inmatriculación de embargo el vehículo ha quedado inscrito a nombre de “Inter
Eléctrica Industrial SA con CIF (…)” en el Registro de Bienes Muebles y en
consecuencia, para poder anotar el embargo se debe acompañar certificado del Registro
de Vehículos de la Dirección General de Tráfico acreditativa de que en el mismo aparece
como titular vigente el demandado (artículo 5 y 24 de la Ordenanza de 19 de Julio
cve: BOE-A-2023-2884
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Núm. 29
Viernes 3 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 15308
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
2884
Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de
calificación emitida por el registrador mercantil y de bienes muebles de
Burgos, por la que se deniega la extensión de una anotación de embargo
sobre un vehículo.
En el recurso interpuesto por don J. L. M. G., abogado, en nombre y representación
de don J. A. R. G., contra la nota de calificación emitida por el registrador Mercantil y de
Bienes Muebles de Burgos, don Ramón Vicente Modesto Caballero, por la que se
deniega la extensión de una anotación de embargo a favor del recurrente sobre un
vehículo.
Hechos
I
Por el Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela se dictó, el día 26
de julio de 2022, en procedimiento frente a Nexia Renovables, SL, mandamiento de
anotación preventiva de embargo sobre un vehículo a favor de don J. A. R. G.
II
Presentado el día 26 de julio de 2022 el citado mandamiento de embargo en el
Registro de Bienes Muebles de Burgos, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«Nota de Calificación
Hechos:
Entrada 20220003946 Diario 24 Folio 589 Asiento 20220003340 Fecha 26/07/2022
10:51.
Fecha/Lugar Doc 26/07/2022, Santiago de Compost N.º Doc 27/2022.
Clase de Acto embargo art. 38 RHM.
Presentante Juzgado de lo Social N.º 1 de Santiago de Compostela.
Bien Matr. (…) Bast. (…) (DGT). marca Mitsubishi, modelo (…)
Intervinientes J. A. R. G. embargante.
Nexia Renovables SL embargado.
Juzgado de lo Social n.º 1 de Santiago de Compostela ordenante.
El Registrador de Bienes Muebles que suscribe, previo examen y calificación del
documento presentado, de conformidad con el artículo 16 de la Ordenanza para el
Registro de Venta a Plazos de Bienes Muebles, ha resuelto no practicar la inscripción
solicitada, por adolecer dicho documento de los siguientes defectos:
– Por inmatriculación de embargo el vehículo ha quedado inscrito a nombre de “Inter
Eléctrica Industrial SA con CIF (…)” en el Registro de Bienes Muebles y en
consecuencia, para poder anotar el embargo se debe acompañar certificado del Registro
de Vehículos de la Dirección General de Tráfico acreditativa de que en el mismo aparece
como titular vigente el demandado (artículo 5 y 24 de la Ordenanza de 19 de Julio
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