III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2023-2804)
Resolución 420/38029/2023, de 24 de enero, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Córdoba, para la realización de prácticas académicas externas por los estudiantes de la Facultad de Veterinaria en los Centros Militares de Cría Caballar.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 28
Jueves 2 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 14952
Deberes del tutor académico de la UCO:
cve: BOE-A-2023-2804
Verificable en https://www.boe.es
a) Velar por el normal desarrollo del proyecto formativo, garantizando la
compatibilidad del horario de realización de las prácticas con las obligaciones
académicas, formativas y de representación y participación del estudiante.
b) Hacer un seguimiento efectivo de las prácticas coordinándose para ello con el
tutor del MINISDEF y vistos, en su caso, los informes de seguimiento.
c) Autorizar las modificaciones que se produzcan en el proyecto formativo respecto
al inicial.
d) Llevar a cabo el proceso evaluador de las prácticas del estudiante tutelado de
acuerdo con la legislación vigente.
e) Guardar confidencialidad en relación con cualquier información que conozca
como consecuencia de su actividad como tutor.
f) Informar al órgano responsable de las prácticas externas en la universidad de las
posibles incidencias surgidas.
g) Supervisar, y en su caso solicitar, la adecuada disposición de los recursos de
apoyo necesarios para asegurar que los estudiantes con discapacidad realicen sus
prácticas en condiciones de igualdad, no discriminación y accesibilidad universal.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 28
Jueves 2 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 14952
Deberes del tutor académico de la UCO:
cve: BOE-A-2023-2804
Verificable en https://www.boe.es
a) Velar por el normal desarrollo del proyecto formativo, garantizando la
compatibilidad del horario de realización de las prácticas con las obligaciones
académicas, formativas y de representación y participación del estudiante.
b) Hacer un seguimiento efectivo de las prácticas coordinándose para ello con el
tutor del MINISDEF y vistos, en su caso, los informes de seguimiento.
c) Autorizar las modificaciones que se produzcan en el proyecto formativo respecto
al inicial.
d) Llevar a cabo el proceso evaluador de las prácticas del estudiante tutelado de
acuerdo con la legislación vigente.
e) Guardar confidencialidad en relación con cualquier información que conozca
como consecuencia de su actividad como tutor.
f) Informar al órgano responsable de las prácticas externas en la universidad de las
posibles incidencias surgidas.
g) Supervisar, y en su caso solicitar, la adecuada disposición de los recursos de
apoyo necesarios para asegurar que los estudiantes con discapacidad realicen sus
prácticas en condiciones de igualdad, no discriminación y accesibilidad universal.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X