III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2023-2804)
Resolución 420/38029/2023, de 24 de enero, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Córdoba, para la realización de prácticas académicas externas por los estudiantes de la Facultad de Veterinaria en los Centros Militares de Cría Caballar.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 28
Jueves 2 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 14950
ANEXO III
Deberes y derechos de los estudiantes que realizan las prácticas y de los tutores
designados por el Ministerio de Defensa y la Universidad de Córdoba
1.
Estudiantes que realizan las prácticas.
El estudiante estará sujeto al régimen y dedicación que se establezca en el programa
y deberá aplicarse con toda diligencia a las tareas que se le encomienden y al
cumplimiento de los siguientes deberes:
a) Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por la
Universidad de Córdoba (UCO).
b) Conocer y cumplir el proyecto formativo de las prácticas (anexo I) siguiendo las
indicaciones del tutor asignado por el Ministerio de Defensa (MINISDEF) bajo la
supervisión del tutor académico de la UCO.
c) Mantener contacto con el tutor académico de la UCO durante el desarrollo de la
práctica y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir en el mismo, así como
hacer entrega de los documentos e informes de seguimiento y evaluación que le sean
requeridos.
d) Incorporarse al Centro Militar de Cría Caballar (CMCC) o Laboratorio de
Investigación Aplicada (LIA), que realice las prácticas en la fecha acordada, cumplir el
horario previsto en el proyecto formativo y respetar las normas de funcionamiento,
seguridad y prevención de riesgos laborales de la misma.
e) Desarrollar el proyecto formativo y cumplir con diligencia las actividades
acordadas con el MINISDEF conforme a las líneas establecidas en el mismo.
f) Elaborar la memoria final de las prácticas, de acuerdo con la legislación vigente y,
en su caso, el informe intermedio.
g) Guardar confidencialidad en relación con la información interna del MINISDEF y
guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y finalizada ésta.
h) Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia la política del
MINISDEF, salvaguardando el buen nombre de la UCO a la que pertenece.
a) A la tutela, durante el período de duración de la correspondiente práctica, por un
tutor de la UCO y por un profesional que preste servicios en el MINISDEF.
b) A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos por la UCO.
c) A la obtención de un informe por parte del MINISDEF, con mención expresa de la
actividad desarrollada, su duración y, en su caso, su rendimiento.
d) A la propiedad intelectual e industrial en los términos establecidos en la
legislación reguladora de la materia.
e) A recibir, por parte del MINISDEF, información de la normativa de seguridad y
prevención de riesgos laborales.
f) A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y
participación, previa comunicación con antelación suficiente al MINISDEF.
g) A disponer de los recursos necesarios para el acceso de los estudiantes con
discapacidad a la tutela, a la información, a la evaluación y al propio desempeño de las
prácticas en igualdad de condiciones.
h) A conciliar, en el caso de los estudiantes con discapacidad, la realización de las
prácticas con aquellas actividades y situaciones personales derivadas o conectadas con
la situación de discapacidad.
i) A permanecer dado de alta en el Régimen de Seguridad Social durante todo el
período en el que éste se encuentre realizando las prácticas externas universitarias,
cuando la norma laboral así lo establezca.
cve: BOE-A-2023-2804
Verificable en https://www.boe.es
Al mismo tiempo, el estudiante se beneficiará de los siguientes derechos:
Núm. 28
Jueves 2 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 14950
ANEXO III
Deberes y derechos de los estudiantes que realizan las prácticas y de los tutores
designados por el Ministerio de Defensa y la Universidad de Córdoba
1.
Estudiantes que realizan las prácticas.
El estudiante estará sujeto al régimen y dedicación que se establezca en el programa
y deberá aplicarse con toda diligencia a las tareas que se le encomienden y al
cumplimiento de los siguientes deberes:
a) Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por la
Universidad de Córdoba (UCO).
b) Conocer y cumplir el proyecto formativo de las prácticas (anexo I) siguiendo las
indicaciones del tutor asignado por el Ministerio de Defensa (MINISDEF) bajo la
supervisión del tutor académico de la UCO.
c) Mantener contacto con el tutor académico de la UCO durante el desarrollo de la
práctica y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir en el mismo, así como
hacer entrega de los documentos e informes de seguimiento y evaluación que le sean
requeridos.
d) Incorporarse al Centro Militar de Cría Caballar (CMCC) o Laboratorio de
Investigación Aplicada (LIA), que realice las prácticas en la fecha acordada, cumplir el
horario previsto en el proyecto formativo y respetar las normas de funcionamiento,
seguridad y prevención de riesgos laborales de la misma.
e) Desarrollar el proyecto formativo y cumplir con diligencia las actividades
acordadas con el MINISDEF conforme a las líneas establecidas en el mismo.
f) Elaborar la memoria final de las prácticas, de acuerdo con la legislación vigente y,
en su caso, el informe intermedio.
g) Guardar confidencialidad en relación con la información interna del MINISDEF y
guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y finalizada ésta.
h) Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia la política del
MINISDEF, salvaguardando el buen nombre de la UCO a la que pertenece.
a) A la tutela, durante el período de duración de la correspondiente práctica, por un
tutor de la UCO y por un profesional que preste servicios en el MINISDEF.
b) A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos por la UCO.
c) A la obtención de un informe por parte del MINISDEF, con mención expresa de la
actividad desarrollada, su duración y, en su caso, su rendimiento.
d) A la propiedad intelectual e industrial en los términos establecidos en la
legislación reguladora de la materia.
e) A recibir, por parte del MINISDEF, información de la normativa de seguridad y
prevención de riesgos laborales.
f) A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y
participación, previa comunicación con antelación suficiente al MINISDEF.
g) A disponer de los recursos necesarios para el acceso de los estudiantes con
discapacidad a la tutela, a la información, a la evaluación y al propio desempeño de las
prácticas en igualdad de condiciones.
h) A conciliar, en el caso de los estudiantes con discapacidad, la realización de las
prácticas con aquellas actividades y situaciones personales derivadas o conectadas con
la situación de discapacidad.
i) A permanecer dado de alta en el Régimen de Seguridad Social durante todo el
período en el que éste se encuentre realizando las prácticas externas universitarias,
cuando la norma laboral así lo establezca.
cve: BOE-A-2023-2804
Verificable en https://www.boe.es
Al mismo tiempo, el estudiante se beneficiará de los siguientes derechos: