III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2813)
Resolución de 17 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques solares fotovoltaicos Oliva Solar 1, de 49,969 MWp, Oliva Solar 2, de 49,969 MWp, Oliva Solar 3, de 24,995 MWp, Oliva Solar 4, de 24,995 MWp y Oliva Solar 5, de 24,995 MWp, y su infraestructura de evacuación, provincias de Madrid y Guadalajara".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 28
Jueves 2 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 15006
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
2813
Resolución de 17 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto
ambiental del proyecto «Parques solares fotovoltaicos Oliva Solar 1, de
49,969 MWp, Oliva Solar 2, de 49,969 MWp, Oliva Solar 3, de 24,995 MWp,
Oliva Solar 4, de 24,995 MWp y Oliva Solar 5, de 24,995 MWp, y su
infraestructura de evacuación, provincias de Madrid y Guadalajara».
Antecedentes de hecho
Ha tenido entrada con fecha 2 de noviembre de 2022, solicitud de inicio del
procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto «Parques Solares
Fotovoltaicos Oliva Solar 1, de 49,969 MWp, Oliva Solar 2, de 49,969 MWp, Oliva
Solar 3, de 24,995 MWp, Oliva Solar 4, de 24,995 MWp y Oliva Solar 5, de 24,995 MWp,
y su infraestructura de evacuación, provincias de Madrid y Guadalajara», promovido por
Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico SLU, respecto del que la Dirección General
de Política Energética y Minas ostenta la condición de órgano sustantivo del
procedimiento, al amparo del artículo 39 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación ambiental.
Alcance de la evaluación
1.
Descripción y localización del proyecto
El proyecto en conjunto consta de varias plantas solares fotovoltaicas que comparten
sus infraestructuras de evacuación, en las provincias de Guadalajara y Madrid:
– Plantas fotovoltaicas (FV) Oliva I y Oliva II: Dos plantas solares de 49,99 MWp
cada una, 40 MWn concedidos en el punto de conexión. Se ubican en el término
municipal de Usanos, en la provincia de Guadalajara, comunidad autónoma de Castilla-
cve: BOE-A-2023-2813
Verificable en https://www.boe.es
La presente evaluación ambiental se realiza sobre la documentación presentada por
el promotor y se pronuncia sobre los impactos asociados al proyecto, así como los
efectos sobre los factores ambientales derivados de su vulnerabilidad, recogidos en el
estudio de impacto ambiental (en adelante EsIA). Se incluye, asimismo, en la evaluación,
el proceso de participación pública y consultas.
No comprende el ámbito de la evaluación de la seguridad y salud en el trabajo, ni de
seguridad industrial, que poseen normativa reguladora e instrumentos específicos. Por
otra parte, tampoco se extiende al cese y desmantelamiento de la instalación, que
deberá ser objeto en el futuro de un proyecto específico, que incluya la retirada de
elementos, la gestión de los residuos generados, la restitución del terreno a la situación
original y la restauración del suelo y de la vegetación, lo cual será sometido, al menos, a
un procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada.
Finalmente, la Subdirección General de Patrimonio del Ministerio de Defensa, en su
informe preceptivo, comunica que, para analizar la afección del proyecto respecto a las
servidumbres aeronáuticas, necesita conocer algunos datos específicos del proyecto de
ejecución, que el promotor deberá facilitar en las siguientes fases de autorización del
proyecto.
Núm. 28
Jueves 2 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 15006
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
2813
Resolución de 17 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto
ambiental del proyecto «Parques solares fotovoltaicos Oliva Solar 1, de
49,969 MWp, Oliva Solar 2, de 49,969 MWp, Oliva Solar 3, de 24,995 MWp,
Oliva Solar 4, de 24,995 MWp y Oliva Solar 5, de 24,995 MWp, y su
infraestructura de evacuación, provincias de Madrid y Guadalajara».
Antecedentes de hecho
Ha tenido entrada con fecha 2 de noviembre de 2022, solicitud de inicio del
procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto «Parques Solares
Fotovoltaicos Oliva Solar 1, de 49,969 MWp, Oliva Solar 2, de 49,969 MWp, Oliva
Solar 3, de 24,995 MWp, Oliva Solar 4, de 24,995 MWp y Oliva Solar 5, de 24,995 MWp,
y su infraestructura de evacuación, provincias de Madrid y Guadalajara», promovido por
Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico SLU, respecto del que la Dirección General
de Política Energética y Minas ostenta la condición de órgano sustantivo del
procedimiento, al amparo del artículo 39 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación ambiental.
Alcance de la evaluación
1.
Descripción y localización del proyecto
El proyecto en conjunto consta de varias plantas solares fotovoltaicas que comparten
sus infraestructuras de evacuación, en las provincias de Guadalajara y Madrid:
– Plantas fotovoltaicas (FV) Oliva I y Oliva II: Dos plantas solares de 49,99 MWp
cada una, 40 MWn concedidos en el punto de conexión. Se ubican en el término
municipal de Usanos, en la provincia de Guadalajara, comunidad autónoma de Castilla-
cve: BOE-A-2023-2813
Verificable en https://www.boe.es
La presente evaluación ambiental se realiza sobre la documentación presentada por
el promotor y se pronuncia sobre los impactos asociados al proyecto, así como los
efectos sobre los factores ambientales derivados de su vulnerabilidad, recogidos en el
estudio de impacto ambiental (en adelante EsIA). Se incluye, asimismo, en la evaluación,
el proceso de participación pública y consultas.
No comprende el ámbito de la evaluación de la seguridad y salud en el trabajo, ni de
seguridad industrial, que poseen normativa reguladora e instrumentos específicos. Por
otra parte, tampoco se extiende al cese y desmantelamiento de la instalación, que
deberá ser objeto en el futuro de un proyecto específico, que incluya la retirada de
elementos, la gestión de los residuos generados, la restitución del terreno a la situación
original y la restauración del suelo y de la vegetación, lo cual será sometido, al menos, a
un procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada.
Finalmente, la Subdirección General de Patrimonio del Ministerio de Defensa, en su
informe preceptivo, comunica que, para analizar la afección del proyecto respecto a las
servidumbres aeronáuticas, necesita conocer algunos datos específicos del proyecto de
ejecución, que el promotor deberá facilitar en las siguientes fases de autorización del
proyecto.