III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Ayudas. (BOE-A-2023-2708)
Resolución de 26 de enero de 2023, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se establece el plazo para la presentación de planes de formación, los límites de gastos imputables a los mismos, el plazo de justificación y el baremo para la determinación de la cuantía individualizada de los fondos a transferir para la financiación de planes de formación en el ámbito de la Administración General del Estado para el ejercicio 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 27
Miércoles 1 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 14696
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
2708
Resolución de 26 de enero de 2023, del Instituto Nacional de Administración
Pública, por la que se establece el plazo para la presentación de planes de
formación, los límites de gastos imputables a los mismos, el plazo de
justificación y el baremo para la determinación de la cuantía individualizada
de los fondos a transferir para la financiación de planes de formación en el
ámbito de la Administración General del Estado para el ejercicio 2023.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.4 y 7.2 de la Resolución de 16
de abril de 2021 del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se
establecen los criterios y el procedimiento para la distribución, aplicación y gestión de
fondos destinados a la financiación de planes de formación en el ámbito de la
Administración General del Estado, corresponde a la Comisión Paritaria de Formación
para el Empleo de la Administración General del Estado establecer el plazo de
presentación de los planes de formación, los límites establecidos en los artículos 5.2 y 9,
así como el baremo según el cual serán desarrollados los criterios de distribución de
fondos, que serán comunicados a todos los promotores inscritos en el Portal FEDAP y se
publicará en el «Boletín Oficial del Estado» mediante una resolución de la persona titular
de la Dirección del INAP.
La Comisión Paritaria de Formación para el Empleo de la Administración General del
Estado, en su reunión de fecha 16 de diciembre de 2022, adoptó los acuerdos que
contienen esta resolución.
En su virtud, esta Dirección resuelve:
Primero.
Objeto.
Mediante esta resolución se inicia el procedimiento para la financiación de planes de
formación para el empleo promovidos por la Administración General del Estado en el
marco del AFEDAP y de acuerdo con la Resolución de 16 de abril de 2021 del Instituto
Nacional de Administración Pública, por la que se establecen los criterios y el
procedimiento para la distribución, aplicación y gestión de fondos destinados a la
financiación de planes de formación en el ámbito de la Administración General del
Estado, publicada en el BOE n.º 95 de 21 de abril de 2021.
Segundo.
Ejecución.
El período de ejecución del plan de formación será el año natural, con independencia
de la fecha en que se haga efectiva la transferencia de fondos.
Plazo y lugar de presentación de planes de formación.
1. El plazo de presentación de planes de formación es de quince días hábiles
contado desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución. La presentación
de planes se realizará a través del portal FEDAP.
2. Si los planes presentados no reunieran los requisitos exigidos se requerirá al
promotor para que en el plazo de diez días hábiles subsane la falta o acompañe los
documentos preceptivos, con indicación de que, si así no se hiciera, se tendrá por
desistida su petición, con los efectos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
cve: BOE-A-2023-2708
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.
Núm. 27
Miércoles 1 de febrero de 2023
Sec. III. Pág. 14696
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
2708
Resolución de 26 de enero de 2023, del Instituto Nacional de Administración
Pública, por la que se establece el plazo para la presentación de planes de
formación, los límites de gastos imputables a los mismos, el plazo de
justificación y el baremo para la determinación de la cuantía individualizada
de los fondos a transferir para la financiación de planes de formación en el
ámbito de la Administración General del Estado para el ejercicio 2023.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.4 y 7.2 de la Resolución de 16
de abril de 2021 del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se
establecen los criterios y el procedimiento para la distribución, aplicación y gestión de
fondos destinados a la financiación de planes de formación en el ámbito de la
Administración General del Estado, corresponde a la Comisión Paritaria de Formación
para el Empleo de la Administración General del Estado establecer el plazo de
presentación de los planes de formación, los límites establecidos en los artículos 5.2 y 9,
así como el baremo según el cual serán desarrollados los criterios de distribución de
fondos, que serán comunicados a todos los promotores inscritos en el Portal FEDAP y se
publicará en el «Boletín Oficial del Estado» mediante una resolución de la persona titular
de la Dirección del INAP.
La Comisión Paritaria de Formación para el Empleo de la Administración General del
Estado, en su reunión de fecha 16 de diciembre de 2022, adoptó los acuerdos que
contienen esta resolución.
En su virtud, esta Dirección resuelve:
Primero.
Objeto.
Mediante esta resolución se inicia el procedimiento para la financiación de planes de
formación para el empleo promovidos por la Administración General del Estado en el
marco del AFEDAP y de acuerdo con la Resolución de 16 de abril de 2021 del Instituto
Nacional de Administración Pública, por la que se establecen los criterios y el
procedimiento para la distribución, aplicación y gestión de fondos destinados a la
financiación de planes de formación en el ámbito de la Administración General del
Estado, publicada en el BOE n.º 95 de 21 de abril de 2021.
Segundo.
Ejecución.
El período de ejecución del plan de formación será el año natural, con independencia
de la fecha en que se haga efectiva la transferencia de fondos.
Plazo y lugar de presentación de planes de formación.
1. El plazo de presentación de planes de formación es de quince días hábiles
contado desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución. La presentación
de planes se realizará a través del portal FEDAP.
2. Si los planes presentados no reunieran los requisitos exigidos se requerirá al
promotor para que en el plazo de diez días hábiles subsane la falta o acompañe los
documentos preceptivos, con indicación de que, si así no se hiciera, se tendrá por
desistida su petición, con los efectos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
cve: BOE-A-2023-2708
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.