III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2590)
Resolución de 18 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica Los Corrales de 250 MWp, y su infraestructura de evacuación, en Cuadros (León)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 14047
ejemplares de los géneros Myotis y Plecotus. No obstante, la importancia de la zona
para los quirópteros queda demostrada ya que la bibliografía correspondiente muestra la
presencia potencial de hasta trece especies de quirópteros. La afección prevista por el
promotor es una ligera merma en las zonas de campeo para las especies detectadas.
Sin embargo, ha de tenerse en cuenta que el esfuerzo de muestreo no ha sido suficiente
puesto que no se aportan datos del periodo de más actividad para este grupo, de julio a
octubre.
Respecto a anfibios y reptiles, en el área de estudio potencialmente podrían
encontrarse hasta veintiuna especies de reptiles y catorce de anfibios, incluidas en el
LESRPE. El promotor indica que las especies asociadas a biotopos de espacios abiertos
se verán afectadas por esta pérdida de superficie, aunque es posible que puedan
aprovechar los mismos espacios tras la instalación de la planta.
Las medidas del EsIA para evitar y corregir impactos sobre la fauna durante la fase
de obra, son las mismas que evitan y corrigen la eliminación de vegetación al incidir
sobre la pérdida de hábitats necesarios para la fauna; junto con la limitación de la
velocidad en los viales de obra, la detección previa de lugares de interés para la fauna, y
la detección de puntos negros por elevada mortalidad. El promotor no ha definido
claramente un periodo crítico para la fauna en el que no se realicen actividades de obra,
por lo que ha quedado establecido en el condicionado de esta resolución.
Asimismo, el anexo 5 del EsIA incluye un «Plan de medidas compensatorias y de
restauración» destinadas a la fauna y a desarrollar en las zonas perimetrales, que
básicamente consisten en gestionar 6 de las 7 zonas perimetrales (98,2 ha) como posíos
de larga duración, en la creación de charcas-abrevaderos y en la instalación de vallado
de carácter cinegético.
El promotor ha establecido que el control del desarrollo de la vegetación en el interior
de la planta, durante la fase de uso, se llevará a cabo mediante medios mecánicos o
pastoreo y que en ningún caso se utilizarán herbicidas. Las medidas para la fase de uso
con objeto de evitar molestias a la avifauna consisten en restringir el pastoreo del
ganado en las zonas perimetrales del «Plan de medidas compensatorias y de
restauración» en la época reproductora de las aves esteparias (marzo, abril, mayo y
junio), y en establecer que durante abril, mayo y junio de cada año, el 50% del terreno
ocupado por los módulos fotovoltaicos no se deberá pastorear, permitiendo el desarrollo
del ciclo de las aves agrícolas. También se incluirán placas blancas en el vallado
perimetral para evitar que las aves colisionen con él.
Adicionalmente, en la adenda se incluye como medida compensatoria una propuesta
de mejora de hábitat estepario para llevar a cabo en el interior de la ZEPA ES0000194
«Otero-Campos» a 50 km de la planta fotovoltaica, sobre una superficie de 23.5 ha y
durante toda la vida útil de la planta fotovoltaica. El plan consiste en dividir la superficie
en 3 parcelas sobre las que se establece una rotación de alfalfa, barbecho verde y cereal
de secano, y una franja permanente excluida del laboreo, de rotación y de cualquier
tratamiento químico, para asiento de la vegetación natural con una anchura de 20 metros
alrededor de la superficie total de las parcelas. Asimismo, se incluyen otras medidas con
objeto de minimizar el impacto de las labores agrícolas sobre la avifauna, como son: el
retraso de la cosecha de cereales, las prospecciones de nidos previas a la cosecha,
evitar realizar labores mecanizadas durante la noche, evitar el uso de biocidas y de
abono mineral y restringir el pastoreo del ganado en la época reproductora de las aves
esteparias (desde marzo hasta el 15 de agosto). Para este plan se prevé un presupuesto
de 3.532 €/año.
No obstante, el promotor no ha fijado el mecanismo empleado para la utilización de
la superficie escogida ya que comunica que se negociará en fases posteriores, bien
mediante acuerdos de custodia, bien mediante contratos privados.
El Servicio Territorial de Medio Ambiente de León introduce algunas condiciones a
esta propuesta de mejora de hábitat estepario que se reproducen en el apartado de
condiciones.
cve: BOE-A-2023-2590
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 26
Martes 31 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 14047
ejemplares de los géneros Myotis y Plecotus. No obstante, la importancia de la zona
para los quirópteros queda demostrada ya que la bibliografía correspondiente muestra la
presencia potencial de hasta trece especies de quirópteros. La afección prevista por el
promotor es una ligera merma en las zonas de campeo para las especies detectadas.
Sin embargo, ha de tenerse en cuenta que el esfuerzo de muestreo no ha sido suficiente
puesto que no se aportan datos del periodo de más actividad para este grupo, de julio a
octubre.
Respecto a anfibios y reptiles, en el área de estudio potencialmente podrían
encontrarse hasta veintiuna especies de reptiles y catorce de anfibios, incluidas en el
LESRPE. El promotor indica que las especies asociadas a biotopos de espacios abiertos
se verán afectadas por esta pérdida de superficie, aunque es posible que puedan
aprovechar los mismos espacios tras la instalación de la planta.
Las medidas del EsIA para evitar y corregir impactos sobre la fauna durante la fase
de obra, son las mismas que evitan y corrigen la eliminación de vegetación al incidir
sobre la pérdida de hábitats necesarios para la fauna; junto con la limitación de la
velocidad en los viales de obra, la detección previa de lugares de interés para la fauna, y
la detección de puntos negros por elevada mortalidad. El promotor no ha definido
claramente un periodo crítico para la fauna en el que no se realicen actividades de obra,
por lo que ha quedado establecido en el condicionado de esta resolución.
Asimismo, el anexo 5 del EsIA incluye un «Plan de medidas compensatorias y de
restauración» destinadas a la fauna y a desarrollar en las zonas perimetrales, que
básicamente consisten en gestionar 6 de las 7 zonas perimetrales (98,2 ha) como posíos
de larga duración, en la creación de charcas-abrevaderos y en la instalación de vallado
de carácter cinegético.
El promotor ha establecido que el control del desarrollo de la vegetación en el interior
de la planta, durante la fase de uso, se llevará a cabo mediante medios mecánicos o
pastoreo y que en ningún caso se utilizarán herbicidas. Las medidas para la fase de uso
con objeto de evitar molestias a la avifauna consisten en restringir el pastoreo del
ganado en las zonas perimetrales del «Plan de medidas compensatorias y de
restauración» en la época reproductora de las aves esteparias (marzo, abril, mayo y
junio), y en establecer que durante abril, mayo y junio de cada año, el 50% del terreno
ocupado por los módulos fotovoltaicos no se deberá pastorear, permitiendo el desarrollo
del ciclo de las aves agrícolas. También se incluirán placas blancas en el vallado
perimetral para evitar que las aves colisionen con él.
Adicionalmente, en la adenda se incluye como medida compensatoria una propuesta
de mejora de hábitat estepario para llevar a cabo en el interior de la ZEPA ES0000194
«Otero-Campos» a 50 km de la planta fotovoltaica, sobre una superficie de 23.5 ha y
durante toda la vida útil de la planta fotovoltaica. El plan consiste en dividir la superficie
en 3 parcelas sobre las que se establece una rotación de alfalfa, barbecho verde y cereal
de secano, y una franja permanente excluida del laboreo, de rotación y de cualquier
tratamiento químico, para asiento de la vegetación natural con una anchura de 20 metros
alrededor de la superficie total de las parcelas. Asimismo, se incluyen otras medidas con
objeto de minimizar el impacto de las labores agrícolas sobre la avifauna, como son: el
retraso de la cosecha de cereales, las prospecciones de nidos previas a la cosecha,
evitar realizar labores mecanizadas durante la noche, evitar el uso de biocidas y de
abono mineral y restringir el pastoreo del ganado en la época reproductora de las aves
esteparias (desde marzo hasta el 15 de agosto). Para este plan se prevé un presupuesto
de 3.532 €/año.
No obstante, el promotor no ha fijado el mecanismo empleado para la utilización de
la superficie escogida ya que comunica que se negociará en fases posteriores, bien
mediante acuerdos de custodia, bien mediante contratos privados.
El Servicio Territorial de Medio Ambiente de León introduce algunas condiciones a
esta propuesta de mejora de hábitat estepario que se reproducen en el apartado de
condiciones.
cve: BOE-A-2023-2590
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 26