III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2587)
Resolución de 18 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica Ciudad Rodrigo de 318,087 MWp, y su infraestructura de evacuación, en Ciudad Rodrigo (Salamanca)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 26

Martes 31 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 13978

El EsIA actualizado valora únicamente alternativas para la ubicación de la PFV,
además de la alternativa cero, la cual se desestima, principalmente, porque no permite
contribuir a alcanzar los objetivos establecidos en los instrumentos de planificación
energética estatal y autonómico.
Las alternativas de ubicación de la PFV analizadas son las mismas que se valoraron
en el EsIA original más una nueva, resultado del 1.º trámite de información pública:
– Alternativa 1, en el término municipal de Sancti Spiritus, a 100 m del núcleo urbano
de Sancti Spiritus.
– Alternativa 2, en los términos municipales de Castillejo de Martín Viejo y Ciudad
Rodrigo, a unos 7,1 km de Castillejo de Martín Viejo y a 5,7 km de Ciudad Rodrigo.
– Alternativa 3a, en el término municipal de Ciudad Rodrigo, a 1 km de distancia del
núcleo urbano. Fue la alternativa seleccionada en el EsIA original.
– Alternativa 3b, que comparte, en casi toda la extensión de su vallado, la
implantación de la propuesta de la alternativa 3a. Se diferencia de la 3a en que incluye la
desafección a los elementos patrimoniales identificados en las prospecciones
arqueológicas realizadas por el promotor en 2019 y 2020. Supone además una
reducción de la superficie total ocupada por los paneles fotovoltaicos al cambiar de
modelo tecnológico y permitir una configuración más compacta y eficiente de los paneles
solares.
En la selección de alternativas se tuvieron en cuenta criterios de mínima afección al
suelo, a la hidrología, a ENP a la vegetación, a HIC a yacimientos arqueológicos
inventariados, así como de menor visibilidad y se cuantificó el impacto previsto para cada
alternativa sobre los factores del medio más relevantes. El EsIA actualizado selecciona
la alternativa 3.b por presentar el mejor comportamiento ambiental global,
particularmente en relación a la afección al suelo y a los espacios Red Natura 2000 del
entorno.
Conviene destacar que, además de los cambios en los terrenos de ubicación de la
PFV y del aumento de la potencia del módulo fotovoltaico, se han producido otras
modificaciones al proyecto original descrito en el EsIA original: nueva ubicación de la
subestación de planta y cambio en el trazado de la línea de evacuación, que ha pasado
de 764 m de longitud a 1217 m y a tener un apoyo más, cuatro en total.
b.

Tratamiento de los principales impactos del proyecto.

A la vista del EsIA actualizado, las contestaciones a las consultas (realizadas por el
órgano sustantivo y por el órgano ambiental) y las alegaciones recibidas, se reflejan a
continuación los impactos más significativos del proyecto modificado (descrito en el
apartado 1) sobre los distintos factores ambientales y su tratamiento.
Suelo.

De acuerdo con el EsIA actualizado, durante la fase de obras el suelo se verá
afectado por los movimientos de tierra de pequeña entidad (principalmente los asociados
a los caminos, a la instalación de las estructuras solares y al soterramiento de la línea de
media tensión), el desbroce, el trasiego de maquinaria y la construcción de edificaciones,
lo que producirá pérdida de capacidad edáfica, desestructuración y ocupación temporal
del mismo.
Para minimizar estos efectos el EsIA actualizado prevé, entre otras medidas, el
jalonamiento perimetral previo en toda la zona de obras y de los elementos auxiliares
temporales; aprovechar al máximo los suelos fértiles extraídos en tareas de desbroce;
reutilización lo antes posible de la tierra vegetal acopiada, que será utilizada en la
restitución de las áreas degradadas; ajustar el acondicionamiento de viales a las trazas y
anchuras preexistentes o restitución de los terrenos destinados a instalaciones
temporales al finalizar las obras.

cve: BOE-A-2023-2587
Verificable en https://www.boe.es

b1.