III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2592)
Resolución de 18 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques solares fotovoltaicos "FV Cisne I" 49,95 MWp, FV Cisne II" 49,95 MWp, FV Cisne III" 49,95 MWp y "FV Cisne IV" de 49,95 MWp, y su infraestructura de evacuación en Guadalajara y Marchamalo (Guadalajara)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 26

Martes 31 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 14090

Henares y Guadalajara, tiene una superficie de 90,89 ha, con una longitud de vallado
perimetral de 10.139,00 m.
La subestación Taracena II estará ubicada en el término municipal de Guadalajara,
dentro de la planta fotovoltaica «Cisne II». Desde aquí circulará hasta el punto de
conexión designado por REE.
La línea objeto de este proyecto, tiene una longitud de 1.155 metros hasta llegar a la
Set Taracena II. Su origen es el Apoyo 59 de la L/220kV Yunquera-Set Cisneros, y el
final de línea será la Set Taracena II, ambos pertenecientes al término municipal de
Guadalajara.
2.

Tramitación del procedimiento

A los efectos del artículo 125 del Real Decreto 1955/2000 y el artículo 36 de la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, el órgano sustantivo realizó los
siguientes anuncios para la información pública del proyecto:
– «Boletín Oficial del Estado» (BOE) n.º 93, de 19 de abril de 2022.
– «Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara» (BOP) n.º 72, de 19 de abril
de 2022.
Por otra parte, de acuerdo con el artículo 127 del Real Decreto 1955/2000 y el
artículo 37.1 de la citada Ley de evaluación ambiental, el órgano sustantivo dio traslado
de la información a las Administraciones, organismos o empresas de servicio público o
de servicios de interés general, por resultar afectadas por el proyecto en cuanto a bienes
y derechos a su cargo, o por su competencia o interés a efectos del proceso de
evaluación ambiental. El resultado de la tramitación se encuentra resumido en las tablas
del anexo I de la presente resolución.
Con fecha 2 de agosto de 2022, se inicia el trámite de evaluación de impacto
ambiental ordinaria y tras el análisis de la documentación, con fecha 13 de octubre
de 2022, se realiza el requerimiento de subsanación formal al órgano sustantivo, al no
constar el informe preceptivo del Área de Gestión del Dominio Público Hidráulico de la
Confederación Hidrográfica del Tajo, que no fue aportado por dicho organismo.
Tras el análisis técnico del expediente, con fecha 28 de noviembre de 2022, se
realiza un requerimiento de nueva información relativa al estudio de impacto ambiental al
promotor, para dar respuesta a las consideraciones formuladas en un segundo informe
de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla La Mancha. En contestación a este requerimiento el promotor con fecha 9 de
enero de 2023 envía la información solicitada.
3.
a.

Análisis técnico del expediente

Análisis de alternativas.

Además de la propuesta denominada «Alternativa 0», de no desarrollo del proyecto,
el estudio de impacto ambiental (EsIA) contempla las siguientes alternativas:

– La alternativa 1 se ubica en los términos municipales de Tórtola de Henares y
Guadalajara, en la provincia de Guadalajara, tiene una superficie de 99,54 ha, con una
longitud de vallado perimetral de 11.036,06 m.
– La alternativa 2 se ubica en el término municipal de Guadalajara, tiene una
superficie de 91,97 ha, con una longitud de vallado perimetral de 15.293,00 m.
De estas dos alternativas el EsIA selecciona la alternativa 2 por resultar la más
ventajosa ambientalmente, social y técnicamente. No obstante, tras la información
pública y las consultas, la superficie queda reducida a 72,74 ha.

cve: BOE-A-2023-2592
Verificable en https://www.boe.es

Cisne I.