III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-2576)
Resolución de 17 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque solar fotovoltaico FV Monòver de 116,36 MWp y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Alicante".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 26

Martes 31 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 13732

seguimientos planteados por la Dirección General de Medio Natural y de Evaluación
Ambiental de la Generalitat Valenciana. La citada memoria requerirá informe previo
favorable y la ejecución de estas medidas será supervisada por el mismo. En todo caso,
la viabilidad del proyecto está condicionada a la viabilidad de las medidas
compensatorias, que deberán empezar a ejecutarse con anterioridad al inicio de las
obras.
(5) En el caso de existir impactos residuales por afecciones compatibles a otros
elementos de interés que, puedan encontrarse en la zona de ubicación de la planta o de
sus infraestructuras auxiliares y/o de evacuación, por ejemplo, elementos
geomorfológicos de protección especial, charcas/estanques temporales, etc., se
estudiará y propondrá medidas compensatorias adaptadas a cada caso, y estas se
llevarán a cabo en lugares de la misma naturaleza.
(6) El mantenimiento y seguimiento de estas medidas propuestas se mantendrán
también durante toda la vida útil del proyecto, incluyéndose los informes en el programa
de vigilancia ambiental.
(7) Se estará a lo dispuesto en Decreto 7/2004, de 23 de enero, del Consell de la
Generalitat, por el que aprueba el pliego general de normas de seguridad en prevención
de incendios forestales a observar en la ejecución de obras y trabajos que se realicen en
terreno forestal o en sus inmediaciones y del Decreto 150/2010, de 24 de septiembre, del
Consell, por el que se modifica el Reglamento de la Ley 3/1993, de 9 de diciembre, de la
Generalitat, Forestal de la Comunidad Valenciana, y se aprueba la Instrucción
Técnica IT-MVLAT para el tratamiento de la vegetación en la zona de protección de las
líneas eléctricas aéreas de alta tensión con conductores desnudos a su paso por
terrenos forestales, así como las resoluciones que emita la Consejería de Agricultura,
Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica correspondiente de la
Generalitat Valenciana, sobre la prohibición temporal de quema de restos vegetales en el
medio natural y trabajos con riesgos de incendios en las superficies forestales. En el
desarrollo del proyecto será de aplicación lo que indica el anexo II «Especificaciones
relativas a los planes de autoprotección por riesgo de incendio forestal de las nuevas
edificaciones o instalaciones ubicadas en áreas de interfaz urbano-forestal» del Real
Decreto 893/2013, de 15 de noviembre, por el que se aprueba la Directriz básica de
planificación de protección civil de emergencia por incendios forestales.
ii) Condiciones relativas a medidas preventivas, correctoras y compensatorias para
los impactos más significativos.
A continuación, se indican aquellas medidas del EsIA que deben ser modificadas: las
medidas adicionales establecidas en las alegaciones e informes recibidos en el
procedimiento que se consideran necesarias para garantizar la protección del medio
ambiente; así como las que se desprenden del análisis técnico del órgano ambiental.

(1) Se procederá a la descompactación de todos los terrenos afectados por acopios
temporales, estructuras auxiliares o las propias rodadas de la maquinaria pesada.
(2) En la medida en que sea técnicamente posible, se deberá respetar la orografía
natural del terreno, sin efectuar movimientos de tierras para la explanación/nivelación de
la superficie en la que se dispongan las estructuras portantes de las placas solares, y
evitar la retirada/eliminación de la capa superficial, de modo que se salvaguarde el
horizonte edáfico existente y sus posibles usos tras la finalización del proyecto.
(3) No se permite la destrucción de los bancales y ribazos existentes o cualquier
estructura física que evite pérdida de suelo por erosión.

cve: BOE-A-2023-2576
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Geología y suelo: