II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-2399)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Universidad Autónoma de Madrid, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 25
Lunes 30 de enero de 2023
Sec. II.B. Pág. 12612
General de la Universidad Autónoma de Madrid, situado en el Edificio del Rectorado,
ctra. Colmenar Viejo, km 15.500, c/Einstein, núm. 3, 28049, Madrid, o en cualquiera
de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo
de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la presente
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», junto con los siguientes documentos:
a) Copia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identidad
vigente.
b) Copia compulsada del documento que acredite el cumplimiento de los requisitos
específicos establecidos en la base primera, punto 1.2, de la presente resolución.
c) Copia compulsada del título de Doctor.
Las copias compulsadas serán sustituidas por copias auténticas cuando la solicitud
se presente a través de un registro electrónico, en los términos dispuestos en el
artículo 27.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
2.2
Derechos de examen.
Los aspirantes deberán abonar a la Universidad Autónoma de Madrid, en concepto
de derechos de examen, la cantidad de 77,10 euros, según lo establecido en el Decreto
Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, modificado parcialmente por la
Ley 4/2006, de 22 de diciembre, y por la Ley 4/2014, de 22 de diciembre.
El ingreso o transferencia se realizará en la cuenta bancaria del Banco de Santander
con IBAN ES03-0049-6704-5127-1003-2163 indicando «UAM OPOSICIONES», el código
de referencia de la plaza a la que se concursa, nombre, apellidos y DNI (o pasaporte o
tarjeta de identidad) del concursante. A la solicitud deberá adjuntarse el justificante
original acreditativo del ingreso por el citado concepto. En caso de presentar la solicitud
a través de registro electrónico, la copia auténtica del justificante tendrá la misma validez
y eficacia que el documento original.
Estarán exentas total o parcialmente del pago de la tasa:
– Las personas desempleadas que figuren en los Servicios Públicos de Empleo,
como demandantes de empleo con una antigüedad mínima de 6 meses, referida a la
fecha de la publicación de la convocatoria.
– Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100.
– Las víctimas de terrorismo, sus cónyuges e hijos.
– Las víctimas de violencia de género.
– Las familias numerosas, en los siguientes términos: 100 por 100 de exención a
familias de categoría especial. 50 por 100 de exención a familias de categoría general.
De no acreditarse debidamente dicha exención parcial o total, la solicitud quedará
definitivamente excluida.
En ningún caso, la realización del ingreso o transferencia supondrá sustitución del
trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.
3.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rectorado dictará, en el
plazo máximo de diez días hábiles, Resolución declarando aprobada la lista provisional
de candidatos admitidos y excluidos que se publicará en el tablón electrónico de la
Universidad y en la siguiente dirección del portal web de la Universidad Autónoma de
Madrid: (http://www.uam.es/uam/pdi). Contra dicha Resolución, los interesados podrán
presentar reclamación ante el Rectorado, en el plazo de diez días hábiles, a contar
desde el día siguiente al de la publicación o bien subsanar en dicho plazo el motivo de la
exclusión.
cve: BOE-A-2023-2399
Verificable en https://www.boe.es
Tercera. Admisión de aspirantes.
Núm. 25
Lunes 30 de enero de 2023
Sec. II.B. Pág. 12612
General de la Universidad Autónoma de Madrid, situado en el Edificio del Rectorado,
ctra. Colmenar Viejo, km 15.500, c/Einstein, núm. 3, 28049, Madrid, o en cualquiera
de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo
de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la presente
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», junto con los siguientes documentos:
a) Copia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identidad
vigente.
b) Copia compulsada del documento que acredite el cumplimiento de los requisitos
específicos establecidos en la base primera, punto 1.2, de la presente resolución.
c) Copia compulsada del título de Doctor.
Las copias compulsadas serán sustituidas por copias auténticas cuando la solicitud
se presente a través de un registro electrónico, en los términos dispuestos en el
artículo 27.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
2.2
Derechos de examen.
Los aspirantes deberán abonar a la Universidad Autónoma de Madrid, en concepto
de derechos de examen, la cantidad de 77,10 euros, según lo establecido en el Decreto
Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, modificado parcialmente por la
Ley 4/2006, de 22 de diciembre, y por la Ley 4/2014, de 22 de diciembre.
El ingreso o transferencia se realizará en la cuenta bancaria del Banco de Santander
con IBAN ES03-0049-6704-5127-1003-2163 indicando «UAM OPOSICIONES», el código
de referencia de la plaza a la que se concursa, nombre, apellidos y DNI (o pasaporte o
tarjeta de identidad) del concursante. A la solicitud deberá adjuntarse el justificante
original acreditativo del ingreso por el citado concepto. En caso de presentar la solicitud
a través de registro electrónico, la copia auténtica del justificante tendrá la misma validez
y eficacia que el documento original.
Estarán exentas total o parcialmente del pago de la tasa:
– Las personas desempleadas que figuren en los Servicios Públicos de Empleo,
como demandantes de empleo con una antigüedad mínima de 6 meses, referida a la
fecha de la publicación de la convocatoria.
– Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100.
– Las víctimas de terrorismo, sus cónyuges e hijos.
– Las víctimas de violencia de género.
– Las familias numerosas, en los siguientes términos: 100 por 100 de exención a
familias de categoría especial. 50 por 100 de exención a familias de categoría general.
De no acreditarse debidamente dicha exención parcial o total, la solicitud quedará
definitivamente excluida.
En ningún caso, la realización del ingreso o transferencia supondrá sustitución del
trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.
3.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rectorado dictará, en el
plazo máximo de diez días hábiles, Resolución declarando aprobada la lista provisional
de candidatos admitidos y excluidos que se publicará en el tablón electrónico de la
Universidad y en la siguiente dirección del portal web de la Universidad Autónoma de
Madrid: (http://www.uam.es/uam/pdi). Contra dicha Resolución, los interesados podrán
presentar reclamación ante el Rectorado, en el plazo de diez días hábiles, a contar
desde el día siguiente al de la publicación o bien subsanar en dicho plazo el motivo de la
exclusión.
cve: BOE-A-2023-2399
Verificable en https://www.boe.es
Tercera. Admisión de aspirantes.