II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-2399)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Universidad Autónoma de Madrid, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 25
Lunes 30 de enero de 2023
Sec. II.B. Pág. 12611
cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o
mayores de dicha edad dependientes.
Igualmente podrán participar los aspirantes de nacionalidad extranjera no
comunitaria cuando, en el Estado de su nacionalidad, a los españoles se les reconozca
aptitud legal para ocupar en la docencia universitaria posiciones análogas a las de los
funcionarios de los Cuerpos Docentes Universitarios españoles, a cuyo efecto el Consejo
de Universidades recabará informe de los Ministerios de Asuntos Exteriores y de
Administraciones Públicas.
En el momento de presentación de la solicitud de participación deberá acreditarse la
nacionalidad, así como, en su caso, el vínculo de parentesco y el de vivir a expensas,
conforme a lo previsto en el artículo 8 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre
acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus organismos
públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre
circulación de trabajadores.
La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria se
realizará por medio de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades
competentes de su país de origen y traducidos al español, que será la lengua oficial en la
que tendrá lugar el desarrollo del concurso y cuyo conocimiento será exigible a todos los
participantes. A tal fin se celebrará una prueba de conocimiento de la que estarán
exentos los candidatos de nacionalidad española y los que acrediten estar en posesión
del nivel intermedio o superior del diploma de español como lengua extranjera.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no haber superado la edad de jubilación
forzosa.
d) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el desempeño de las
funciones correspondientes a Profesor de universidad.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios
de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para
empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpo o Escala de
Funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso
de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser
nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente que impida,
en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
1.2
Requisitos específicos:
1.3 Los requisitos establecidos deberán cumplirse en el momento de finalizar el
plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de
posesión.
Segunda.
Solicitudes.
2.1 Quienes deseen tomar parte en el concurso de acceso presentarán la
correspondiente solicitud al Rectorado de la Universidad Autónoma de Madrid, según el
modelo que acompaña a la presente Resolución en el anexo II, dirigiéndola al Registro
cve: BOE-A-2023-2399
Verificable en https://www.boe.es
a) Hallarse Acreditado para el Cuerpo Docente Universitario de que se trate,
conforme a los supuestos previstos en los artículos 12 y 13 y disposiciones adicionales
primera, segunda, tercera y cuarta del Real Decreto 1312/2007. Asimismo, podrán
concursar quienes estén habilitados conforme a lo establecido en el Real
Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional
para el acceso a cuerpos de funcionarios docentes universitarios.
b) No podrán participar en este concurso de acceso a las plazas de Cuerpos
Docentes Universitarios quienes, habiendo obtenido una plaza con anterioridad, no
cumplan lo estipulado en el artículo 9.4 del Real Decreto 1313/2007.
Núm. 25
Lunes 30 de enero de 2023
Sec. II.B. Pág. 12611
cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o
mayores de dicha edad dependientes.
Igualmente podrán participar los aspirantes de nacionalidad extranjera no
comunitaria cuando, en el Estado de su nacionalidad, a los españoles se les reconozca
aptitud legal para ocupar en la docencia universitaria posiciones análogas a las de los
funcionarios de los Cuerpos Docentes Universitarios españoles, a cuyo efecto el Consejo
de Universidades recabará informe de los Ministerios de Asuntos Exteriores y de
Administraciones Públicas.
En el momento de presentación de la solicitud de participación deberá acreditarse la
nacionalidad, así como, en su caso, el vínculo de parentesco y el de vivir a expensas,
conforme a lo previsto en el artículo 8 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre
acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus organismos
públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre
circulación de trabajadores.
La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria se
realizará por medio de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades
competentes de su país de origen y traducidos al español, que será la lengua oficial en la
que tendrá lugar el desarrollo del concurso y cuyo conocimiento será exigible a todos los
participantes. A tal fin se celebrará una prueba de conocimiento de la que estarán
exentos los candidatos de nacionalidad española y los que acrediten estar en posesión
del nivel intermedio o superior del diploma de español como lengua extranjera.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no haber superado la edad de jubilación
forzosa.
d) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el desempeño de las
funciones correspondientes a Profesor de universidad.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios
de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para
empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpo o Escala de
Funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso
de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser
nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente que impida,
en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
1.2
Requisitos específicos:
1.3 Los requisitos establecidos deberán cumplirse en el momento de finalizar el
plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de
posesión.
Segunda.
Solicitudes.
2.1 Quienes deseen tomar parte en el concurso de acceso presentarán la
correspondiente solicitud al Rectorado de la Universidad Autónoma de Madrid, según el
modelo que acompaña a la presente Resolución en el anexo II, dirigiéndola al Registro
cve: BOE-A-2023-2399
Verificable en https://www.boe.es
a) Hallarse Acreditado para el Cuerpo Docente Universitario de que se trate,
conforme a los supuestos previstos en los artículos 12 y 13 y disposiciones adicionales
primera, segunda, tercera y cuarta del Real Decreto 1312/2007. Asimismo, podrán
concursar quienes estén habilitados conforme a lo establecido en el Real
Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional
para el acceso a cuerpos de funcionarios docentes universitarios.
b) No podrán participar en este concurso de acceso a las plazas de Cuerpos
Docentes Universitarios quienes, habiendo obtenido una plaza con anterioridad, no
cumplan lo estipulado en el artículo 9.4 del Real Decreto 1313/2007.