III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2023-2408)
Resolución de 18 de enero de 2022, del Consorcio de la Zona Franca de Vigo, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Vigo, para la regularización de la situación económico patrimonial en el ámbito de la ETEA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 25

Lunes 30 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 12735

V. En la actualidad, los seis proyectos sectoriales necesarios para desarrollar el
Campus do Mar se encuentran en diferentes estados de tramitación y algunos ya fueron
aprobados, figurando en todos ellos como sistema de actuación la expropiación.
La zona de la PS-1 constituye el único acceso posible al recinto y como tal se
utilizan, aunque se encuentra pendiente de ejecución del proyecto sectorial, aprobado
por Acuerdo del Consejo de la Xunta de Galicia de 11 de febrero de 2021, que establece
como sistema de ejecución la expropiación y se determina la ordenación del ámbito y, en
especial, la urbanización y ejecución de accesos a los espacios. El Plan Sectorial
establece una evaluación económica de los terrenos y construcciones del ámbito de este
proyecto sectorial de 2.926.478 euros de los cuales 2.784.031 euros corresponden al
suelo, 3.091 euros a un pequeña construcción y 139.356 euros a afecciones.
Por otro lado, el ámbito de aplicación del PS-4 se ha destinado a equipamientos
deportivos y zonas ajardinadas. El Plan Sectorial establece una evaluación económica
de los terrenos y construcciones en el ámbito de este proyecto sectorial de 8.112.875
euros, de los que 4.349.449 euros corresponden a suelo, 3.377.099 euros a
edificaciones y 386.327 euros a afecciones.
En concreto, el Ayuntamiento de Vigo realizó las obras necesarias e imprescindibles
para que las infraestructuras existentes en la parcela PS-4 no se deterioraran por un
importe de 1.539.580,30 euros.
No obstante, en el caso de que el Ayuntamiento de Vigo no sea el titular de esta
zona, será necesaria una actividad expropiatoria de la Xunta de Galicia.
VI. Ambas partes son elementos fundamentales en el desarrollo socioeconómico de
Vigo y su área de influencia y, en el ejercicio de la actividad que conlleva esta
responsabilidad, han decidido superar el ámbito de sus relaciones actuales, con la
seguridad de que la consecución de los objetivos y medios que tal desarrollo demanda,
sólo resultan alcanzables con actuaciones que se rijan por los principios de leal
colaboración, coordinación y necesaria e intensa cooperación en la consecución del
interés general.
Las instituciones públicas deben tratar de coordinar sus esfuerzos en este sentido,
alcanzando acuerdos que permitan agilizar los trámites administrativos, poniendo en
común los recursos que sean necesarios y coordinando sus actividades de tal manera
que se alcance una complementariedad lo más alta posible en el espíritu de leal
cooperación entre las instituciones públicas, que es un principio elemental que beneficia
en primera instancia a los intereses de los ciudadanos, a quienes estas instituciones
sirven.
En base a lo anterior, las partes entienden que, con el fin de regularizar las
obligaciones que el Ayuntamiento de Vigo asumió en el acuerdo de 10 de febrero
de 2009, tras la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia en el
procedimiento 4580/2017, es necesario suscribir el presente convenio que, a fin de
establecer las condiciones en que se ejecutará la referida sentencia y la posterior cesión
del uso de parte de los terrenos que el Ayuntamiento va a restituir al Consorcio da Zona
Franca de Vigo, desean regirse por las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto.

El presente convenio tiene por objeto, en ejecución de la sentencia dictada por el
Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el procedimiento ordinario 4580/2017, para
regularizar las obligaciones que asumió el Ayuntamiento de Vigo en virtud del convenio
suscrito el 10 de febrero de 2009, con el fin de alcanzar el objetivo del Plan Sectorial de
Ordenación Territorial de ETEA en Vigo, afectando exclusivamente a los derechos y
obligaciones de los comparecientes, adaptándolos a la realidad actual.
Mediante este instrumento se establece: (i) la cantidad que el Ayuntamiento de Vigo
satisfará al CZFV, en cumplimiento del convenio de 10 de febrero de 2009, al que se

cve: BOE-A-2023-2408
Verificable en https://www.boe.es

Primera.